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SUBVENCIONES A ASOCIACIONES DE MUJERES O A ENTIDADES PARA TEMA EXCLUSIVO DE MUJERES Marisa Culebras.
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LA LIVG EN SOLFA DESDE 2005
http://www.abc.es/hemeroteca/ historico-24-08-2005/abc/ Nacional/ la-juez-de-murcia-vuelve-a-cues tionar-la-constitucionalidad-d e-la-ley-de-violencia_61385437 038.html
http:// cartago962.skyrock.com/ 2683681232-La-juez-de-Murci a-paraliza-otra-sentencia- de-violencia-de-genero-al. html
http:// la-violencia-domestica.blog spot.com/
http:// www.forumlibertas.com/ frontend/forumlibertas/ noticia.php?id_noticia=1575 3
.http:// blogs.periodistadigital.com /javierorrico.php/2008/06/ 03/p169769
http:// www.laopiniondemurcia.es/ comunidad/2010/11/23/ constitucional-divide-recur so-jueza-murcia/ 285218.html
http://www.laverdad.es/ murcia/prensa/20061011/ region_murcia/ constitucional-admite-cuatr o-cuestiones_20061011.html
http:// www.mujeresjuristasjaen.org / Castigar-mas-al-varon-es-va lido-para-proteger-a-la-mu jer
http://www.foropolicia.es/ foros/ viewtopic.php?t=50892&p=699 922
http:// www.eleconomista.es/ legislacion/noticias/ 1810318/01/10/ La-magistrada-Vives-Martine z-critica-el-mal-uso-de-la -Ley-sobre-Violencia-de-Ge nero.html
http:// www.porticolegal.com/foro/ familia/621117/ p_legis.php?busca=103+502+0 00+000
http:// amnistiacatalunya.org/edu/ 2/fem/fem-c.rubio.html
http:// amnistiacatalunya.org/edu/ 2/fem/fem-i.delpozo.html
http://www.laprovincia.es/ las-palmas/2010/10/27/ peligroso-legislar-entrando -distincion-sexo/ 330607.html
http:// www.abcdesevilla.es/ 20101101/sevilla/ suicidios-violencia-genero- superan-201010311920.html
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LA CUSTODIA COMPARTIDA COMO MODELO PREFERENTE. Maria Sanahuja Buenaventura Magistrada de la Audiencia Provincial de Barcelona Septiembre 2010
SUMARIO:
1.- INTRODUCCIÓN.
2.- LA CUSTODIA COMPARTIDA, MODELO EXCEPCIONAL EN EL DERECHO
COMÚN ESPAÑOL.
3.- LOS PERJUICIOS CAUSADOS POR LA IMPOSICIÓN, DE MANERA
GENERALIZADA, DE UN MODELO MONOPARENTAL.
4.- LAS SOLUCIONES MÁGICAS.
5.- OBJECIONES A LA CUSTODIA COMPARTIDA COMO MODELO
PREFERENTE.
A) Solo si los padres mantienen una buena relación.
B) Sólo si tienen un modelo educativo similar.
C) No puede acordarse en relación a menores de corta edad.
D) El padre que no se ocupó nunca de los hijos antes de la
ruptura, no lo hará con posterioridad a ella, y en
cualquier caso, no se le debe dar la oportunidad si no
mostró antes interés.
E) Objeciones relativas al domicilio. Un menor no puede
tener dos domicilios. Y en el caso de que se acepten, se
exige gran proximidad entre ambos.
F) La solicitud de custodia compartida se utiliza por los
padres como coartada para dejar de pagar la pensión de
alimentos, y como chantaje para negociar las condiciones
económicas de la ruptura a la baja para las madres.
G) No debe ser impuesta por los tribunales.
6.- A MODO DE CONCLUSIÓN. ¿QUÉ ES LA CUSTODIA COMPARTIDA?
2
1.- INTRODUCCIÓN.
La experiencia profesional y personal me llevaron hace años al
convencimiento de que debe ser preferente la custodia compartida, el régimen de
convivencia compartida, el ejercicio de la responsabilidad parental conjunta, o
cualquier otra denominación que pueda darse a la solución de que los hijos deben
seguir teniendo madre y padre, y familias materna y paterna, tras el cese del
proyecto de vida en común de sus progenitores.
En las próximas páginas expondré argumentos que permiten excluir las
objeciones que más frecuentemente se plantean, incluso por los que dicen no ser
contrarios a mantener la convivencia de los hijos con sus padres tras la ruptura,
pero exigiendo tantos requisitos que la hacen imposible, convirtiendo la custodia
compartida en un modo de relación excepcional. Por otros, es incluso demonizada
la propia expresión, hasta el punto de que algunos legisladores de los parlamentos
autonómicos no se han atrevido a mencionarla, como ha ocurrido recientemente
en Catalunya (Ley 25/2010, de 29 de julio, del libro segundo del Código civil de
Cataluña, relativo a la persona y la familia, CCC), o la Comunidad Valenciana
(Anteproyecto de Ley de Regulación de Relaciones Familiares de los hijos e hijas
cuyos progenitores no conviven).
2.- LA CUSTODIA COMPARTIDA, MODELO EXCEPCIONAL EN EL DERECHO
COMÚN ESPAÑOL.
La esquizofrenia legislativa sufrida en los últimos años en España, y que se
evidenció en 2004, deja al descubierto las contradicciones de una determinada
concepción de feminismo que se ha impuesto. Del Ministerio de Justicia salió el
anteproyecto de Ley de separación y divorcio, que modificaba el Código Civil,
siendo un texto que respondía a un modo de abordar los conflictos en el ámbito
familiar, integrador, negociador, pero del que sólo quedó la Exposición de Motivos.
Se impuso la visión del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, que al mismo
tiempo estaba elaborando el proyecto de Ley de medidas de protección integral
contra la violencia de género, y sepultó al primero con un modelo que parte de que
la violencia sobre las mujeres está presente en la práctica totalidad de las
relaciones de pareja, y que a esta violencia, por leve que sea, se debe aplicar el
Código Penal. Los títulos dedicados a la represión policial y judicial de la Ley de
violencia son los que hemos visto desplegarse con una intensidad que ha llevado
a centenares de miles de hombres unas noches a los calabozos policiales, y en
cuatro años (2005-2009) a más de cuatro mil hombres a la prisión, de los cuales el
80% están cumpliendo condenas por hechos leves (1). Al mismo tiempo, las
medidas de prevención previstas por la propia norma poco han avanzado, más
allá de campañas publicitarias y llamadas a la coordinación sin regular quién debe
encargarse de esa imprescindible tarea si queremos que las mujeres que sufren
violencia grave no sigan en la tremenda desprotección en la que, entre todos, las
dejamos.
3
Las reformas del Código Penal realizadas entre los años 2003 y 2004 han
ampliado tanto el tipo penal que, actualmente, todo puede ser delito en el ámbito
familiar, cualquier modo de actuar sobre la esposa o mujer con quien se tenga o
haya tenido una análoga relación de afectividad. Así, causar “menoscabo psíquico
o una lesión no definidos como delito en este Código” o golpear o maltratar de
obra sin causar lesión, o una amenaza o coacción leve, como coger de manera
brusca de las manos de la pareja el móvil o el libro de familia, o decirle “te vas a
enterar”, ha conducido a miles de hombres al calabozo y a prisión. Y al tiempo, se
afirma que los hijos que presencian estas actividades delictivas son víctimas
siempre. Y de ahí se pretende alcanzar la conclusión de que para evitar que los
roles de la violencia se reproduzcan, y con el fin de proteger a los hijos, se les
debe apartar siempre de sus padres, esos seres violentos y machistas por
naturaleza. En el discurso no se explica que, de los centenares de miles de
denuncias, un porcentaje menor acaba en condena (2), pero el objetivo de separar
a padres de hijos se consigue en muchísimas ocasiones.
Con este esquema maniqueo, tan simple y poco fundamentado, como el
otro similar, vigente varios siglos, y no superado, que afirmaba que la mujer era la
encarnación del mal, se ha legislado en los últimos años, responsabilizando de la
maldad esta vez al sexo masculino. Hasta no hace tanto, lo masculino era
revestido de connotaciones positivas, mientras que lo femenino era sinónimo de
fragilidad, perversión o maldad. En las últimas décadas se han invertido los
términos. Lo masculino es equiparado a violencia y maldad, mientras que lo
femenino a bondad, solidaridad y valores positivos.
En esa concepción, compartir el cuidado de los hijos con el progenitor de
sexo masculino tras la ruptura de la pareja, debe ser evitado. Sólo así se entiende
que se establecieran todo tipo de dificultades al planteamiento comúnmente
conocido como custodia compartida cuando el legislador estatal utilizó esta
terminología por primera vez en una norma, el anteproyecto de Ley de separación
y divorcio de 2004. Hasta esa fecha en España sólo los tribunales de justicia
habían mencionado las fatídicas palabras, “custodia compartida”, y la habían
acordado incluso de oficio, lo que con la actual regulación está vedado, utilizando
los términos empleados por leyes y sentencias de países de nuestro entorno
cultural. En éstos, el procurar que los padres se sigan responsabilizando de los
hijos tras la ruptura, no sólo no se ve como algo pernicioso, sino como algo a
estimular, pues tras muchos más años que nosotros de experiencia en divorcios, y
muchos estudios, se ha evidenciado que para los hijos es mejor, sin duda,
mantener los vínculos afectivos y económicos con sus padres (3).
Se da la paradoja de que cuando el debate se traslada a la ciudadanía, que
mayoritariamente se muestra partidaria de ese modelo en las encuestas (4), y
empieza a solicitarla, se convierte en una posibilidad casi imposible de plantear
como respuesta al conflicto. Antes de esta última regulación legal era una de las
posibles decisiones a adoptar por tribunales que no partieran del prejuicio
machista de que los niños deben estar siempre con sus madres, en la idea de que
4
siguen existiendo mayoritariamente aquellas madres que no trabajan fuera del
hogar y se dedican en exclusiva al cuidado de los hijos, cuando ese modelo va
progresivamente escaseando cada vez más. Actualmente, de nuestros hijos se
ocupan en gran medida guarderías, escuelas, canguros, vecinos, etc..., a falta de
un Estado del bienestar que procure servicios y, en gran proporción, unas abuelas
que han asumido nuevamente el papel de “madres” en unas familias en las que,
como escasean los niños, éstos se han convertido en un bien muy preciado que
vuelve a llenar la vida de unas mujeres que, sin poder elegir, aceptaron como
razón de vida la reproducción y el cuidado de la prole. Y es que, en los últimos
treinta años, miles de mujeres en España hemos realizado silenciosamente una
gran revolución social para intentar ser ciudadanas de primera. Hemos retrasado
la edad de maternidad una década, mayoritariamente la iniciamos a partir de
cumplir treinta años, y hemos reducido drásticamente el número de hijos por
mujer, teniendo uno de los índices de natalidad más bajos del mundo, pues en los
últimos veinte años nos hemos incorporado al mercado de trabajo, después de
irrumpir masivamente en la universidad a partir de los años ochenta (5).
En una línea radicalmente distinta a muchos países de nuestro entorno, el
legislador español de 2004 introdujo unos requisitos en los apartados 7 y 8 del
artículo 92 del Código Civil que hacen que la custodia compartida sea muy
excepcional, pues debe superar grandes obstáculos.
El primer obstáculo legal que debe salvarse para que los hijos puedan
seguir teniendo padre y madre, y frecuentemente, familias materna y paterna, tras
la ruptura, es que ninguno de sus progenitores haya interpuesto una denuncia por
violencia o agresión sexual contra el otro. Esta es la exigencia del apartado 7 del
artículo 92 del Código Civil. Esto supone que pueda evitarse este modelo
simplemente interponiendo una denuncia. Así de fácil.
Aunque finalmente se resuelva, como ocurre en la mayoría de los casos,
que no existía ninguna prueba o indicios de criminalidad ya se ha conseguido que
los hijos no puedan compartir el tiempo de cuidado con ambos progenitores hasta
pasados muchos años, incluso impidiendo todo tipo de relación con su padre,
atendiendo el lento y mal funcionamiento de la justicia en España. Y para colmo,
se nos pretende responsabilizar en exclusiva de ese mal servicio público a los que
lo prestamos, aunque las normas que regulan la organización de la justicia no
otorgan ninguna competencia a jueces, y fiscales, pues corresponde a las
administraciones estatal y autonómicas, y en parte al Consejo General del Poder
Judicial, facilitar medios personales y materiales, así como diseñar su
funcionamiento.
Y si se acredita que ninguna prueba había que pudiera fundamentar una
condena penal con la denuncia interpuesta, intuyéndose una mala utilización del
ordenamiento penal para obtener otros fines, la respuesta que estamos dando en
múltiples ocasiones sólo anima a seguir abusando de esa posibilidad.
5
Eso se evidencia en una trabajada sentencia de medio centenar de folios,
de 15 de septiembre de 2008, en la que el Juzgado de Violencia sobre la Mujer
número 2 de Barcelona declaró acreditado que la madre había usado el régimen
de guarda y custodia y régimen de visitas “de forma torticera”, con incumplimientos
“reiterados y persistentes”, judicializando las relaciones hasta el extremo de
interponer reiteradas denuncias, durante varios años, carentes absolutamente de
fundamento, incluida una por abusos sexuales del padre al hijo, y otra por
amenaza a la madre con arma de fuego, con la finalidad de apartar al hijo de su
padre, siendo todas sobreseídas. Afirmando la juzgadora la “utilización maliciosa
de la denuncia y del procedimiento penal”, consiguiendo incluso, con todo el
“entramado de denuncias” el “respaldo judicial” en la suspensión de las visitas con
su padre, llegando incluso la madre a decidir la desescolarización del menor por
casi cinco meses para apartarlo de él, ocasionando la ruptura de las relaciones
padre-hijo, pues éste último tiene “fobia o rechazo” hacia el primero, al ser
“desinformado y manipulado” por la madre que lo ha predispuesto contra la figura
paterna, lo que ha producido un daño en el menor, que evidencia “falta de normas
y sobreprotección”, habiendo sido condenada la madre en alguno de los juicios de
faltas tramitados por sus incumplimientos, y absuelta en otros sobre la base de
que “la madre anteponía el interés del hijo”. El Ministerio Fiscal “no interesó un
cambio inmediato en la guarda y custodia”, sino el mantenimiento de la sentencia
de divorcio de los padres. La sentencia acuerda el mantener la guarda y custodia
en favor de la madre por tres meses, condicionada a que las partes se sometan a
un programa para restablecer la relación del hijo con el padre, con la advertencia a
la madre de que “si sigue manipulando” “ello determinará un cambio RADICAL EN
LA GUARDA Y CUSTODIA”, y también si el menor no cambia de actitud respecto
a su padre.
Dos años después el padre, asumiendo un gran coste económico por el
tratamiento psicológico impuesto por la Sentencia, sólo ha conseguido ver dos
horas semanales a su hijo. Ese padre ha evidenciado a lo largo de una década de
denuncias penales sistemáticas un persistente comportamiento más que ejemplar,
dedicando su energía y sus recursos a no perder una relación con su hijo, que no
le reconoce como padre.
Pero si no se ha conseguido evitar el modelo de la custodia compartida, e
incluso logrado un total alejamiento de la figura paterna como hemos visto, con la
utilización del apartado 7, queda el apartado 8 del propio artículo 92 del Código
Civil. El precepto, como se sabe, parte de que si los progenitores no la solicitan de
mutuo acuerdo sólo podrá acordarse “excepcionalmente” cuando la reclame uno
de ellos. Y en este caso exige que el Ministerio Fiscal emita un “informe favorable”,
requisito sin el que el juez no podrá acordar la guarda y custodia compartida.
La Sección 5ª de la Audiencia Provincial de Las Palmas de Gran Canaria, y
la Sección 2ª de la Audiencia Provincial de Navarra, plantearon sendas cuestiones
de inconstitucionalidad, admitidas a trámite hace unos meses, por vulneración del
art. 117.3 en relación con el art. 24.1 y 2 CE, y por vulneración del art. 14 en
relación con el 39 CE. El Fiscal General del Estado, está argumentando ante el
6
Tribunal Constitucional, en un difícil equilibrio, que no queda comprometida ni la
función jurisdiccional con la exigencia de este requisito “de estricta razonabilidad y
proporcionalidad”, ni tampoco la posibilidad de dictar sentencia, pues considera
que se ha introducido para establecer garantías que aseguren la prevalencia del
interés del menor. Los defensores de la constitucionalidad de la norma pretenden
considerar esa aquiescencia del Ministerio Público como un requisito de
procedibilidad, algo así como consignar para recurrir.
A los senadores que votaron esa norma en 2005 les pareció tan evidente
que esa exigencia de informe favorable limitaba tanto la función de juzgar que, de
momento, y al menos formalmente hasta la fecha, correspondía a jueces y
tribunales, que excluyeron ese requisito en el trámite del Senado. Sin embargo, en
el Congreso de diputados volvió a reintroducirse en una precipitada votación de
madrugada, indicando posteriormente que se había tratado de un error que, sin
embargo, el legislador no ha tenido tiempo de subsanar en los cinco años
transcurridos desde que se produjo.
Opino que, sin duda, no se trató de un error sino de la reintroducción
deliberada de una nueva dificultad más, atendiendo a que la postura mayoritaria
entre los miembros del Ministerio Fiscal, y quienes dan instrucciones en esta
jerárquica institución, es que con quien mejor están los hijos es con sus madres. Y
a la experiencia profesional y personal me remito. Yo dicté una sentencia en la
que, incluso con acuerdo entre los progenitores, educadísimos y sin ningún indicio
de que alguno de ellos pudiera presentar algún tipo de problema como padre, el
Ministerio Fiscal se opuso a aprobar que se atribuyera a ambos el compartir la
responsabilidad de los hijos. Y asimismo, cuando en mi caso, de acuerdo con el
padre de mis hijas, presentamos un convenio para compartir su cuidado tras el
divorcio, fuimos llamados a una comparecencia, en la que nos mostramos todo lo
cordiales que supimos, a pesar del enfado que teníamos ambos. Cuando unos
padres exponen en un convenio que el padre sólo quiere ver a sus hijos cuatro
días al mes, y abonar una auténtica miseria para alimentos, se aprueba sin
comparecencia, y sin que nadie haya hecho la más mínima comprobación de si
pudiera tratarse de un supuesto de insolvencia técnica, aunque nada real. Vemos
que cuando ambos progenitores se muestran conformes en seguir siendo
responsables, en la mayor parte de ocasiones ello es mirado por fiscales y jueces
con todo tipo de suspicacias y recelos. Es el mundo al revés, pues evidencia que
parece más razonable y normal la irresponsabilidad.
Espero que la exposición que sigue contribuya a que esos extraños
planteamientos vayan siendo superados, aunque no son tiempos para el
optimismo pues el retroceso en los últimos años ha sido espectacular. Hemos
visto cómo se ha reintroducido la causa, esta vez penal, en los procesos de
divorcio. Y nos ha ocurrido esto cuando los tribunales ya llevaban años no
exigiendo causa de separación o divorcio, superando el planteamiento de la Ley
30/1981, de 7 de julio, que penalizaba al que se consideraba responsable de
romper un vínculo concebido como indisoluble. Esta norma fue elaborada en un
momento histórico inicial de nuestra democracia, y aún suponiendo un gran
7
avance, pues se trataba de permitir la disolubilidad del vínculo matrimonial en un
Estado que había dejado de ser confesional pocos años antes, mantuvo
planteamientos que dificultaban esa ruptura.
Representantes del feminismo oficial que han inspirado en gran medida las
reformas legislativas de los últimos años han llegado a afirmar que es importante
que “se pueda poner de manifiesto la existencia de algunas de las causas que han
provocado la ruptura matrimonial, especialmente cuando hay hijos/as comunes”
(6), pues consideran que “compatibilizar la actual Ley del divorcio con la Ley
Integral contra la Violencia de Género es sumamente difícil, cuando no imposible
ya que se impide que afloren situaciones familiares que deberían ser tenidas muy
en cuenta a la hora de tomar cualquier medida de carácter personal. La actual
regulación de la separación y el divorcio, al suprimir las causas que los motivaron,
ha traído como consecuencia una merma de eficacia de la Ley Integral
constituyendo un serio obstáculo en la lucha contra la violencia de género.” (7).
Ahora, se pretende utilizar la denuncia penal para culpabilizar y sancionar al
“responsable” del mal funcionamiento de la pareja. En la Exposición de Motivos de
la Ley 15/2005, de 8 de julio, se justificaba el cambio legislativo indicando que se
trataba de que, un cuarto de siglo después de la Ley de 1981, se amplíe el ámbito
de la libertad y el libre desarrollo de la personalidad, reconociendo la voluntad de
la persona cuando ya no desea seguir vinculado con su cónyuge, pues la
continuación de su convivencia depende de la voluntad constante de ambos,
bastando con que uno de ellos no desee la continuación del matrimonio. También
destacaba que debe procurarse, en el supuesto de que tengan hijos en común, la
protección del interés superior del menor, garantizando la relación con el
progenitor con quien no conviva, en el caso de que la guarda y custodia no sea
compartida, estimulando la realización del principio de corresponsabilidad en el
ejercicio de la potestad. Como hemos visto, el texto aprobado nada tiene que ver
con esos principios, y la culpa se ha reintroducido con virulencia (8).
3.- LOS PERJUICIOS CAUSADOS POR LA IMPOSICIÓN, DE MANERA
GENERALIZADA, DE UN MODELO MONOPARENTAL.
Sin duda alguna, lo deseable es que exista la madurez suficiente de los
adultos en el proceso de ruptura de pareja con hijos para alcanzar un acuerdo,
especialmente en lo referente a su futura relación con ellos, puesto que nadie
mejor que los propios afectados conoce las posibilidades y condiciones para
repartir esfuerzos y recursos en su cuidado. La inmensa mayoría no cuestionamos
los beneficios que para los menores supone seguir teniendo madre y padre que se
ocupen de ellos tras su separación, resultando mucho más positivo un feliz
divorcio que una insoportable convivencia.
Esta es la razón por la que en muchos países de nuestro entorno se
ofrecen medios a las partes en conflicto con la finalidad de facilitar esos
compromisos, que como son soluciones voluntariamente aceptadas, se cumplen
8
en mayor medida que una buena sentencia. Se pone a disposición de las partes la
mediación, que algunos la establecen como obligatoria. En este modo alternativo
de resolución de conflictos, los técnicos en la materia deberían contribuir a bajar
su nivel de intensidad, y deberían enseñar a los contendientes, fundamentalmente,
a priorizar el superior interés del menor sobre sus propios intereses y
mezquindades, para ir hallando sus propias soluciones a las nuevas necesidades
que sin duda irán surgiendo, y los nuevos problemas que seguro se irán
planteando en los muchos años que suelen restar para que esos hijos alcancen
independencia suficiente. Sólo cuando este intento no da resultado debe actuar
con toda su contundencia el sistema judicial.
Las relaciones familiares están sometidas a continuas tensiones, y
deseables cambios aunque no exista ruptura de pareja. Los hijos son individuos
de la especie humana extremadamente dependientes, necesitando para su
subsistencia de los adultos durante muchos años si nos comparamos con otras
especies animales. Los hijos e hijas están en permanente cambio, pues van
creciendo, y tienen enormes necesidades en sociedades complejas como la
nuestra, hasta que alcanzan una edad adulta, y ello si cuentan con un razonable
estado de salud, porque de lo contrario la dependencia puede ser incluso para
siempre. Los cambios de los hijos exigen una continua toma de decisiones en
relación a sus actividades, espacios, en tiempo y modo de dedicación a ellos, en
disposición a aceptar esas modificaciones, pues evidentemente sería muy
perjudicial seguir tratándolos siempre como si fueran bebés.
Es absolutamente inevitable que a lo largo de todos esos años vayan
surgiendo conflictos que las partes deben gestionar, y sólo si no son capaces, se
impone la intervención del Estado: ofreciendo respuesta judicial si se demanda, o
bien interviniendo de oficio si se produce una situación de desprotección de un
menor, o también de violencia extrema de menores hacia sus ascendientes,
problema éste cada vez más preocupante (9).
Con una justicia colapsada, sin perspectivas de mejora, y considerando que
los afectados siempre tienen más datos sobre su propia realidad, deben
favorecerse las respuestas negociadas. Sin embargo, el legislador español
partiendo de un concepto de violencia, susceptible de ser calificada como delictiva,
tan amplia como hemos visto, ha prohibido la mediación por ley orgánica en
prácticamente todos los casos (artículo 87 ter.5 LOPJ, modificado por la ley de
violencia), y ha incumplido el mandato contenido en la Disposición Final Tercera
de la Ley 15/2005, de remitir a las Cortes un proyecto de ley sobre mediación, en
la que no cree, distanciándose de las disposiciones de la Unión Europea que han
apostado por este modo de resolución de conflictos. En los planteamientos del
feminismo oficial la mujer es un ser desvalido, siempre víctima, siempre en
situación de inferioridad respecto al hombre, y por ello se considera que no está
en condiciones de pactar soluciones prácticamente nunca. Esa visión, que
menosprecia a las mujeres, no es compartida por otras corrientes feministas entre
las que me incluyo.
9
Por el contrario, se ha extendido la errónea idea de que si las mujeres no
alcanzan acuerdos con el padre de sus hijos, y acuden a la vía judicial salen
victoriosas pues obtienen todo el pack. Se les atribuye abrumadoramente la
guarda y custodia de los hijos (10), y ello lleva aparejado el uso y disfrute del
domicilio familiar, así como administrar la pensión de alimentos. Además, si
interponen denuncia por violencia contra el padre de sus hijos, y se acuerda una
orden de alejamiento, cosa que ocurre en muchas ocasiones por el temor que
tienen los jueces y fiscales que deben solicitarlas y acordarlas en pocos minutos y
con escasas pruebas, el denunciado es expulsado inmediatamente de la vivienda
que compartían. Ello ha estimulado la interposición de muchas denuncias por
hechos leves con un objetivo distinto que la protección frente a la violencia. Y
mientras tanto, la mayoría de las mujeres victimas de violencia grave no
denuncian porque no se les asegura protección, al resultar difícil en este
desconcierto de miles de denuncias identificar esos supuestos de violencia
habitual grave.
Y si se ha convencido a muchas mujeres de que van a obtener todo el pack
(hijos, vivienda y pensión), y eso parece en principio beneficioso para ellas, ¿Por
qué van a intentar llegar a un acuerdo? ¿Por qué van a ir a una mediación, que se
concibe como tan perniciosa?
Sin duda, porque el conflicto permanente no beneficia a nadie, porque es
mejor un mal acuerdo que un buen pleito, y más en esta materia. Porque las
amputaciones traumáticas y en malas condiciones pueden provocar
consecuencias peores para los hijos, al separarlos bruscamente de sus padres. Se
pretende que éstos, tras la ruptura, se limiten a pagar las pensiones, sin
participación alguna, o escasísima, en las vidas de sus hijos, lo cual ni favorece el
cumplimiento de las obligaciones económicas, objetivo fácil de conseguir en un
país con bastante dinero negro circulante, ni favorece la necesaria estabilidad
afectiva que los niños necesitan para crecer de un modo saludable.
En alguna ocasión he tenido oportunidad de exponer que la atribución
sistemática, o incluso automática, de la guarda y custodia a las mujeres nos
perjudica gravemente en primer lugar nosotras, al tratarse de un regalo
envenenado. “Dedicarnos en solitario a la educación y cuidado de los hijos limita
brutalmente nuestro desarrollo profesional, relegándonos a niveles que no exigen
tanta dedicación, lo cual irremediablemente se traduce en salarios menores. Si
ejercemos nuestra función como educadoras con responsabilidad corremos el
riesgo de ser las únicas malvadas que imponen hábitos y obligaciones, y si lo
hacemos de modo irresponsable nos encontramos en poco tiempo con unos hijos
e hijas asilvestrados, e intolerantes a la más mínima frustración, que no dudan en
acudir a la violencia, física o psíquica, si no ven colmados sus crecientes deseos.
Cuando los pequeños monstruos se emancipan, el propietario de la mitad de la
vivienda de la que fue expulsado no duda en reclamarla, ya que en muchas
ocasiones se vio obligado a regresar a su hogar materno, y en ese momento,
cuando las mujeres tienen edades que rondan los sesenta años, con escasos
ingresos, no pueden adquirir la mitad de la vivienda, con riesgo de ser expulsadas.
10
El final del expolio inicial puede ser el que las mujeres se queden sin nada: sin
profesión, porque no nos hemos dedicado a ella; sin espacios personales al no
disponer de tiempo, lo cual supone un empobrecimiento personal, y es fuente de
desequilibrios y frustraciones; sin casa; y sin unos hijos e hijas, que además
pueden formular serios reproches culpabilizando a las madres del alejamiento de
la familia paterna, lo cual es fuente de conflicto y sufrimiento, al haberse quedado
huérfanos con padres vivos, con un duelo que no se acaba “ (11).
Lo que resulta sorprendente es que, a pesar de las muchas dificultades que
establece nuestra legislación, se producen muchos acuerdos. Más de la mitad de
los procesos de familia son consensuados, aunque en los últimos años el
porcentaje de acuerdos ha disminuido (12).
Cuando las partes alcanzan y cumplen acuerdos, lo que sucede en la
mayoría de ocasiones, jueces, fiscales, técnicos sociales, policía, etc..., no somos
necesarios, el Estado no es necesario. Sólo somos imprescindibles cuando el
grado de inmadurez de una, o todas las partes en conflicto, no permite que ellas
mismas vayan gestionando las nuevas dificultades que inevitablemente se irán
planteando.
El proceso de familia no es como el resto de procesos civiles en los que,
una vez hallada una solución, más o menos acertada, y dictada una resolución
judicial firme, que produce el efecto de cosa juzgada, ya no puede plantearse
nuevamente la misma pretensión.
El conflicto de familia con hijos puede permanecer por largos periodos
abierto, pues no estamos ante uno solo, sino ante multitud de ellos que se
suceden. Los hijos por definición crecen continuamente, física y psicológicamente,
generando nuevas necesidades en tensión permanente con sus padres, y de
éstos entre sí, incluso aunque no se hayan separado o divorciado. Pretender que
una resolución judicial pueda poner fin al conflicto es un absurdo. Con las pruebas
aportadas, no siempre abundantes y veraces, se intenta dar respuesta a las
diferentes pretensiones planteadas en un momento fijo en el tiempo, pero cuando
es dictada, la situación de las relaciones entre los diversos miembros del grupo
humano familiar ya ha variado, y mucho más cuando han transcurrido años en el
trámite del recurso de apelación si se plantea.
La vida es un continuo suceder de conflictos que siempre nos afectan, sea
cual sea el modo de gestionarlos (13). En los conflictos de ruptura de pareja con
hijos puede optarse por uno de los dos modelos posibles, cada uno con sus
múltiples variantes:
- El que podríamos denominar modelo totalitario, en el que se permite que una de
las partes imponga totalmente sus posturas, y en adelante tome todas decisiones
relativas a los hijos en común, generalmente como hemos visto la madre,
excluyendo al otro progenitor de la relación parental con ellos, pero no de las
obligaciones económicas. Tiene la ventaja de todos los totalitarismos, no se pierde
11
el tiempo y la paciencia en ponerse de acuerdo con el otro, por lo que en principio
puede parecer más eficaz, pero evidentemente los totalitarismos en materia de
familia son también muy disfuncionales, como veremos después.
- Y el que podríamos denominar modelo democrático, en el que las partes deben
hacer el esfuerzo de negociar y pactar soluciones de convivencia de modo que
nadie resulte excluido. Tiene el inconveniente de todos los sistemas democráticos,
pues en ocasiones resulta exasperante y agotador ponerse de acuerdo con el otro.
Pero la mayoría convenimos en que es el menos malo de los sistemas de
organización social.
La imposición de un modelo monoparental cuando los hijos tienen madre y
padre, que quieren y pueden ocuparse de ellos, es antidemocrático y perjudica
gravemente el interés del menor. Sólo se debe excluir a uno de los progenitores, o
a ambos, cuando no quieren ocuparse de los hijos, o lo hacen de un modo muy
deficiente. También, cuando el permanente nivel de conflictividad es tan extremo
que supera los límites tolerables y se hace evidente el perjuicio para el menor,
pero en este caso debe valorarse cual de los progenitores impide el razonable
ejercicio de la corresponsabilidad frente a los hijos, pues el sistemático
incumplimiento no debe ser premiado.
Las situaciones realmente graves se dan cuando uno, o los dos
progenitores no quieren, o no pueden, ocuparse de sus hijos. Para los menores
abandonados resulta duro aceptar que sus padres no quisieron responsabilizarse
de ellos. Y desgraciadamente se producen muchas situaciones de abandono,
incluso en algunos casos en que éstos tomaron la decisión de reproducirse. Pero
ocurre que algunos especimenes humanos reaccionan con poca madurez y gran
irresponsabilidad ante el gran esfuerzo en tiempo, espacio y dinero, que supone la
paternidad. También hay que estar atentos a las peligrosas explicaciones que,
posteriormente, cuando se tiene necesidad de los hijos, se les puede ofrecer, pues
la capacidad de manipulación y justificación del ser humano no conoce límites.
4.- LAS SOLUCIONES MÁGICAS.
Construir es siempre más difícil que la imposición y la destrucción, pero es
más rentable. No existe una solución rápida, limpia y eficaz para los procesos
largos y complejos. Y los conflictos en materia de familia con hijos lo son. Exigen
un traje a medida adaptable al crecimiento, y por ello las normas son genéricas.
Aunque puede hacerse un mayor esfuerzo de concreción en la línea de la última
regulación hecha en el Llibre II del Codi Civil Català, Persona i Familia, que al
mismo tiempo, ha sido timorato, y no se ha atrevido a apostar por un modelo, que
sólo insinúa, de corresponsabilidad parental compartida.
En nuestra corta experiencia en materia de separaciones y divorcios como
país recientemente democrático y aconfesional, hemos visto en demasiadas
ocasiones, especialmente en aquellos procesos de familia más conflictivos, el
12
abuso de demandas modelo, poco fundamentadas. Y juicios con escasa prueba,
inhibición judicial, y desaparición del Ministerio Fiscal, finalizados con sentencias
modelo, que han dado el mismo tipo de respuestas a supuestos de lo más variado,
y escasísima dedicación a la parte más decisiva en general de todo proceso, la
ejecución. De poco sirve una sentencia, por maravillosa que sea, si el llamado a
su cumplimiento sabe que si la incumple ninguna reacción se va a producir. El
sistema judicial, con excepciones, no es capaz de dar respuestas en tiempos
razonables. Y en muchas ocasiones crea mayores y nuevos problemas cuando, al
notificarse la resolución judicial, las partes ya habían encontrado sus propios
equilibrios, que aquella viene a romper.
¿Nos podemos permitir los incumplimientos generalizados en relación a los
niños?
Si se dejan de pagar las pensiones de alimentos, ¿puede el menor esperar
largos años hasta que se embargue al obligado al pago, y se realicen sus bienes?
¿Es razonable exigir al progenitor encargado de su cuidado formular cada vez una
nueva demanda con obligación de representación mediante procurador y
asistencia letrada, que lógicamente solicitan su derecho a una provisión de fondos,
cuando en los casos más flagrantes difícilmente se localizarán bienes a nombre
del presunto insolvente? Normalmente son mujeres que optan por asumir en
solitario no sólo el cuidado, sino también el esfuerzo económico, pues solicitar la
ejecución de la sentencia sólo reduce su capacidad económica para hacer frente a
las necesidades de sus hijos, con nulos resultados positivos. Y aquí sorprende que
organizaciones, incluso de mujeres juristas, no hayan exigido que se suprima la
necesidad de la asistencia de los profesionales del derecho para solicitar el auxilio
del Estado en el cumplimiento de las obligaciones económicas para con el futuro
de un país, como son sus niños y niñas. La demanda de ejecución de pensiones
alimenticias, claramente fijadas en las sentencias, debería seguir trámites
similares a los de un sencillo procedimiento monitorio. El Ministerio Fiscal, como
encargado de la protección de los menores, y a quien tantas competencias se han
adjudicado en los últimos años, podría participar activamente en esos procesos de
ejecución, que deberían realizarse en cooperación con la Agencia Tributaria, para
lograr niveles mayores de eficacia, como ha ocurrido en otros terrenos, como el
delito fiscal.
Es cierto que, en relación a progenitores cuyos ingresos provienen de
trabajos por cuenta ajena, y su nómina refleja la totalidad de los mismos, cosa que
no siempre ocurre, la función de prevención operada por la reforma del Código
Penal que endureció las sanciones por incumplimiento de las obligaciones
familiares, produjo un efecto muy saludable. Pero también, en el ámbito penal se
podría incrementar el esfuerzo pues, en los supuestos más sangrantes, se debería
requerir en mayor medida la colaboración policial (14).
El otro incumplimiento clásico es impedir, por quien tiene atribuida la guarda
y custodia, que el hijo mantenga la relación de comunicación fijada en la
resolución judicial con el progenitor no custodio, ¿Puede aceptarse que uno de
13
sus progenitores lo convierta en huérfano con el otro vivo, que quiere y puede
ocuparse de él, destruyendo la relación incluso con la familia amplia, cuestión
especialmente dolorosa para aquellas abuelas y abuelos que tienen la certeza de
que morirán sin volver a ver a sus nietos y nietas?
¿Puede aceptarse que el mal funcionamiento de nuestro sistema judicial
favorezca fundamentalmente a los más incumplidores, a los más perversos de
cualquier sexo o tendencia sexual?
El mensaje para nuestros niños y jóvenes no puede ser que esto es una
jungla en la que irremediablemente se impone la ley del más fuerte, física o
psicológicamente. El daño social a medio plazo que se está provocando es
demasiado grande. Y se puede medir en perjuicios para los afectados, niños y
adultos, tanto en graves deterioros de salud física y psíquica, como en su parte
alícuota en los porcentajes de fracaso escolar, y por supuesto también en el
incremento de los diferentes tipos de violencia, pues en modo alguno se estimulan
los comportamientos civilizados, y que nuestros jóvenes crezcan en el respeto a
los límites.
No existen soluciones mágicas. Tampoco por el hecho de que una
resolución judicial mencione la expresión fetiche, “custodia compartida”, hemos
solucionado el problema. Pero el Estado tiene la obligación de imponer el respeto
a las normas básicas de convivencia, y para ello tiene el monopolio de la violencia.
El Estado tiene la obligación de imponer el respeto a los derechos fundamentales
de las personas, con independencia de su sexo, origen, religión, etc...
5.- OBJECIONES A LA CUSTODIA COMPARTIDA COMO MODELO
PREFERENTE.
Expondré a continuación algunas de las más frecuentes apuntando razones
que permiten cuestionarlas.
A) Los padres han de mantener una buena relación. Se indica que sólo si los
hijos tienen unos padres bien avenidos, que son capaces de llegar ellos
mismos a acuerdos sin ayudas externas, puede establecerse este modo de
relación tras la ruptura.
Se afirma, por tanto, que sólo si los hijos tienen la suerte de tener al mismo
tiempo un padre y una madre que son lo suficientemente inteligentes y generosos
como para anteponer su interés y bienestar a sus propios egoísmos y miserias,
puede permitirse que mantengan la relación con ambos. En demasiadas
ocasiones hemos visto como ha bastado con que uno de los dos se oponga, y/o
genere conflictos, planteando todo tipo de inconvenientes, en ocasiones pequeños
y ridículos, para que se prive al hijo del padre en la mayoría de los casos.
14
Exigir a los padres una mejor relación tras la ruptura de la que tenían
cuando convivían, para permitir que el padre pueda seguir ejerciendo sus
funciones parentales, no encuentra justificación alguna, tratándose de una
condición prácticamente imposible de cumplir. Y no puede ignorarse que se trata
de un requisito imposible ya que cuando las personas nos separamos, o nos
divorciamos, es fundamentalmente porque, sea cual sea la causa, tenemos una
difícil relación que impide seguir con el proyecto de vida en común, pues las
discrepancias, las imputaciones al otro, y los resentimientos, pesan más en la
balanza, y hacen imposible la convivencia. Y eso ocurre en la totalidad de los
casos, por lo que exigir la buena relación sólo permite justificar que prácticamente
nunca debe permitirse que los hijos sigan teniendo madre y madre. Se trata, por
tanto, de un requisito falaz.
El cuidado y educación de los hijos es una tarea agotadora, y muy difícil,
que exige una continua carrera de relevos cuya obligación corresponde en primer
lugar a los padres, que son las personas que en la mayoría de los casos, al menos
en nuestro mundo occidental, toman la decisión voluntaria de reproducirse. No
podemos afirmar que compartir con los hijos cuatro días al mes permita ejercer las
funciones parentales de educación y respeto a los límites necesarios para la
convivencia en sociedad. En esas cortas estancias de fin de semana, en las que
no hay horarios, ni obligaciones inmediatas, convertimos a la figura que
tradicionalmente ha sido la referencia de autoridad (“se lo diré a tu padre”), en
alguien que, en el mejor de los casos, puede incluso contribuir a la malacrianza
por una errónea idea de que puede comprarse el cariño de los hijos.
Dada la parquedad de la regulación de esta materia en el Código Civil, y la
creciente exigencia social para que se permita la participación de ambos
progenitores en el cuidado de los hijos tras la ruptura de la pareja, pues no parece
adecuada la exclusión del progenitor no custodio de las decisiones más
importantes respecto de ellos, se han ido elaborando criterios por algunos
tribunales que han ido dotando de mayor contenido el concepto de “patria
potestad”. Durante muchos años ha estado vacío de contenido en supuestos de
separación de los progenitores, pues quien tenía atribuida la guarda y custodia de
los hijos tomaba todas las decisiones respecto de ellos.
El Tribunal Supremo y diferentes Audiencias Provinciales han conformado
el contenido de la patria potestad como un derecho-deber de los padres sobre los
hijos, y que afecta a las decisiones de especial trascendencia, como la elección
del centro escolar, la elección de asistencia médica o psicológica, la realización
por el menor de actividades de ocio y complementarias de la formación, el cambio
de domicilio del progenitor custodio, decisiones respecto a la libertad religiosa,
etc... Se ha entendido que estas cuestiones, que conforman el contenido de la
patria potestad, forman parte de ese núcleo especial que va más allá de las
decisiones que se toman en el devenir de la vida cotidiana. Y se ha considerado
que, sólo excepcionalmente, debe ejercerse de manera exclusiva por uno de los
progenitores.
15
El artículo 156 del Código Civil establece que la patria potestad se ejercerá
conjuntamente por ambos progenitores, siendo el Juez quien en caso de
desacuerdo atribuirá la facultad de decidir al padre o a la madre, indicando el
último párrafo de la citada norma que si los padres viven separados, la patria
potestad se ejercerá por aquel con quien el hijo conviva, aunque el Juez, si lo
solicita el otro progenitor, podrá atribuir al solicitante la patria potestad para que la
ejerza conjuntamente con el otro, o distribuir entre ambos las funciones inherentes
a su ejercicio. En caso de separación, por tanto, el ejercicio conjunto debe ser
solicitado. La práctica totalidad de las sentencias de separación y divorcio
acuerdan explícitamente su ejercicio conjunto.
El nuevo Llibre II del Codi Civil Català recoge los criterios jurisprudenciales
que se han ido configurando en los últimos treinta años y exige el consentimiento
explícito o tácito del progenitor que no ejerce la potestad parental para decidir el
tipo de enseñanza de los hijos, para variar el domicilio, si esto los aparta de su
entorno habitual y para realizar determinados actos de administración
extraordinaria (artículo 236-11.6 CCC). Al mismo tiempo, este texto legal dispone
que las obligaciones de guarda corresponden al progenitor que en cada momento
tenga los hijos con él, sea porque de hecho o de derecho residan habitualmente,
sea porque estén en su compañía como consecuencia del régimen de relaciones
personales que se haya establecido (artículo 236-11.5 CCC). La guarda se
concibe como el conjunto de obligaciones de cuidado de los hijos que se plantean
cuando están en compañía de sus progenitores. La potestad parental en esta
norma, que entrará en vigor en enero de 2011, sólo deberá ser ejercida
exclusivamente por un progenitor en casos de imposibilidad, ausencia o
incapacidad del otro (artículo 236-10 CCC), como ya decía el Codi de Familia,
pero no porque los padres vivan separados, como establece el Código Civil. Y
también puede acordarse el ejercicio exclusivo por decisión judicial en supuestos
de desacuerdos reiterados, o cualquier causa que dificulte gravemente el ejercicio
conjunto, pudiendo distribuir entre los progenitores las funciones de manera
temporal (artículo 236-13 CCC).
La evolución jurisprudencial, y recientemente la legislación de los
Parlamentos de Aragón y Catalunya, inciden especialmente en que el progenitor
no custodio no pueda decidir a su antojo cuanto considere oportuno. Ya no hay
duda de que la custodia de los hijos se comparte siempre, pues la ejerce en cada
momento quien los tiene en su compañía, extendiéndose la idea de que resulta
inaceptable que porque los padres no convivan, y tengan una mala relación, lo que
ocurre en la inmensa mayoría de rupturas, los hijos han de verse privados de uno
de ellos. Además se exige tener en consideración, al establecer los criterios para
determinar el régimen y la manera de ejercer la guarda, “la actitud de cada uno de
los progenitores para cooperar con el otro con la finalidad de asegurar la máxima
estabilidad a los hijos, especialmente para garantizar adecuadamente las
relaciones de estos con los dos progenitores” (artículo 233-11.1.c) CCC). Porque
no debe tolerarse que el progenitor que boicotee y entorpezca las relaciones de
los hijos con el otro, afectando negativamente al desarrollo del menor, pueda
lograr su objetivo. Debe ser advertido, y en último término alejado del menor hasta
16
que respete reglas básicas de convivencia, pues de lo contrario el mensaje que
enviamos a nuestros menores es que incumplir sistemáticamente, puede permitir
imponer la propia voluntad por contraria que sea a los mínimos establecidos.
Esta preocupación la muestran las legislaciones autonómicas, y en menor
medida el artículo 776.3º de la Ley de Enjuiciamiento Civil que acepta el papel del
padre como mero visitador (“El incumplimiento reiterado de las obligaciones
derivadas del régimen de visitas, tanto por parte del progenitor guardador como
del no guardador, podrá dar lugar a la modificación por el Tribunal del régimen de
guarda y visitas”), manteniendo el Código Civil un clamoroso silencio respecto a
los incumplimientos.
B) Los menores necesitan criterios uniformes, por lo que crecer en dos
casas les desestabiliza al recibir instrucciones contradictorias, si no se tiene
un modelo educativo similar en ambas.
Es ésta otra de las objeciones que más frecuentemente se plantean.
En primer lugar, la separación de sus padres, si tenían criterios tan
opuestos, sólo será una liberación para el menor, porque lo que desconcierta es
recibir dos órdenes contradictorias al mismo tiempo de dos fuentes de autoridad, y
tener que elegir a quién se obedece.
Las variaciones que puedan producirse en cuanto a criterios alimenticios,
horarios (que siempre vienen marcados por la actividad escolar y en su caso
extraescolar), higiénicos, etc..., si no se trata de graves disfunciones, son
perfectamente asumibles, e incluso enriquecedoras. Por ejemplo, unos escasos
hábitos higiénicos en una casa puede estimular en la otra a intensificar la
enseñanza a los menores, para que alcancen antes un nivel de autonomía en
higiene personal, lo cual será agradecido por sus compañeros en el centro escolar
o deportivo, y por los ciudadanos, usuarios de transporte público, en general. Pero
junto a algunos inconvenientes, que pueden convertirse en ventajas, a los
menores se les trasmiten más conocimientos si más adultos que los aman se
ocupan de ellos. Los resultados escolares son mejores en los menores que
reciben apoyo en el ámbito familiar, que es el primer lugar en el que se inicia la
educación y socialización de las personas.
Los menores tienen que saber que, siempre, cuando están bajo la
responsabilidad de un adulto, sean sus padres, el profesor, los abuelos, los tíos,
los familiares de los amigos, los canguros, los vecinos, etc..., tienen que obedecer
sus indicaciones aunque no se correspondan exactamente con las que reciben en
el hogar en el que habitualmente viven, y ello con independencia de que sus
padres estén o no separados. Tienen que saber que únicamente si algún adulto,
sea quien sea, pone en riesgo su seguridad, su salud, etc..., puede negarse a
obedecer sus indicaciones (así por ejemplo, no deben cruzar por una peligrosa
calle llena de vehículos transitando fuera del paso de peatones o cuando el
17
semáforo está en rojo, aunque su abuelito o abuelita le diga que no pasa nada).
De lo contrario pueden manifestar su disconformidad o, en según que lugares ser
educados y no decir nada, pero siempre deben obedecer.
.
Lo más preocupante es que un grupo cada vez más numeroso de menores
no aceptan la autoridad de nadie desde edades muy tempranas. Y así se detecta,
con independencia del nivel social, cultural o económico de sus familias, que en
muchos casos ni están separadas, ni son desestructuradas. Y lo más grave es que
en la adolescencia algunos están dando pasos hacia la violencia contra los
familiares cercanos, fundamentalmente madres y abuelos maternos, que es con
quien más conviven, pues son jóvenes intolerantes a la más mínima frustración,
con actitudes y comportamientos tiránicos (15).
Los menores se enriquecen con el aprendizaje, y más cuando están en
contacto con gentes diversas, con costumbres y maneras de vivir distintas, y
cuanto más plural es su visión del mundo. Se obtienen mejores resultados
educativos cuando el menor participa en reuniones infantiles, pernocta en casa de
amigos, va a colonias, y cuando ya adquiere más seguridad en sí mismo y no
necesita estar continuamente con los familiares más cercanos, cuando realiza
intercambios para el aprendizaje de idiomas y costumbres con familias en otros
países, que cuando, por el contrario, está todo el tiempo en permanente contacto
con la mamá o el papá. Resulta un problema para algunas personas, de entre
veinte y treinta años, el hecho de tener un completo currículum formativo, y al
tiempo ser incapaces de asumir responsabilidades en sus empleos por la
dependencia de los adultos de su familia, que los han tutelado en exceso. No hay
duda de que a los hijos se les ha de ir enseñando a volar progresivamente, y la
educación en la diversidad, en la pluralidad, contribuye a la adquisición de
mayores capacidades.
Si los progenitores son personas que funcionan dentro de los parámetros
de la normalidad, ¿qué mal va a causar a sus hijos el compartir el tiempo de su
cuidado y educación? Lo que es absurdo, y carente de justificación, es preferir
canguros, vecinos, etc..., a uno de sus progenitores o su familia extensa.
El contacto con el discrepante no contamina, enriquece, y la función de la
sociedad entera –padres, educadores, etc...- es ayudar a que nuestros menores
estén formados y tengan criterios propios, de manera que dispongan de
suficientes herramientas intelectuales para defenderse de las manipulaciones de
que puedan ser objeto. Hemos de educar a nuestros menores en el difícil, pero
gratificante, ejercicio de la libertad. Hemos de potenciar progenitores
estimuladores, vitales, libertadores, en lugar de pretender padres absorbentes,
posesivos y limitadores.
Es un hecho que los niños tienen padres y madres imperfectos, y que a
pesar de ello, tienen derecho a relacionarse con ellos. En ningún lugar se dan
titulaciones de progenitor modélico. No tiene sentido exigir a uno solo de ellos, tras
la ruptura, que acredite ser un modelo de perfección en el caso de que quiera
18
ocuparse de sus hijos. Hemos visto que si un progenitor se desentiende
absolutamente, excepto en el pago de la pensión de alimentos, nadie le pedirá
cuentas. Es muy excepcional presentar denuncias por incumplimiento de las
estancias con los hijos, aunque ya existe algún caso. Pero sobretodo no se halla
justificación para exigir sólo al padre que tenga un modelo educativo similar al de
la madre, para permitirle el contacto con sus hijos más allá de cuatro días al mes.
¿Sólo el modelo de la madre, sea cual sea, es siempre el mejor? ¿Se considera
más positivo educar a los hijos en rígidos pensamientos únicos?
Este planteamiento exigiría que, antes de decidir reproducirse con otro
individuo, se le pidiera detalladamente su modelo educativo para asegurarse en
caso de ruptura que éste no será el motivo del alejamiento de los hijos en común.
Es un planteamiento absurdo, y poco coherente, pues al tiempo se permite dejar
con bastante despreocupación a los niños con gentes que no cumplen mínimos, o
solos frente al televisor o Internet.
C) No puede acordarse una custodia compartida en relación a menores de
corta edad.
Esta es otra afirmación que difícilmente se sostiene.
Aceptamos, sin ningún problema, cuando ambos progenitores conviven y
trabajan, o cuando se tiene un hijo en solitario, que el bebé se deje en una
guardería con meses, pero no podemos permitir dejarlo con su padre.
En países como Suecia, en los que se evidencia la voluntad del Estado, y la
mayoría de sus ciudadanos, de proteger en primer lugar el interés de los menores,
entendiendo que son el futuro de la sociedad (de las pensiones, las empresas, los
servicios, etc...), los progenitores disfrutan de un amplio permiso materno-paterno,
a repartir, de 480 días por hijo, estableciéndose que un mes de ese tiempo fuera
realizado por el padre, pues de lo contrario la familia perdía esa prestación. El
último gobierno amplió el permiso paterno a dos meses, en las condiciones
indicadas, pues se considera necesario que el bebé vaya iniciando la relación
también con su padre desde los primeros momentos.
Esa exigencia está ligada a los avances en los estudios científicos sobre el
modo de funcionar de la especie humana, destacando las interesantes
aportaciones de la Sociobiología (16).
Sabemos que en la inmensa mayoría de hembras humanas el proceso
biológico de la gestación conlleva al tiempo cambios psicológicos que predisponen
para el cuidado de la cría. Incluso mujeres con vidas profesionales muy activas
relativizan temas que consideraban de suma importancia, porque pasa a ser muy
prioritario el reorganizar el tiempo para el cuidado de su bebé, preparando incluso
con esmero el nido, realizando todo tipo de cambios en el espacio de la vivienda.
En los machos de nuestra especie esos cambios biológicos evidentemente no se
19
producen, pero es innegable que en muchos de ellos, que han participado con
gran interés en la decisión sobre su paternidad, también se operan cambios
psicológicos que les hacen priorizar su tiempo, y la obtención de recursos, para el
cuidado de su descendencia. Sin duda alguna, los hijos e hijas que tengan la
suerte de que ambos progenitores, o al menos uno, esté en disposición de
ocuparse de ellos, obtendrán mejores condiciones de salud y de formación, que
les colocará en mejor lugar para la supervivencia en un mundo cada vez más
complejo. ¿Por qué privarles entonces de uno de sus progenitores, si ambos
quieren y pueden responsabilizarse?
El establecer lazos afectivos con el padre en los primeros momentos de la
existencia no sólo resulta beneficioso psicológicamente para los menores, pues se
afirma por los expertos que esos primeros años son muy importantes, sino que
incrementa el deseo del progenitor de realizar esfuerzos para la obtención de
recursos en su beneficio, y dedicar tiempo a su cuidado. El padre que inicia y
mantiene una relación de afectividad con sus hijos contribuye económicamente en
mayor medida a su sustento y necesidades (17).
Se alerta de que a los bebés no se les puede dejar solos con su padre por
temor de desprotección y mala atención. Sólo hay que observar el cuidado con
que muchos abuelos de sexo masculino tratan a sus nietos-bebés, perteneciendo
a aquella generación que nunca se ocupó directamente de sus hijos e hijas, para
llegar a la conclusión de que el sexo de la persona, o su inexperiencia inicial,
compartida por todas las madres primerizas del planeta, no condiciona per se las
habilidades. Las mujeres hemos tenido que insistir mucho para que esta
afirmación se considere obvia en relación a habilidades que históricamente se
atribuían en exclusiva a los hombres, y ahora pocos dudan de que las mujeres
podemos hacer todo tipo de actividades. Por ello, resulta paradójico que en
nombre de la mujer se nieguen habilidades a los hombres, y sean atribuidas en
exclusiva a las mujeres. A modo de ejemplo indicaré que mi padre, que jamás se
ocupó de bebé alguno, en cuanto empecé a dar el biberón a mi primera hija, me la
arrebataba de los brazos diciendo “quita, que yo lo hago mejor”. Era evidente que
también lo hacía muy bien, poniendo una infinita paciencia y tiempo en alimentar a
mi segunda hija, que nunca fue una gran comedora. Afirmar que los hombres
están negados por naturaleza para atender debidamente a los bebés no está
sustentado en ningún estudio que así lo avale, únicamente en prejuicios
machistas.
Se invoca la Declaración de los Derechos del Niño aprobada en la 14ª
Sesión Plenaria de la ONU, de 20 de noviembre de 1959, para recordar que, salvo
circunstancias excepcionales, no debe apartarse al niño de corta edad de la
madre. Ello sin duda viene referido a apartarlo de manera prolongada o incluso
indefinida, resultando evidente que, aunque no se tenga una madre perfecta,
siempre será preferible a una estupenda institución pública, pero en modo alguno
puede pretenderse afirmar, como hacen algunos, que lo que se quería decir en
esa declaración es que los cuidados de los niños de corta edad deba realizarlos
permanentemente la madre.
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En la línea de esa Declaración, pero más adaptada a las nuevas realidades
sociales, la Convención Europea sobre los Derechos del Niño, de 20 de noviembre
de 1989, reconoce en su artículo 7 el derecho del niño a ser cuidado por ambos
padres tanto como sea posible.
Los hijos tienen muchas necesidades, alimenticias, de horarios, etc..., que
son incumplidas en ocasiones por los progenitores encargados de su cuidado. No
son infrecuentes los casos de desatención, aunque no sean muy graves, o de
sobreprotección que también conllevan serios desajustes, por parte de aquellos. El
Estado sólo debe intervenir en los supuestos graves que son detectados por
educadores, médicos, servicios sociales, etc... El Estado no debe intervenir en
supuestos que entran en parámetros de normalidad, a menos que quiera construir
macro-orfanatos con padres vivos.
D) El padre que no se ocupó nunca de los hijos antes de la ruptura, no lo
hará con posterioridad a ella, y en cualquier caso, no se le debe dar la
oportunidad si no mostró antes interés.
Tampoco ésta afirmación encuentra sustento alguno.
Es cierto que a algunos individuos de sexo masculino, cuando son padres,
se les agudiza el ansia de trabajar más tiempo para obtener mayores recursos
para el núcleo familiar, lo que unido a que el mercado laboral favorece a los
hombres en las remuneraciones, contribuye al alejamiento de los padres de los
hijos en esos momentos iniciales. También es cierto que a algunos hombres les
cuesta inicialmente entablar relación con un diminuto ser humano que no se
comunica hablando. Y por supuesto, hay irresponsables que no saben en general
asumir sus obligaciones de manera adulta.
Hemos visto cómo algunos gobiernos pretenden reequilibrar el desequilibrio
inicial de los progenitores en la relación con sus hijos, en beneficio de éstos, y
para que la maternidad no sea el gran obstáculo en la carrera profesional de las
mujeres, que a pesar de obtener excelentes resultados académicos,
posteriormente no logramos alcanzar una equiparación en los espacios
profesionales y de responsabilidad. Y no son nueve meses de gestación lo que
nos condiciona, sino los muchos años de cuidados posteriores, asumiendo el
grueso de la responsabilidad parental, y familiar, lo que nos limita en el camino de
la igualdad de oportunidades, pues incluso incorporándonos al mercado laboral
hemos seguido asumiendo las mujeres, gratuitamente, el cuidado de ancianos,
enfermos y niños, en agotadoras multiplicaciones de jornadas.
Se ha insistido repetidamente en la necesidad de la implicación de los
hombres en todas las tareas domésticas, aunque sin duda la más ardua es el
cuidado de los hijos, pues la maternidad y la paternidad no son delegables, no se
pueden contratar. Y cuando se van produciendo avances, y muchos de ellos
21
quieren participar, les negamos, en nombre del superior bien del menor, esa
implicación.
Muchos hombres que, con anterioridad a la ruptura no dedicaron su tiempo
al cuidado de sus hijos, o lo hicieron en muy pequeña medida, más tarde
empiezan a encontrar esos espacios que antes no tenían, pues son conscientes
de que el cariño no nace por generación espontánea, y si no tienen contacto con
sus hijos luego les resultan unos perfectos desconocidos, y eso lo descubren en
muchas ocasiones tras la separación. Y siempre aparecen estudios analizando los
casos de mayor problemática juvenil que evidencian que la falta de comunicación
de los hijos con sus padres está presente en parte del problema, incluso aunque
no estén separados.
No sólo no se debería impedir que los padres que quieran ocuparse de los
hijos puedan hacerlo, sino que debería ser favorecida la relación también en los
casos de los que no se ocuparon con anterioridad. En función de la edad y el sexo
de los menores, y las características de personalidad propias de los progenitores y
los hijos, se entabla mejor relación con uno u otro en los diferentes momentos del
crecimiento. No hay duda de que, con lo difícil que es ser padre, es mejor contar
con ambos para que pueda realizarse la necesaria carrera de relevos que permite
un mejor resultado final.
Sólo en supuestos de desprotección debe actuarse, y ello con
independencia del sexo del progenitor que no atienda a sus hijos en los mínimos
razonablemente exigibles.
E) Objeciones relativas al domicilio. Se afirma que es desestabilizador
cambiar de casa continuamente, pues el menor tiene necesidad de un punto
físico de referencia. Y para los que aceptan que no impide el desarrollo del
menor el tener dos domicilios, se manifiesta mucha rigidez en cuanto a las
distancias entre ambos.
Cuando una de mis hijas tenía diez años le preguntaron si no le resultaba
duro tener que hacer la maleta cada quince días para pasar el fin de semana en la
casa del progenitor con quien no convivía cada curso escolar, y respondió con
gran acierto que era más pesado para los niños que tenían segunda residencia, en
el campo o la playa, pues tenían que hacerla todos los fines de semana.
A algunos les parece gravísimo que el menor reparta su tiempo en el
domicilio de cada uno de sus progenitores, pero no encuentran problema en que lo
reparta entre el centro escolar, la casa de familiares más lejanos, los amigos, los
vecinos, la calle, o se le deje solo en casa al cuidado de la televisión, los
videojuegos, o Internet ¿No es más razonable, si se puede, que sean los
encargados en primer lugar de su educación, de ejercer la autoridad fijando los
límites necesarios, los que se ocupen, y sólo si éstos no pueden o no quieren se
recurra al resto de alternativas?
22
El tener dos casas estimula la organización y la planificación. Los niños de
corta edad, si están bien atendidos en un buen ambiente no encuentran a faltar
nada ni a nadie. En ocasiones, dependiendo de las horas que pasan con abuelos,
canguros, etc..., sólo lloran cuando los vienen a buscar sus papás. Y si son más
mayores probablemente lo que hay que estimular es que se encuentren cómodos
en muchos lugares distintos, porque eso es lo que facilitará el vuelo del nido en
mejores condiciones.
En cuanto a la exigencia de poca distancia entre los dos domicilios, cuyo
efecto positivo resulta innegable, también se ha exagerado. Se ha llegado a pedir
que se hallen ubicados en el mismo barrio, o en el mismo pueblo, como si las
comunicaciones fueran todavía las de hace decenas de años. Aceptamos con
normalidad que a un menor, con tres años, se le coloque a las siete y media de la
mañana en un autobús para ir a una buena escuela de la otra punta de la ciudad,
o incluso a poblaciones cercanas, y emplee en el trayecto una hora y media de ida
y otro tanto de vuelta, pero algunos consideran inaceptable que uno de los
domicilios paternos esté a diez minutos de distancia en coche entre poblaciones
cercanas, o a quince minutos de transporte público en la misma ciudad.
F) Se afirma que la solicitud de custodia compartida se utiliza por los padres
como coartada para dejar de pagar la pensión de alimentos, y como chantaje
para negociar, a la baja para las madres, las condiciones económicas de la
ruptura.
Ésta es otra de las objeciones para demonizar la custodia compartida.
La mala utilización por cualquiera de un medio, no inhabilita a éste en sus
potencialidades positivas. Así, la televisión o Internet no son medios negativos en
sí mismos. Por el contrario, su correcta utilización permite ampliar el nivel de
conocimientos y de comunicación interplanetaria.
También se afirma que la solicitud de custodia exclusiva por las madres se
hace con la finalidad de quedarse con la vivienda y una parte sustancial de los
ingresos del padre, y también ésta es una afirmación que en modo alguno puede
generalizase. Muchas madres piensan que ellas cuidarán mejor de sus hijos, y es
seguro que en muchos casos ello es cierto.
Que una parte de padres y madres anteponen su propio bienestar y
mezquindades, a los intereses y necesidades de sus hijos es un hecho que se ve
a diario en los tribunales, y las estadísticas lo acreditan. Generalizar, y presumir
que prácticamente siempre, ni ellos, ni ellas, piensan en lo mejor para sus hijos, es
tener una visión de nuestros conciudadanos que, además de no hallar base
empírica alguna, es injusta.
23
Para fijar las cantidades que cada progenitor deberá aportar para atender a
las necesidades de sus hijos deben tenerse en consideración varios factores. En
primer lugar, el nivel de ingresos o situación económica de cada uno, pues deberá
contribuir más el progenitor que más tenga, y así lo establecen los diferentes
textos legales cuando se regula el derecho de alimentos. Sería absolutamente
intolerable que, si la diferencia económica entre ambos es grande, un menor
pueda vivir una parte de su tiempo en la abundancia, y otra parte en la escasez,
por la desestabilización psicológica que comportaría, y porque debe impedirse la
posibilidad de comprar voluntades y afectos. También debe tenerse en
consideración el reparto de funciones entre los progenitores, puesto que el tiempo
dedicado a procurar una adecuada alimentación, vestido, higiene, educación,
etc..., ya tiene un valor económico en el mercado, y quien no lo hace directamente
tiene que pagar asistentes, clases de repaso, canguros, etc..., siendo preferible
que se ocupen los progenitores en la medida que se pueda, de la atención de
contenido formativo directo con los menores.
Además, ha de hacerse una nueva distinción, porque una cosa es fijar las
cantidades que deba aportar cada progenitor, y otra el modo de gestionarlas, que
puede ser muy variado, en función de las especiales circunstancias de cada caso.
Hay padres y madres que no se administran muy bien, pudiendo acordarse que
uno u otra abone directamente las cantidades exigidas por el centro escolar, o las
de las actividades complementarias. Puede también establecerse que cada uno
ingrese la parte proporcional de esos gastos, que le haya sido fijada, en una
cuenta a la que se domicilien éstos. Puede atribuirse a uno de ellos la gestión, con
una mínima rendición de cuentas, más necesaria en el caso de pensiones
elevadas, al estar administrando bienes ajenos, lo que evitaría algunas
desconfianzas y, en algún caso, abusos. Se pueden plantear múltiples formas
distintas de gestión, en función de las circunstancias concretas de cada grupo
familiar.
Lo fundamental es separar la discusión sobre las aportaciones económicas
para el sustento de los hijos, o el uso de la vivienda, del tiempo de dedicación y
cuidado de ellos. Con independencia de quien pague más (debiendo asumir mayor
carga económica quien más ingresos tenga), y de quien siga disfrutando del
domicilio que fuera común (se deberá considerar la necesidad y los recursos
respectivos), los hijos tienen derecho a tener madre y padre.
Así lo hace en detalle el CCC que, en su artículo 233-20, desliga la
atribución del uso de la vivienda familiar del tipo de guarda que se decida,
considerando la situación de necesidad del cónyuge a quien se atribuya, con
independencia de que no le corresponda la guarda; exige también que se
consideren los medios que tiene cada progenitor para cubrir sus propias
necesidades de vivienda y la de sus hijos, teniendo en cuenta la existencia de
otras residencias por las que puede ser sustituida; y señala que se pondere
siempre la atribución del uso de la vivienda en el caso de que no se asigne a quien
sea total o parcialmente su propietario como contribución en especie para la
fijación de los alimentos de los hijos.
24
Para mantener buenas condiciones en las relaciones paterno-filiales es
necesario que ambos progenitores puedan disponer de viviendas en las que poder
atender debidamente a los menores. Se ha llegado al absurdo de considerar más
imprescindible que el menor mantenga la casa con piscina, que conservar la
relación con su padre.
G) Se ha convertido en una máxima que la custodia compartida no debe ser
impuesta por los tribunales.
¿No debe imponerse a las partes en conflicto un modelo democrático que
impulse al diálogo y la participación? ¿Sí debe imponerse a los hijos un modelo
monoparental que los aleja de uno de sus progenitores?
Para avanzar en el camino de minimizar los daños inevitables de las malas
relaciones, hemos convenido mayoritariamente que no se nos debe obligar a
mantener convivencias no deseadas, porque además en el supuesto de tener
descendencia en común, es más perjudicial para los menores presenciar
continuamente las tensiones entre sus padres. Pero el Estado debe velar porque
los progenitores no utilicen a sus hijos como armas de venganza contra el otro, y
debe imponer soluciones que garanticen los mínimos de convivencia exigibles.
Facilita mucho el camino de protección de los menores separar las
decisiones que respecto de ellos se tomen, de todas las demás consecuencias
económicas que la ruptura inevitablemente conlleva, como hemos visto.
En cualquier caso, en materia de familia debería huirse de automatismos, y
hacer siempre un traje a medida. Como ésta es una tarea ingente, las últimas
legislaciones de Aragón y Catalunya, y parece que también se establecerá así en
la Comunidad Valenciana y Navarra, prevén lo que denominan “plan de
parentalidad”, “pacto de relaciones familiares”, o “pacto de convivencia familiar”.
Pero es el Codi Civil Català el que más detalla los mínimos que deben
contener las propuestas de cómo se han de ejercer las responsabilidades
parentales ante la autoridad judicial. El artículo 233-9.2 CCC exige que se indique:
“a) El lugar o los lugares donde vivirán los hijos habitualmente. Se han de incluir
reglas que permitan determinar a qué progenitor le corresponde la guarda en cada
momento.
b) Las tareas de las que se ha de responsabilizar cada progenitor con relación a
las actividades cotidianas de los hijos.
c) La manera en que se realizarán los cambios en la guarda, y si procede, cómo
se han de repartir los costos que generen.
d) El régimen de relación y de comunicación con los hijos durante los periodos en
que un progenitor no los tenga con el.
25
e) El régimen de estancia de los hijos con cada uno de los progenitores en
periodos de vacaciones y en fechas especialmente señaladas para los hijos, para
los progenitores y para su familia.
f) El tipo de educación y las actividades extraescolares, formativas y de disfrute, si
procede.
g) La manera de cumplir el deber de compartir toda la información sobre
educación, la salud y el bienestar de los hijos.
h) La manera de tomar las decisiones relativas al cambio de domicilio y otras
cuestiones relevantes para los hijos.”
Exigiendo las nuevas regulaciones que con las demandas se concreten
todas estas cuestiones, se evitarán en gran medida sentencias genéricas que
tantos problemas de ejecución plantean, resultando obvio que los tribunales no
pueden fijar en detalle aquellos aspectos que sólo pueden conocer si son
aportados por las partes.
En Catalunya se recoge en el apartado 3 del artículo 233-9 que “Las
propuestas de plan de parentalidad pueden prever la posibilidad de recurrir a la
mediación familiar para resolver las diferencias derivadas de la aplicación del plan,
o la conveniencia de modificar el contenido para adaptarlo a las necesidades de
las diferentes etapas de la vida de los hijos”.
Como vemos, el legislador en Aragón y Catalunya ha hecho un gran
esfuerzo para facilitar la solución negociada entre las partes y para que, en caso
de no llegar a un acuerdo, los tribunales puedan imponerles las decisiones que
consideren que garantizan de manera prioritaria el interés del menor. Porque el
Estado, mediante el poder judicial, que tiene atribuidas las funciones de juzgar y
hacer ejecutar lo juzgado, siempre impone el modo de resolver el conflicto que se
plantea ante sus tribunales, imponiendo coactivamente sus decisiones mediante la
ejecución forzosa de sus resoluciones. Y por supuesto, puede imponer a las
madres que compartan la guarda y custodia de sus hijos con sus padres, pues a
quien no se puede imponer la orfandad es a éstos con padres vivos que quieren y
pueden ocuparse de ellos.
6.- A MODO DE CONCLUSIÓN. ¿QUÉ ES LA CUSTODIA COMPARTIDA?
La custodia compartida es el modo de relación que se establece tras la
ruptura de una pareja con hijos, por voluntad de los progenitores, o determinada
por la autoridad judicial en caso de no llegar éstos a un acuerdo, cuando ambos
manifiestan su interés en seguir al cuidado de sus hijos, por el que se determina
que los menores serán atendidos por ambos en función de las posibilidades de
cada cual, marcadas fundamentalmente por los horarios laborales, con
independencia de que el tiempo de las estancias en los respectivos domicilios sea
fijado por horas, días, semanas, meses o años, contribuyendo ambos en el
esfuerzo económico para sufragar las necesidades de los hijos en función de las
posibilidades económicas de cada uno, bien sea asumiendo directamente
26
determinados gastos (escolares, sanitarios, etc...), bien contribuyendo
proporcionalmente del modo que se estime conveniente, y con independencia de
que se atribuya a uno, o se reparta, la función de gestionar los recursos que se
asignen a los menores.
La diferencia entre que denominemos a ese reparto de tiempo y funciones
“custodia compartida” o régimen de visitas amplio es inexistente.
Lo importante es mantener a los menores lejos del conflicto. Lo que los
destroza es hacerlos partícipes del conflicto permanente, plantearles
continuamente conflictos de lealtades, o amputarles su relación con una parte de
la familia. Y desgraciadamente ello se produce y se tolera por los poderes públicos
con excesiva frecuencia, lo que está causando un grave daño social.
Es imprescindible, y lleva años reclamándose por los profesionales del
derecho de familia, la creación de una jurisdicción especializada, de intervención
rápida, con estabilidad de personal, y que cuente con equipos psicosociales y
puntos de encuentro, de los que no se abuse, pues a ellos no les corresponde ni
juzgar, ni hacer ejecutar lo juzgado, sino sólo colaborar activamente con los
tribunales, y que estén en permanente contacto informático con éstos.
Es una demanda no atendida porque se ha preferido realizar grandes
inversiones en otro tipo de juzgados, los de Violencia sobre la Mujer, que son unos
juzgados penales de familia, que responden a otra concepción de las relaciones
entre sexos, y familiares. La creación, en 2005, de estos juzgados, con nula
planificación, además de crear un considerable caos en la organización judicial en
España, pues ese modelo se inició con 14 juzgados exclusivos, cuando en pocos
años se tuvo que aumentar el número a más de un centenar, ha incrementado en
muchos casos la conflictividad y el sufrimiento que ya de por si conlleva toda
ruptura de pareja, empeorando el trato hacia los menores que tienen la mala
suerte de tener uno, o los dos progenitores, que no anteponen los intereses de sus
hijos a los propios. Pero lo peor es que esos juzgados de violencia poco han
contribuido a mejorar la atención a muchas de las mujeres en situación de riesgo
grave por la violencia extrema a que las someten sus parejas, que mueren, o son
gravemente lesionadas por éstas, sin que se hayan atrevido a denunciar, porque
una denuncia sólo las puede colocar en una situación mayor de riesgo, ya que las
solemos despachar con un papelito, con una orden de alejamiento, en los escasos
minutos en que son atendidas, por el caos que provoca la llegada de miles de
denuncias por hechos nimios. Y mientras tanto, abandonamos a miles de menores
y a sus madres, que tienen que ocuparse en solitario de ellos, pues muchos
padres no cumplen sus obligaciones, al resultar costoso y difícil exigírselas ante
un servicio público, el de la justicia en España, mal organizada y carente de los
medios y la coordinación necesaria. La conclusión es que teníamos algunos
problemas, y ahora tenemos más.
Finalizaré con una anécdota personal. Hace unos años, una de mis hijas
llegó a casa de la academia de inglés, a final de curso, diciéndome: “me han dicho
27
que no parezco hija de padres divorciados”. Naturalmente me interesé en
preguntar la razón, y me explicó que cuando una compañera le había pedido la
dirección para enviarle una postal en vacaciones le dijo que tenía dos direcciones,
la de casa de su padre y la de su madre, y entonces la niña le dijo que no parecía
hija de padres separados porque se la veía siempre muy contenta. Lo que
lamentablemente se deduce de este episodio es que es habitual que los hijos de
separados evidencien lo difícil que les resulta gestionar el egoísmo y la inmadurez
de sus padres, que los sitúan en el centro de un interminable conflicto, pues
fácilmente ello es detectado por los demás niños. Eso es maltrato infantil, y una
sociedad que quiera tener futuro no se lo puede permitir.
NOTAS.
(1). “Los presos por violencia machista aumentan el 50% en un año”. EL PAÍS, 30 de
noviembre de 2009.
En noviembre de ese año había en España 4.161 presos por algún delito de violencia de
género, frente a los 1.900 de finales de 2007. Los malos tratos en todas sus modalidades
son el delito principal entre estos presos (1.248), seguidos de los quebrantamientos de una
pena o medida de alejamiento (578 reclusos). Por el delito de amenazas había 574 presos,
por lesiones 519 y por violencia habitual, 406. Los reclusos por delitos contra la vida
sumaban 194, por agresiones sexuales de violencia de género había 189 y 25 por una falta
de violencia de género. En 2009 pisaron la cárcel por primera vez 1.240 hombres por
alguno de estos delitos.
(2) Un estudio del Consejo General del Poder Judicial sobre la aplicación de la Ley de
Violencia sobre la Mujer revela que entre julio de 2005 y diciembre de 2008 ingresaron
600.141 denuncias, de las que se tramitaron 256.473 procedimientos penales. El 45,1% de
ellos fueron sobreseídos (115.768) y 45.421 concluyeron con sentencias absolutorias (el
32% de los casos juzgados y el 17,7% de los casos tramitados). Fueron 95.284 asuntos los
que finalizaron con sentencia condenatoria dictada por los Juzgados de Violencia sobe la
Mujer, los Juzgados de lo Penal o las Audiencias Provinciales, lo que supone el 37,1% de
los casos tramitados y el 68% de los juzgados. Y de los asuntos que acabaron en
condenatoria, 42.014 fueron sentencias de conformidad (el 44,4% de las condenas
dictadas). Por tanto, el 62,8 % (161.065), de los procedimientos tramitados no acabaron en
sentencia condenatoria.
(3) La sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya, Sala de lo Civil, de 31-7-
2008, recogía varios estudios señalando que: “el Informe de 1995 de la división 16 de la
American Psychological Association ante la Comisión USA de Bienestar Infantil y
Familiar concluía que “la custodia compartida se asocia con ciertos efectos favorables en
los niños”, sobre todo cuando se complementa con la mediación y los programas de
educación parental, por lo que recomendaba “favorecer el incremento de la mediación, la
custodia compartida y la educación de los progenitores”. Lo mismo se desprende de otros
28
estudios ampliamente difundidos, tales como el Informe Bauserman –Child Adjustment in
Joint- Custody versus Sole- Custody Arrangements: A MetaAnalytic Review (2002)-, el
informe Kelly –Children’s adjustment in conflicted marriage amd divorce. A decade review
of Research (2000)-, o el documento Bailly –Etat des connaissances scientifiques sur la
résidence alternée (2002)-, entre otros muchos.”
(4) La Asociación de Abuelos Separados de sus Nietos ha encargado en 2010 la única
encuesta que se conoce sobre la aceptación de la custodia compartida entre la población
española. El Instituto DYM encuestó a 2.000 personas de entre 16 y 75 años, de todas las
comunidades autónomas, una muestra comparable a las encuestas mensuales que realiza el
CIS, lo que le confiere un nivel de confianza del 95,5% y un margen de error inferior al
2,2%. La encuesta arrojó que el 80% de la población es favorable a la custodia compartida,
porcentaje que se eleva al 86% en el área metropolitana de Madrid y al 89% en Valencia.
Un 63% de los encuestados considera conveniente una reforma de la legislación actual
sobre divorcio y el mismo porcentaje entiende que el hombre está discriminado legalmente
respecto de la mujer.
(5) Según datos extraídos de la web del Instituto de la Mujer, en 1976 España era el
segundo país de la actual Unión Europea con el mayor número de hijos por mujer, con
2,79, y sólo superada por Portugal, con 2,82. En la parte alta de la lista también se situaba
Islandia, con 2,52. Entonces, la mujer alemana tenía una media de 1,51 hijos, las suecas
1,68 y las de los Países Bajos, 1,63.
Treinta años después, en 2005, España ocupaba uno de los últimos países, con 1,35 hijos
por mujer, mientras que en Alemana (1,33), Suecia (1,76) y Países Bajos (1,69) apenas se
habían producido variaciones. Pero ya en 1998, el número medio de hijos por mujer en
España era de 1,16, lo que hace pensar que el aumento a partir de esa fecha está relacionado
con el boom de la inmigración que vivió nuestro país en los primeros años del milenio.
Respecto a la edad media de maternidad, en 1985 se situaba en España en 28,44 años, la
segunda más elevada de la Unió Europea tras Irlanda (29,70 años). La más baja era la de
Bulgaria (23,9 años). Dos décadas después, en 2006, la edad media de la maternidad se
había elevado a 30,88 años en España.
La tasa de actividad femenina en España (población ocupada o que busca trabajo respecto
del total de la población femenina) era del 40,96% en 2001, mientras que en el trimestre de
2010 se situó en 51,70%. En cuanto a la población masculina, prácticamente se mantuvo
inalterable y pasó del 66,55% al 67,95%. Por el contrario, la tasa de ocupación femenina
aumentó en este tiempo de 34,7% a 41,84, mientras que en el caso de los hombres cayó del
61,47% al 54,39%. Pero la evolución más sorprendente se ha producido en la tasa de paro,
pues la masculina (19,96%) ha superado por primera vez a la femenina (19,07%), mientras
que en 2001 era del 15,25% entre las mujeres y del 7,62% entre los hombres. Sin embargo,
hay un dato que resulta muy singular, como es que de los 2.498.600 ocupados a tiempo
parcial que hay en España según la última encuesta de la población activa (EPA), 1.930.700
son mujeres.
En 1980, el porcentaje de mujeres españolas con estudios universitarios era del 4,13% de la
población, y actualmente es del 17,95. En el caso de los hombres, por el contrario, ha
pasado en ese tiempo del 6,44% al 15,85, También las mujeres ganan a los hombres en los
29
estudios secundarios. Ahora son el 24,15% de la población femenina, frente al 4,67 del año
1980, mientras que los hombres son el 24,06% y hace treinta años eran el 8,9%.
En el curso académico 1980-81 el 44,01% de los alumnos universitarios eran mujeres.
Treinta años después son el 54,32%, pero lo más importante es que en términos absolutos la
cifra casi se ha triplicado (de 285.636 universitarias a 762.785), mientras que la de los
hombres ni siquiera se ha duplicado (de 363.462 a 641.330), según el Consejo de
Coordinación Universitaria, dependiente del Ministerio de Educación.
(6) FEDERACIÓN DE ASOCIACIONES DE MUJERES SEPARADAS Y
DIVORCIADAS, Información y Propuestas al Proyecto del Gobierno sobre Modificación
del Código Civil en materia de Separación y Divorcio. Madrid, 20 de septiembre de 2004.
(7) TERESA SAN SEGUNDO MANUEL Maltrato y separación: repercusiones en los
hijos. Cuadernos de Derecho Judicial. Custodia compartida y protección de menores.
CGPJ. Escuela Judicial. 2009.
(8) JOSEP TOMÀS VILALTELLA, jefe clínico de Paidopsiquiatría del Hospital materno
infantil del Vall d’Hebron considera que son falsas el 60% de las denuncias de abuso sexual
a menores interpuestas paralelamente a procesos de separación o divorcio y admite que las
mujeres las utilizan con mayor frecuencia para obtener un resultado ventajoso en el
proceso. Vilaltella opina que “por suerte, al hacer abordajes periciales, me he encontrado
con jueces sensatos que se dan cuenta del engaño” (LA RAZÓN, 8 de junio de 2004) y
añade que esta situación perjudica mayoritariamente a maridos inocentes, pero también a
mujeres que realmente sí son víctimas de la violencia doméstica.
(9) La memoria de la Fiscalía General del Estado correspondiente al año 2009 alerta de este
fenómeno. Si en 2007 se abrieron 2.683 diligencias por agresiones de hijos menores a sus
progenitores, dos años después se incoaron 5.201 asuntos.
(10) Según el Instituto Nacional de Estadística, las guardias y custodias compartidas
concedidas en el año 2008 sólo representaron el 9,6% del total. El porcentaje de atribución
monoparental a la madre fue del 85,7% y al padre, del 4,7%.
(11) Mujeres, trabajo y custodia compartida. María Sanahuja EL PAIS, 16 de junio de
2010.
(12) La estadística oficial demuestra que la aplicación de la Ley de Violencia Doméstica
ha aumentado casi un 5,5% la contenciosidad en las separaciones y divorcios en los tres
primeros años de su aplicación. Así, mientras en 2005 se produjeron en España 136.876
rupturas, 88.398 (64,6%) fueron de mutuo acuerdo y 48. 488, contenciosas (35,4%). En
2008 las rupturas fueron 136.841. En 80.899 casos hubo acuerdo entre los cónyuges y
55.949 fueron contenciosos. Es decir, los porcentajes variaron a 59,1 y 40,9%,
respectivamente.
(13) Resultan muy interesantes las reflexiones sobre lo inevitable del conflicto, y los modos
de gestionarlo, entre nuestros parientes primates, incluida la necesaria mediación entre
contendientes masculinos que realiza la hembra de mayor rango y autoridad, que FRANS
30
DE WAAL hace en su libro El Mono que llevamos dentro, de Tusquets editores, colección
Metatemas, al cuidado del equipo científico del Museu de la Ciència de la Fundació “La
Caixa”.
(14) En 2009 se incrementaron en España un 24% los delitos contra las relaciones
familiares en relación a 2008. Según datos de la Fiscalía General del Estado, se iniciaron
29.827 procedimientos por este motivo, de los que casi todos se correspondían con
denuncias de abandono de familia en sus distintas manifestaciones. Así, hubo 19.219
asuntos de impagos de pensiones, tanto de alimentos como compensatorias, tras la ruptura
matrimonial.
(15) VICENTE GARRIDO, profesor de Psicología y Pedagogía Correccional en la
Universidad de Valencia ha descrito este fenómeno en el libro Los hijos tiranos. El
síndrome del Emperador (Editorial Ariel, 2006). Y desde el Centre D’Estudis Juridics de la
Generalitat de Catalunya se impulsó un interesante estudio sobre el tema.
(16) La conjura de los machos. Una visión evolucionista de la sexualidad humana.
AMBROSIO GARCÍA LEAL, de la colección Metatemas, de Tusquets editores.
El lado oscuro del hombre. Los orígenes de la violencia masculina. MICHAEL P.
GHIGLIERI, de la colección Metatemas, de Tusquets editores.
(17) JOSÉ MANUEL AGUILAR en Con mamá y con papá, editado por Almuzara, recoge
en la pág. 107, las referencias de varias investigaciones que evidencia que aquellos padres
que ven frecuentemente a sus hijos pagan en un mayor porcentaje la pensión, y el importe
de ésta es mucho más alta.
https://docs.google.com/viewer?a=v&pid=explorer&chrome=true&srcid=0B2dv63FK90FRNDcwNzg3NDgtZDA2Ni00MzIyLTllZGMtYmVjMjhlZjkxNDRm&hl=es
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AUSENCIA DE RIGOR CIENTÍFICO Y SESGO IDEOLÓGICO EN EL NEGACIONISMO DEL S.A.P. POR LA A.E.N.
La Asociación Española de Neuropsiquiatría hace la siguiente
declaración en contra del uso clínico y legal del llamado
Síndrome de Alienación Parental
La esencia del llamado síndrome de alienación parental, según el autor que lo inventó y le dio
el estatus de síndrome “médico” (Gardner, 1985), se refiere a la “programación” o “lavado
de cerebro” hecho por un progenitor sobre el niño, con el fin de “denigrar” y “vilipendiar” al
otro progenitor (añadiéndose elaboraciones “construidas” por el propio menor) y así justificar
la resistencia del niño/a a mantener una relación con dicho progenitor, al cual se define como
alienado.
En los últimos años en España, lo mismo que en otros países de nuestro entorno, se ha ido
infiltrando en las sentencias judiciales bajo la supuesta rúbrica científica del SAP argumentos
para cambios de custodia u otras acciones legales de enorme repercusión para el niño y la
familia; argumentos sin embargo no aceptados por una amplia mayoría de profesionales de
salud mental.
http://www.aen.es/docs/Pronunciamiento_SAP.pdf
AUSENCIA DE RIGOR CIENTÍFICO Y SESGO
IDEOLÓGICO EN EL NEGACIONISMO DEL S.A.P. POR
LA A.E.N.
La AEN concluye que “el SAP tal y como lo inventó Gardner no tiene ningún
fundamento científico”. Con esta invocación explícita a Gardner –o cláusula de
exclusión- la AEN parece que pretenda quedar eximida de tomar en consideración la
abundante producción científica (artículos, libros, congresos, tesis…) habida después de
Gardner. Sin embargo aquí el tema de discusión no es la cientificidad de Gardner sino
del SAP. Asociar a ambos no es lo mismo que identificarlos como pretende la AEN en
su maniobra de confusión. Para hablar del fundamento científico del SAP hay que tener
en cuenta todas las revisiones y correcciones habidas hasta ahora y que sobre todo
cumplan con los estándares científicos de las ciencias de la salud, algo que hasta ahora
la misma AEN no ha podido satisfacer en sus escritos.
La AEN prosigue diciendo que “entraña graves riesgos su aplicación en la corte
judicial”. La AEN ha sido incapaz de ofrecer ningún estudio de casos en que el
diagnóstico SAP en los juzgados haya conllevado un empeoramiento del menor por
causa de tal diagnóstico. Por tanto la AEN se queda en una mera retórica de máximo
alarmismo y nula fundamentación científica. Si se pudiera presentar tal estudio, en
terminología popperiana seria la prueba capaz de falsar el SAP, es decir, de desacreditar
científicamente el SAP como constructo válido para abordar el maltrato psíquico
infantil. (De momento abundan los estudios en sentido inverso: menores en graves
situaciones de abuso que, gracias a un diagnóstico SAP y la actuación de la ley para
protegerlos, han mejorado después de tal intervención). Por eso sería pertinente que la
AEN considerara también los riesgos de su no aplicación en la corte judicial; la
literatura científica sobre las devastadoras consecuencias de los menores que han
sufrido SAP es abundante, con descripciones que ilustran claramente graves violaciones
de la Convención de la ONU sobre los Derechos del Niño. La AEN todavía no se ha
pronunciado sobre tales casos.
En su pronunciamiento la AEN simplemente habla de “una reacción esperable o
justificada del niño después de una separación parental, que en la mayoría de los casos
en los que no hay violencia familiar, suele resolverse pasado un tiempo”. En primer
lugar podría explicar en que fundamenta eso de que “suele resolverse pasado un
tiempo”. ¿De qué manera se resuelve? ¿Por intervención psicoterapéutica, por
intervención judicial, por remisión espontánea…? ¿Cual es el periodo en que llega esa
resolución: días, meses, años…?¿Eso es todo lo que la AEN puede decirles a los
progenitores cuando ven como sus hij@s empiezan a rechazarlos: golpecitos en la
espalda y paciencia que ya se arreglará?. Un lenguaje tan vago es inadmisible entre
científicos, y todavía menos cuando se trata de derechos de los menores.
En segundo lugar, ya que la misma AEN admite que “la mayoría de los casos… suelen
resolverse” podría explicar qué sucede con el resto de los casos (hasta completarlos
todos) en los que no se resuelve “pasado un tiempo”. ¿Estaría justificado entonces para
la AEN acudir a la corte judicial? ¿Qué solución a la sazón ofrece la AEN para esa
minoría de casos? ¿Qué puede decir la AEN a las familias y los menores de esa minoría
de casos cuyos vínculos quedan quebrados?
Sigue aquí:
http://www.filo.cat/textos/ausenciaAEN.pdf
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Miguel Leira San Martin.Calumnias
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Jorge Corsi, psicólogo y soporte intelectual del fundamentalismo de género, pedófilo y pederasta condenado en firme en Argentina con pena de tres años de cárcel, gracias a su confesión y acuerdo con la Fiscalía. Formaba parte de una red pederasta.
Esto ha sido eliminado de facebook? A quien protegeran?
Ya que se le derrumba el chiringuito a las de la Federación de Mujeres Progresistas de Almería, es buena oportunidad para revelar otros nombres que de
Jorge Corsi, psicólogo y soporte intelectual del fundamentalismo de género, pedófilo y pederasta condenado en firme en Argentina con pena de tres años de cárcel, gracias a su confesión y acuerdo con la Fiscalía. Formaba parte de una red pederasta.
Ya que se le derrumba el chiringuito a las de la Federación de Mujeres Progresistas de Almería, es buena oportunidad para revelar otros nombres que de
Jorge Corsi, psicólogo y soporte intelectual del fundamentalismo de género, pedófilo y pederasta condenado en firme en Argentina con pena de tres años de cárcel, gracias a su confesión y acuerdo con la Fiscalía. Formaba parte de una red pederasta. Ya que se le derrumba el chiringuito a las de la Federación de Mujeres Progresistas de Almería, es buena oportunidad para revelar otros nombres que de
tapadillo viven de la teta de género.
Y es que el pederasta de género, el psicólogo argentino Jorge Corsi, muy venerado por el feminismo español, a pesar de ser procesado en Argentina por pedofilia y en febrero de este año reconoció su culpa y se le condenó a 3 años de prisión; tiene un avezado discípulo en España desde hace varios años, el también psicólogo argentino Luis Bonino, íntimo amigo de Corsi y que imita sus técnicas de "nuevo masculinismo". Ver video:
http://upnatv.unavarra.es/ unes/bonino
LUIS BONINO es el director del Centro de Estudios de la Condición Masculina (CESCOM) en la C/Montesa, 39, en Madrid, donde tiene talleres principalmente para jovencitos, como el PSIVAR financiado por la Unión Europea a través del proyecto Daphne 2002, programa que coordinó conjuntamente con su amigo Jorge Corsi.
http://www.jerez.es/ fileadmin/Documentos/ hombresxigualdad/ fondo_documental/ Violencia_masculina/56.pdf
¿Qué se hará en ese centro con dinero europeo, a los jóvenes que acuden para estudiar su masculinismo?
Jorge Corsi sigue siendo muy defendido en España por la red de hombres por la igualdad "Heterodoxia", y festejaron su salida de prisión en su momento, apoyando sus acciones.
¿Es que a ellos también les gustan las prácticas pedófilas?
http:// heterodoxia.wordpress.com/ 2009/01/26/ argentina-jorge-corsi-ha-sa lido-de-prision/
Veamos quienes forman HETERODOXIA:
CHEMA ESPADA CALPE.- Íntimo amigo de Lorente Acosta, hasta el punto que le adjudicó la gestión del teléfono de maltratadores que costó al Estado 625.000 euros:
http://www.elmundo.es/ elmundo/2011/05/09/espana/ 1304956840.html
Chema Espada es cofundador de Rosa que te quiero Rosa: Asamblea de Gays, lesbianas y bisexuales de la UCM (Universidad Complutense).
Más información:
http:// masculinidades.wordpress.co m/resena-y-trayectoria/
ERICK PESCADOR ALBIACH.- Sociólogo y sexólogo. Íntimo amigo de los citados.
http:// heterodoxia.wordpress.com/ 2012/03/24/ red-de-hombres-por-la-igual dad-reunion-estatal-en-jer ica-24-25-de-marzo-2012/
Erick Pescador trabaja en colegios con niños desde 3 años a través del Proyecto Ulises de prevención de violencia desde las sexualidades y el género. Su desmesurada pasión por los niños no lo oculta ni en su propia web:
http:// www.erickpescador.es/
http:// coordinadoradelmenorbaixmae strat.blogspot.com.es/
OSCAR GUASCH.- Es autor de la trilogía de la sexualidad, una publicación compuesta por La Sociedad Rosa y considerado de referencia básica en etnografía del mundo gay. Su último libro, 'La crisis de la heterosexualidad' presenta la heterosexualidad como un problema social grave, un problema que limita la vida de millones de seres humanos.
Estos sexólogos-psicólogos se dedican a dar charlas por colegios e institutos. ¡¡¡CUIDADO!!!
Pedid siempre al Centro Educativo donde acuden vuestros hijos, la identificación completa del personal ajeno al centro que brinde charlas y coloquios, y buscad en internet sus nombres.
Advertimos que es muy preocupante lo que vamos a exponer a continuación:
A los pederastas y pedófilos les interesa muchísimo las leyes de género, ya que permiten alejar al hombre del núcleo familiar y deja más vulnerables a sus presas, que son los niños.
Basta camelarse a la madre con palabras de comprensión, escuchándolas y entendiéndolas para ganarse su confianza y que la madre baje la guardia. No pasa mucho tiempo hasta que el pedófilo se ofrezca para sacar a pasear a los niños o llevarles al cine. El resto se puede uno imaginar.
No necesariamente el pedófilo tiene que ser gay, sin embargo los pedófilos que lo son, cuentan con la ventaja añadida de saber ganarse la confianza de la mujer mucho más eficazmente.
LA CONEXIÓN PEDERASTIA-IDEOLOGÍA DE GÉNERO ES DESCARADA. No hay más que leer a las ideólogas de género para reconocer sus verdaderas intenciones:
Shulamith Firestone, “La Dialéctica del Sexo”(The dialectic of sex’, Bonton Books, Nueva York 1970).
“La infancia también sería una construcción cultural y de la misma manera que debe producirse una emancipación de la mujer, tiene que darse una emancipación sexual de la infancia”.
Decía además Shulamith Firestone: “Lo que hace a la mujer un sexo oprimido es la maternidad, una servidumbre reproductiva determinada por la biología”. “La familia es la causa de la existencia del tabú del incesto, el auténtico origen de la represión sexual percibida por el niño desde la infancia. Bastará por tanto con eliminar la familia biológica para eliminar el tabú del incesto, y en consecuencia inhibir los instintos reprimidos, o las pulsiones básicas de placer, que oprimen a los individuos y a la sociedad. La represión sexual precoz es el mecanismo básico en la construcción de las estructuras de poder, que sostienen la servidumbre política, ideológica y económica que sufren las mujeres”.
Otra autora, Kate Millet, decía:
"La revolución sexual parte de la emancipación de la mujer, principal víctima del patriarcado, continúa con el fin de la opresión sobre los homosexuales, y termina con la liberación sexual de los niños, entre cuyos derechos esenciales se encontraría el de expresarse a sí mismos sexualmente, probablemente entre ellos en un principio, pero también con adultos".
En la cárcel sólo está Corsi, los demás dando charlas por España y cobrando subvenciones.
Por eso las feminazis que son lesbianas (el lesbo-feminismo) ven a los hombres como competidores sexuales, porque se acuestan con “sus mujeres” y eso les irrita, y es por ello que cualquier intento de ligoteo por parte de un hombre quieren que se interprete como acoso o violación.
Por eso la ideología de género ha encontrado en el movimiento de gays y lesbianas el hábitat ideal para promover el odio contra el hombre heterosexual, por ser una especie de ‘contrincante’ de ambos colectivos.
BIOGRAFÍA DE CORSI Y SU CONTRIBUCIÓN A LA IMPLANTACIÓN DE LA IDEOLOGÍA DE GÉNERO EN ESPAÑA, APOYADA POR MINISTERIOS, AUTONOMÍAS Y UNIVERSIDADES.-
Acordaron 3 años de prisión para el psicólogo Jorge Corsi:
Está acusado y procesado por corromper sexualmente a un chico a quien captó a base de regalos y engaños.
El abogado querellante Javier Moral confirmó que "es un hecho que la fiscalía y la defensa acordaron la pena de cumplimiento efectivo. Salvo que un juez del Tribunal se oponga, el fallo quedará así".
http:// otrofeminismoesposible.blog spot.com.es/2011/10/ jorge-corsi-fundamentalista -de-genero.html
Algo huele mal en el estercolero ideológico de Leire Pajín: Jorge Corsi, psicólogo y soporte intelectual del fundamentalismo de género, acusado de pedofilia y de formar parte de una red de pederastia
http:// www.alertadigital.com/2011/ 01/10/ algo-huele-mal-en-el-esterc olero-ideologico-de-leire- pajin-jorge-corsi-psicolog o-y-soporte-intelectual-de l-fundamentalista-de-gener o-acusado-de-pedofilia-y-d e-formar-parte-de-una-red- de-pederastia/
Jorge Corsi sigue siendo muy defendido en España por la red de hombres por la igualdad "Heterodoxia", y festejaron su salida de prisión en su momento, apoyando sus acciones.
¿Es que a ellos también les gustan las prácticas pedófilas?
http:// heterodoxia.wordpress.com/ 2009/01/26/ argentina-jorge-corsi-ha-sa lido-de-prision/
AQUÍ TENEIS MUCHAS DE LAS PARTICIPACIONES DE CORSI EN ESPAÑA. A NIVEL DE MINISTERIO Y DE JUNTA DE ANDALUCIA LO MÁS DE LO MÁS. Jorge Corsi, fundamentalista de género en España, pedófilo y pederasta.
http:// otrofeminismoesposible.blog spot.com/2011/08/ jorge-corsi-fundamentalista -de-genero.html
EN LA UNIVERSIDAD DE VIGO. Jorge Corsi , fundamentalista de género en España, pedófilo y pederasta.
http:// otrofeminismoesposible.blog spot.com/2011/08/ jorge-corsi-fundamentalista -de-genero.html
THEMIS Y JORGE CORSI. https://docs.google.com/ document/d/ 1cPF0BAbQVfxKrEkQmYuRIAVd7O p86-nuwTyvG_dQs08/ edit?hl=en_US&pli=1
JORGE CORSI Y LA JUNTA DE ANDALUCÍA. Estos documentos se guardaron en Google por, ello no han desaparecido. https://docs.google.com/ file/d/ 0B6bShdSUd2XGNGY3MjhkMWUtMm QzYS00MDlmLWFhOTgtNTAwNGEy ZmJmNDEz/edit?hl=en_US
JORGE CORSI con LORENTE ACOSTA. También guardado. https://docs.google.com/ document/d/ 1docnBE7p5AYyp6Scuzjxtv0R87 MXVaIFrygVvZVBvqY/ edit?hl=en_US
ENTRE LOS DOS HICIERON LA TRAMA DE LA PELICULA:""Te doy mis ojos"". ¡¡¡¡¡QUÉ FUERTE!!!!!!!!
http://www.jerez.es/ fileadmin/Documentos/ hombresxigualdad/ fondo_documental/ Violencia_masculina/56.pdf
Y aquí está mucha de LA BIBLIOGRAFÍA SOBRE VIOLENCIA DE GÉNERO, DONDE JORGE CORSI GANA POR GOLEADA, PARA QUE LUEGO LO NIEGUEN…
https://docs.google.com/ document/d/ 1VJvomW9EC4UirlClfBplQmxsf5 VMTk616gcOkE1NNsM/ edit?hl=en_US
No te olvides de recordar que aun el psoe lo tiene publicado en su web como un "experto"http:// informacion.psoe.es/ igualdad/docs/164339/page/ los-hombres-deben-imitar-la s-mujeres-superar-cultura- ancestral-que-causa-violen cia-genero-segun-experto.h tml
Y es que el pederasta de género, el psicólogo argentino Jorge Corsi, muy venerado por el feminismo español, a pesar de ser procesado en Argentina por pedofilia y en febrero de este año reconoció su culpa y se le condenó a 3 años de prisión; tiene un avezado discípulo en España desde hace varios años, el también psicólogo argentino Luis Bonino, íntimo amigo de Corsi y que imita sus técnicas de "nuevo masculinismo". Ver video:
http://upnatv.unavarra.es/
LUIS BONINO es el director del Centro de Estudios de la Condición Masculina (CESCOM) en la C/Montesa, 39, en Madrid, donde tiene talleres principalmente para jovencitos, como el PSIVAR financiado por la Unión Europea a través del proyecto Daphne 2002, programa que coordinó conjuntamente con su amigo Jorge Corsi.
http://www.jerez.es/
¿Qué se hará en ese centro con dinero europeo, a los jóvenes que acuden para estudiar su masculinismo?
Jorge Corsi sigue siendo muy defendido en España por la red de hombres por la igualdad "Heterodoxia", y festejaron su salida de prisión en su momento, apoyando sus acciones.
¿Es que a ellos también les gustan las prácticas pedófilas?
http://
Veamos quienes forman HETERODOXIA:
CHEMA ESPADA CALPE.- Íntimo amigo de Lorente Acosta, hasta el punto que le adjudicó la gestión del teléfono de maltratadores que costó al Estado 625.000 euros:
http://www.elmundo.es/
Chema Espada es cofundador de Rosa que te quiero Rosa: Asamblea de Gays, lesbianas y bisexuales de la UCM (Universidad Complutense).
Más información:
http://
ERICK PESCADOR ALBIACH.- Sociólogo y sexólogo. Íntimo amigo de los citados.
http://
Erick Pescador trabaja en colegios con niños desde 3 años a través del Proyecto Ulises de prevención de violencia desde las sexualidades y el género. Su desmesurada pasión por los niños no lo oculta ni en su propia web:
http://
http://
OSCAR GUASCH.- Es autor de la trilogía de la sexualidad, una publicación compuesta por La Sociedad Rosa y considerado de referencia básica en etnografía del mundo gay. Su último libro, 'La crisis de la heterosexualidad' presenta la heterosexualidad como un problema social grave, un problema que limita la vida de millones de seres humanos.
Estos sexólogos-psicólogos se dedican a dar charlas por colegios e institutos. ¡¡¡CUIDADO!!!
Pedid siempre al Centro Educativo donde acuden vuestros hijos, la identificación completa del personal ajeno al centro que brinde charlas y coloquios, y buscad en internet sus nombres.
Advertimos que es muy preocupante lo que vamos a exponer a continuación:
A los pederastas y pedófilos les interesa muchísimo las leyes de género, ya que permiten alejar al hombre del núcleo familiar y deja más vulnerables a sus presas, que son los niños.
Basta camelarse a la madre con palabras de comprensión, escuchándolas y entendiéndolas para ganarse su confianza y que la madre baje la guardia. No pasa mucho tiempo hasta que el pedófilo se ofrezca para sacar a pasear a los niños o llevarles al cine. El resto se puede uno imaginar.
No necesariamente el pedófilo tiene que ser gay, sin embargo los pedófilos que lo son, cuentan con la ventaja añadida de saber ganarse la confianza de la mujer mucho más eficazmente.
LA CONEXIÓN PEDERASTIA-IDEOLOGÍA DE GÉNERO ES DESCARADA. No hay más que leer a las ideólogas de género para reconocer sus verdaderas intenciones:
Shulamith Firestone, “La Dialéctica del Sexo”(The dialectic of sex’, Bonton Books, Nueva York 1970).
“La infancia también sería una construcción cultural y de la misma manera que debe producirse una emancipación de la mujer, tiene que darse una emancipación sexual de la infancia”.
Decía además Shulamith Firestone: “Lo que hace a la mujer un sexo oprimido es la maternidad, una servidumbre reproductiva determinada por la biología”. “La familia es la causa de la existencia del tabú del incesto, el auténtico origen de la represión sexual percibida por el niño desde la infancia. Bastará por tanto con eliminar la familia biológica para eliminar el tabú del incesto, y en consecuencia inhibir los instintos reprimidos, o las pulsiones básicas de placer, que oprimen a los individuos y a la sociedad. La represión sexual precoz es el mecanismo básico en la construcción de las estructuras de poder, que sostienen la servidumbre política, ideológica y económica que sufren las mujeres”.
Otra autora, Kate Millet, decía:
"La revolución sexual parte de la emancipación de la mujer, principal víctima del patriarcado, continúa con el fin de la opresión sobre los homosexuales, y termina con la liberación sexual de los niños, entre cuyos derechos esenciales se encontraría el de expresarse a sí mismos sexualmente, probablemente entre ellos en un principio, pero también con adultos".
En la cárcel sólo está Corsi, los demás dando charlas por España y cobrando subvenciones.
Por eso las feminazis que son lesbianas (el lesbo-feminismo) ven a los hombres como competidores sexuales, porque se acuestan con “sus mujeres” y eso les irrita, y es por ello que cualquier intento de ligoteo por parte de un hombre quieren que se interprete como acoso o violación.
Por eso la ideología de género ha encontrado en el movimiento de gays y lesbianas el hábitat ideal para promover el odio contra el hombre heterosexual, por ser una especie de ‘contrincante’ de ambos colectivos.
BIOGRAFÍA DE CORSI Y SU CONTRIBUCIÓN A LA IMPLANTACIÓN DE LA IDEOLOGÍA DE GÉNERO EN ESPAÑA, APOYADA POR MINISTERIOS, AUTONOMÍAS Y UNIVERSIDADES.-
Acordaron 3 años de prisión para el psicólogo Jorge Corsi:
Está acusado y procesado por corromper sexualmente a un chico a quien captó a base de regalos y engaños.
El abogado querellante Javier Moral confirmó que "es un hecho que la fiscalía y la defensa acordaron la pena de cumplimiento efectivo. Salvo que un juez del Tribunal se oponga, el fallo quedará así".
http://
Algo huele mal en el estercolero ideológico de Leire Pajín: Jorge Corsi, psicólogo y soporte intelectual del fundamentalismo de género, acusado de pedofilia y de formar parte de una red de pederastia
http://
Jorge Corsi sigue siendo muy defendido en España por la red de hombres por la igualdad "Heterodoxia", y festejaron su salida de prisión en su momento, apoyando sus acciones.
¿Es que a ellos también les gustan las prácticas pedófilas?
http://
AQUÍ TENEIS MUCHAS DE LAS PARTICIPACIONES DE CORSI EN ESPAÑA. A NIVEL DE MINISTERIO Y DE JUNTA DE ANDALUCIA LO MÁS DE LO MÁS. Jorge Corsi, fundamentalista de género en España, pedófilo y pederasta.
http://
EN LA UNIVERSIDAD DE VIGO. Jorge Corsi , fundamentalista de género en España, pedófilo y pederasta.
http://
THEMIS Y JORGE CORSI. https://docs.google.com/
JORGE CORSI Y LA JUNTA DE ANDALUCÍA. Estos documentos se guardaron en Google por, ello no han desaparecido. https://docs.google.com/
JORGE CORSI con LORENTE ACOSTA. También guardado. https://docs.google.com/
ENTRE LOS DOS HICIERON LA TRAMA DE LA PELICULA:""Te doy mis ojos"". ¡¡¡¡¡QUÉ FUERTE!!!!!!!!
http://www.jerez.es/
Y aquí está mucha de LA BIBLIOGRAFÍA SOBRE VIOLENCIA DE GÉNERO, DONDE JORGE CORSI GANA POR GOLEADA, PARA QUE LUEGO LO NIEGUEN…
https://docs.google.com/
No te olvides de recordar que aun el psoe lo tiene publicado en su web como un "experto"http://
Ya que se le derrumba el chiringuito a las de la Federación de Mujeres Progresistas de Almería, es buena oportunidad para revelar otros nombres que de
tapadillo viven de la teta de género.
Y es que el pederasta de género, el psicólogo argentino Jorge Corsi, muy venerado por el feminismo español, a pesar de ser procesado en Argentina por pedofilia y en febrero de este año reconoció su culpa y se le condenó a 3 años de prisión; tiene un avezado discípulo en España desde hace varios años, el también psicólogo argentino Luis Bonino, íntimo amigo de Corsi y que imita sus técnicas de "nuevo masculinismo". Ver video:
http://upnatv.unavarra.es/ unes/bonino
LUIS BONINO es el director del Centro de Estudios de la Condición Masculina (CESCOM) en la C/Montesa, 39, en Madrid, donde tiene talleres principalmente para jovencitos, como el PSIVAR financiado por la Unión Europea a través del proyecto Daphne 2002, programa que coordinó conjuntamente con su amigo Jorge Corsi.
http://www.jerez.es/ fileadmin/Documentos/ hombresxigualdad/ fondo_documental/ Violencia_masculina/56.pdf
¿Qué se hará en ese centro con dinero europeo, a los jóvenes que acuden para estudiar su masculinismo?
Jorge Corsi sigue siendo muy defendido en España por la red de hombres por la igualdad "Heterodoxia", y festejaron su salida de prisión en su momento, apoyando sus acciones.
¿Es que a ellos también les gustan las prácticas pedófilas?
http:// heterodoxia.wordpress.com/ 2009/01/26/ argentina-jorge-corsi-ha-sa lido-de-prision/
Veamos quienes forman HETERODOXIA:
CHEMA ESPADA CALPE.- Íntimo amigo de Lorente Acosta, hasta el punto que le adjudicó la gestión del teléfono de maltratadores que costó al Estado 625.000 euros:
http://www.elmundo.es/ elmundo/2011/05/09/espana/ 1304956840.html
Chema Espada es cofundador de Rosa que te quiero Rosa: Asamblea de Gays, lesbianas y bisexuales de la UCM (Universidad Complutense).
Más información:
http:// masculinidades.wordpress.co m/resena-y-trayectoria/
ERICK PESCADOR ALBIACH.- Sociólogo y sexólogo. Íntimo amigo de los citados.
http:// heterodoxia.wordpress.com/ 2012/03/24/ red-de-hombres-por-la-igual dad-reunion-estatal-en-jer ica-24-25-de-marzo-2012/
Erick Pescador trabaja en colegios con niños desde 3 años a través del Proyecto Ulises de prevención de violencia desde las sexualidades y el género. Su desmesurada pasión por los niños no lo oculta ni en su propia web:
http:// www.erickpescador.es/
http:// coordinadoradelmenorbaixmae strat.blogspot.com.es/
OSCAR GUASCH.- Es autor de la trilogía de la sexualidad, una publicación compuesta por La Sociedad Rosa y considerado de referencia básica en etnografía del mundo gay. Su último libro, 'La crisis de la heterosexualidad' presenta la heterosexualidad como un problema social grave, un problema que limita la vida de millones de seres humanos.
Estos sexólogos-psicólogos se dedican a dar charlas por colegios e institutos. ¡¡¡CUIDADO!!!
Pedid siempre al Centro Educativo donde acuden vuestros hijos, la identificación completa del personal ajeno al centro que brinde charlas y coloquios, y buscad en internet sus nombres.
Advertimos que es muy preocupante lo que vamos a exponer a continuación:
A los pederastas y pedófilos les interesa muchísimo las leyes de género, ya que permiten alejar al hombre del núcleo familiar y deja más vulnerables a sus presas, que son los niños.
Basta camelarse a la madre con palabras de comprensión, escuchándolas y entendiéndolas para ganarse su confianza y que la madre baje la guardia. No pasa mucho tiempo hasta que el pedófilo se ofrezca para sacar a pasear a los niños o llevarles al cine. El resto se puede uno imaginar.
No necesariamente el pedófilo tiene que ser gay, sin embargo los pedófilos que lo son, cuentan con la ventaja añadida de saber ganarse la confianza de la mujer mucho más eficazmente.
LA CONEXIÓN PEDERASTIA-IDEOLOGÍA DE GÉNERO ES DESCARADA. No hay más que leer a las ideólogas de género para reconocer sus verdaderas intenciones:
Shulamith Firestone, “La Dialéctica del Sexo”(The dialectic of sex’, Bonton Books, Nueva York 1970).
“La infancia también sería una construcción cultural y de la misma manera que debe producirse una emancipación de la mujer, tiene que darse una emancipación sexual de la infancia”.
Decía además Shulamith Firestone: “Lo que hace a la mujer un sexo oprimido es la maternidad, una servidumbre reproductiva determinada por la biología”. “La familia es la causa de la existencia del tabú del incesto, el auténtico origen de la represión sexual percibida por el niño desde la infancia. Bastará por tanto con eliminar la familia biológica para eliminar el tabú del incesto, y en consecuencia inhibir los instintos reprimidos, o las pulsiones básicas de placer, que oprimen a los individuos y a la sociedad. La represión sexual precoz es el mecanismo básico en la construcción de las estructuras de poder, que sostienen la servidumbre política, ideológica y económica que sufren las mujeres”.
Otra autora, Kate Millet, decía:
"La revolución sexual parte de la emancipación de la mujer, principal víctima del patriarcado, continúa con el fin de la opresión sobre los homosexuales, y termina con la liberación sexual de los niños, entre cuyos derechos esenciales se encontraría el de expresarse a sí mismos sexualmente, probablemente entre ellos en un principio, pero también con adultos".
En la cárcel sólo está Corsi, los demás dando charlas por España y cobrando subvenciones.
Por eso las feminazis que son lesbianas (el lesbo-feminismo) ven a los hombres como competidores sexuales, porque se acuestan con “sus mujeres” y eso les irrita, y es por ello que cualquier intento de ligoteo por parte de un hombre quieren que se interprete como acoso o violación.
Por eso la ideología de género ha encontrado en el movimiento de gays y lesbianas el hábitat ideal para promover el odio contra el hombre heterosexual, por ser una especie de ‘contrincante’ de ambos colectivos.
BIOGRAFÍA DE CORSI Y SU CONTRIBUCIÓN A LA IMPLANTACIÓN DE LA IDEOLOGÍA DE GÉNERO EN ESPAÑA, APOYADA POR MINISTERIOS, AUTONOMÍAS Y UNIVERSIDADES.-
Acordaron 3 años de prisión para el psicólogo Jorge Corsi:
Está acusado y procesado por corromper sexualmente a un chico a quien captó a base de regalos y engaños.
El abogado querellante Javier Moral confirmó que "es un hecho que la fiscalía y la defensa acordaron la pena de cumplimiento efectivo. Salvo que un juez del Tribunal se oponga, el fallo quedará así".
http:// otrofeminismoesposible.blog spot.com.es/2011/10/ jorge-corsi-fundamentalista -de-genero.html
Algo huele mal en el estercolero ideológico de Leire Pajín: Jorge Corsi, psicólogo y soporte intelectual del fundamentalismo de género, acusado de pedofilia y de formar parte de una red de pederastia
http:// www.alertadigital.com/2011/ 01/10/ algo-huele-mal-en-el-esterc olero-ideologico-de-leire- pajin-jorge-corsi-psicolog o-y-soporte-intelectual-de l-fundamentalista-de-gener o-acusado-de-pedofilia-y-d e-formar-parte-de-una-red- de-pederastia/
Jorge Corsi sigue siendo muy defendido en España por la red de hombres por la igualdad "Heterodoxia", y festejaron su salida de prisión en su momento, apoyando sus acciones.
¿Es que a ellos también les gustan las prácticas pedófilas?
http:// heterodoxia.wordpress.com/ 2009/01/26/ argentina-jorge-corsi-ha-sa lido-de-prision/
AQUÍ TENEIS MUCHAS DE LAS PARTICIPACIONES DE CORSI EN ESPAÑA. A NIVEL DE MINISTERIO Y DE JUNTA DE ANDALUCIA LO MÁS DE LO MÁS. Jorge Corsi, fundamentalista de género en España, pedófilo y pederasta.
http:// otrofeminismoesposible.blog spot.com/2011/08/ jorge-corsi-fundamentalista -de-genero.html
EN LA UNIVERSIDAD DE VIGO. Jorge Corsi , fundamentalista de género en España, pedófilo y pederasta.
http:// otrofeminismoesposible.blog spot.com/2011/08/ jorge-corsi-fundamentalista -de-genero.html
THEMIS Y JORGE CORSI. https://docs.google.com/ document/d/ 1cPF0BAbQVfxKrEkQmYuRIAVd7O p86-nuwTyvG_dQs08/ edit?hl=en_US&pli=1
JORGE CORSI Y LA JUNTA DE ANDALUCÍA. Estos documentos se guardaron en Google por, ello no han desaparecido. https://docs.google.com/ file/d/ 0B6bShdSUd2XGNGY3MjhkMWUtMm QzYS00MDlmLWFhOTgtNTAwNGEy ZmJmNDEz/edit?hl=en_US
JORGE CORSI con LORENTE ACOSTA. También guardado. https://docs.google.com/ document/d/ 1docnBE7p5AYyp6Scuzjxtv0R87 MXVaIFrygVvZVBvqY/ edit?hl=en_US
ENTRE LOS DOS HICIERON LA TRAMA DE LA PELICULA:""Te doy mis ojos"". ¡¡¡¡¡QUÉ FUERTE!!!!!!!!
http://www.jerez.es/ fileadmin/Documentos/ hombresxigualdad/ fondo_documental/ Violencia_masculina/56.pdf
Y aquí está mucha de LA BIBLIOGRAFÍA SOBRE VIOLENCIA DE GÉNERO, DONDE JORGE CORSI GANA POR GOLEADA, PARA QUE LUEGO LO NIEGUEN…
https://docs.google.com/ document/d/ 1VJvomW9EC4UirlClfBplQmxsf5 VMTk616gcOkE1NNsM/ edit?hl=en_US
No te olvides de recordar que aun el psoe lo tiene publicado en su web como un "experto"http:// informacion.psoe.es/ igualdad/docs/164339/page/ los-hombres-deben-imitar-la s-mujeres-superar-cultura- ancestral-que-causa-violen cia-genero-segun-experto.h tml
Hay que recordar que aun el psoe lo tiene publicado en su web como un "experto"http://informacion.psoe.es/igualdad/docs/164339/page/los-hombres-deben-imitar-las-mujeres-superar-cultura-ancestral-que-causa-violencia-genero-segun-experto.htmlY es que el pederasta de género, el psicólogo argentino Jorge Corsi, muy venerado por el feminismo español, a pesar de ser procesado en Argentina por pedofilia y en febrero de este año reconoció su culpa y se le condenó a 3 años de prisión; tiene un avezado discípulo en España desde hace varios años, el también psicólogo argentino Luis Bonino, íntimo amigo de Corsi y que imita sus técnicas de "nuevo masculinismo". Ver video:
http://upnatv.unavarra.es/
LUIS BONINO es el director del Centro de Estudios de la Condición Masculina (CESCOM) en la C/Montesa, 39, en Madrid, donde tiene talleres principalmente para jovencitos, como el PSIVAR financiado por la Unión Europea a través del proyecto Daphne 2002, programa que coordinó conjuntamente con su amigo Jorge Corsi.
http://www.jerez.es/
¿Qué se hará en ese centro con dinero europeo, a los jóvenes que acuden para estudiar su masculinismo?
Jorge Corsi sigue siendo muy defendido en España por la red de hombres por la igualdad "Heterodoxia", y festejaron su salida de prisión en su momento, apoyando sus acciones.
¿Es que a ellos también les gustan las prácticas pedófilas?
http://
Veamos quienes forman HETERODOXIA:
CHEMA ESPADA CALPE.- Íntimo amigo de Lorente Acosta, hasta el punto que le adjudicó la gestión del teléfono de maltratadores que costó al Estado 625.000 euros:
http://www.elmundo.es/
Chema Espada es cofundador de Rosa que te quiero Rosa: Asamblea de Gays, lesbianas y bisexuales de la UCM (Universidad Complutense).
Más información:
http://
ERICK PESCADOR ALBIACH.- Sociólogo y sexólogo. Íntimo amigo de los citados.
http://
Erick Pescador trabaja en colegios con niños desde 3 años a través del Proyecto Ulises de prevención de violencia desde las sexualidades y el género. Su desmesurada pasión por los niños no lo oculta ni en su propia web:
http://
http://
OSCAR GUASCH.- Es autor de la trilogía de la sexualidad, una publicación compuesta por La Sociedad Rosa y considerado de referencia básica en etnografía del mundo gay. Su último libro, 'La crisis de la heterosexualidad' presenta la heterosexualidad como un problema social grave, un problema que limita la vida de millones de seres humanos.
Estos sexólogos-psicólogos se dedican a dar charlas por colegios e institutos. ¡¡¡CUIDADO!!!
Pedid siempre al Centro Educativo donde acuden vuestros hijos, la identificación completa del personal ajeno al centro que brinde charlas y coloquios, y buscad en internet sus nombres.
Advertimos que es muy preocupante lo que vamos a exponer a continuación:
A los pederastas y pedófilos les interesa muchísimo las leyes de género, ya que permiten alejar al hombre del núcleo familiar y deja más vulnerables a sus presas, que son los niños.
Basta camelarse a la madre con palabras de comprensión, escuchándolas y entendiéndolas para ganarse su confianza y que la madre baje la guardia. No pasa mucho tiempo hasta que el pedófilo se ofrezca para sacar a pasear a los niños o llevarles al cine. El resto se puede uno imaginar.
No necesariamente el pedófilo tiene que ser gay, sin embargo los pedófilos que lo son, cuentan con la ventaja añadida de saber ganarse la confianza de la mujer mucho más eficazmente.
LA CONEXIÓN PEDERASTIA-IDEOLOGÍA DE GÉNERO ES DESCARADA. No hay más que leer a las ideólogas de género para reconocer sus verdaderas intenciones:
Shulamith Firestone, “La Dialéctica del Sexo”(The dialectic of sex’, Bonton Books, Nueva York 1970).
“La infancia también sería una construcción cultural y de la misma manera que debe producirse una emancipación de la mujer, tiene que darse una emancipación sexual de la infancia”.
Decía además Shulamith Firestone: “Lo que hace a la mujer un sexo oprimido es la maternidad, una servidumbre reproductiva determinada por la biología”. “La familia es la causa de la existencia del tabú del incesto, el auténtico origen de la represión sexual percibida por el niño desde la infancia. Bastará por tanto con eliminar la familia biológica para eliminar el tabú del incesto, y en consecuencia inhibir los instintos reprimidos, o las pulsiones básicas de placer, que oprimen a los individuos y a la sociedad. La represión sexual precoz es el mecanismo básico en la construcción de las estructuras de poder, que sostienen la servidumbre política, ideológica y económica que sufren las mujeres”.
Otra autora, Kate Millet, decía:
"La revolución sexual parte de la emancipación de la mujer, principal víctima del patriarcado, continúa con el fin de la opresión sobre los homosexuales, y termina con la liberación sexual de los niños, entre cuyos derechos esenciales se encontraría el de expresarse a sí mismos sexualmente, probablemente entre ellos en un principio, pero también con adultos".
En la cárcel sólo está Corsi, los demás dando charlas por España y cobrando subvenciones.
Por eso las feminazis que son lesbianas (el lesbo-feminismo) ven a los hombres como competidores sexuales, porque se acuestan con “sus mujeres” y eso les irrita, y es por ello que cualquier intento de ligoteo por parte de un hombre quieren que se interprete como acoso o violación.
Por eso la ideología de género ha encontrado en el movimiento de gays y lesbianas el hábitat ideal para promover el odio contra el hombre heterosexual, por ser una especie de ‘contrincante’ de ambos colectivos.
BIOGRAFÍA DE CORSI Y SU CONTRIBUCIÓN A LA IMPLANTACIÓN DE LA IDEOLOGÍA DE GÉNERO EN ESPAÑA, APOYADA POR MINISTERIOS, AUTONOMÍAS Y UNIVERSIDADES.-
Acordaron 3 años de prisión para el psicólogo Jorge Corsi:
Está acusado y procesado por corromper sexualmente a un chico a quien captó a base de regalos y engaños.
El abogado querellante Javier Moral confirmó que "es un hecho que la fiscalía y la defensa acordaron la pena de cumplimiento efectivo. Salvo que un juez del Tribunal se oponga, el fallo quedará así".
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Algo huele mal en el estercolero ideológico de Leire Pajín: Jorge Corsi, psicólogo y soporte intelectual del fundamentalismo de género, acusado de pedofilia y de formar parte de una red de pederastia
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Jorge Corsi sigue siendo muy defendido en España por la red de hombres por la igualdad "Heterodoxia", y festejaron su salida de prisión en su momento, apoyando sus acciones.
¿Es que a ellos también les gustan las prácticas pedófilas?
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AQUÍ TENEIS MUCHAS DE LAS PARTICIPACIONES DE CORSI EN ESPAÑA. A NIVEL DE MINISTERIO Y DE JUNTA DE ANDALUCIA LO MÁS DE LO MÁS. Jorge Corsi, fundamentalista de género en España, pedófilo y pederasta.
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EN LA UNIVERSIDAD DE VIGO. Jorge Corsi , fundamentalista de género en España, pedófilo y pederasta.
http://
THEMIS Y JORGE CORSI. https://docs.google.com/
JORGE CORSI Y LA JUNTA DE ANDALUCÍA. Estos documentos se guardaron en Google por, ello no han desaparecido. https://docs.google.com/
JORGE CORSI con LORENTE ACOSTA. También guardado. https://docs.google.com/
ENTRE LOS DOS HICIERON LA TRAMA DE LA PELICULA:""Te doy mis ojos"". ¡¡¡¡¡QUÉ FUERTE!!!!!!!!
http://www.jerez.es/
Y aquí está mucha de LA BIBLIOGRAFÍA SOBRE VIOLENCIA DE GÉNERO, DONDE JORGE CORSI GANA POR GOLEADA, PARA QUE LUEGO LO NIEGUEN…
https://docs.google.com/
No te olvides de recordar que aun el psoe lo tiene publicado en su web como un "experto"http://
Muchos psicólogos y abogados han tomado letra de estos libros y lo han plasmado en los informes y escritos presentados a los jueces de familia dentro del contexto de las denuncias por violencia familiar y abuso sexual logrando una medida cautelar de prohibición de acercamiento a trescientos metros entre la denunciante y el denunciado, cortando las sanas visitas entre el progenitor denunciado y sus hijos o medidas restrictivas similares. Y lo peor es que ninguno de ellos, sus psicólogos amigos, los psicólogos que han asistido a sus cursos de post-grado, los psicólogos que han escrito libros con él, se ha dado cuenta que su maestro, su profesor, su Alma Máter intelectual, es un pedófilo pervertidor y corruptor de menores. Sólo se han dado cuenta de quién es jorge corsi luego de la noticia sobre su detención. Insisto, sólo se han dado cuenta de quién es jorge corsi luego de la noticia sobre su detención....
Buscamos:
a todas aquellas personas mamás, papás, abuelas, abuelos que hayan sito peritadas judicialmente tanto en sede civil como en sede penal o que hayan sido tratadas terapéuticamente por orden judicial, es decir todas aquellas personas perjudicadas en cuyos estudios psicológicos haya intervenido el pedófilo de jorge corsi y su equipo de psicólogos encubridores para la presentación en conjunto un AMPARO JUDICIAL tendiente a evitar una errónea intervención de la justicia del fuero de familia. e-amil de contacto: denuncie@afamse.org.ar...
a todas aquellas personas mamás, papás, abuelas, abuelos que hayan sito peritadas judicialmente tanto en sede civil como en sede penal o que hayan sido tratadas terapéuticamente por orden judicial, es decir todas aquellas personas perjudicadas en cuyos estudios psicológicos haya intervenido el pedófilo de jorge corsi y su equipo de psicólogos encubridores para la presentación en conjunto un AMPARO JUDICIAL tendiente a evitar una errónea intervención de la justicia del fuero de familia. e-amil de contacto: denuncie@afamse.org.ar...
Condenaron a Corsi a tres años por abusar de un menor ....
Jorge corsi pedofilo habla el fiscal Niklinson ...
Jorge corsi PRESO ...
Jorge corsi pedofilo noticiero mediodia 25_7_08__001 ...
C5N - SOCIEDAD: JORGE CORSI QUEDO DETENIDO | JAVIER MORAL,ABOGADO...
Jorge corsi pedofilo pervertido Telenoche 5 julio 08_001 .....http://www.youtube.com/watch?v=Vd1kHxxWknk
MAS DE :
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La Diputación conmemora el Día Internacional contra la Violencia de Género con unas jornadas de formación para profesionales
La conferencia ‘Factores que contribuyen a perpetuar la violencia de género’, del profesor Jorge Corsi, inaugurará las jornadas
GACETA DE PSICOLOGIA (Andalucia Oriental)
LOS MITOS Jorge Corsi
GACETA DE PSICOLOGIA (Andalucia Oriental)
LOS MITOS Jorge Corsi
Head of Presidency of the Junta de Andalucía
“Masculinity and violence: the abuse of power of the aggressor”
Mr Jorge Corsi
Psychologist
Themis publica sus sabios artículos. En esta referencia bibliográfica, aparece la basura titulada El síndrome de alienación parental o el peligro que entrañan las teorías pseudocientíficas como base de las decisiones judiciales donde aparece como autor Jorge Corsi publicado por Themis en la revista jurídica de igualdad de género Nº. 1, 2007.
EDITA:CONSEJERÍA PARA LA IGUALDAD Y BIENESTAR SOCIAL.JUNTA DE ANDALUCÍA. Jorge Corsi
“CENTRO VIRTUAL PARA LA PREVENCIÓN YEL TRATAMIENTODE LA VIOLENCIA INTRAFAMILIAR”.Leganes.Programas de Intervención con hombres que ejercen laviolencia.Corsi
EDITA:CONSEJERÍA PARA LA IGUALDAD Y BIENESTAR SOCIAL.JUNTA DE ANDALUCÍA. Jorge Corsi
“CENTRO VIRTUAL PARA LA PREVENCIÓN YEL TRATAMIENTODE LA VIOLENCIA INTRAFAMILIAR”.Leganes.Programas de Intervención con hombres que ejercen laviolencia.Corsi
Criterios de calidad para intervenciones con hombres que ejercen violencia en la pareja.Pamplona.Corsi
BIBLIOGRAFÍAVIOLENCIA DOMÉSTICA/FAMILIAR/GÉNERO/PAREJA O CONYUGAL.ISLAS BALEARES.CORSI
FEMINISMO/S. REVISTA DEL CENTRO DE ESTUDIOS SOBRE LA MUJER DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE.CORSI
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La historia de una amenaza...Chema Espada Calpe
Asi empezo todo...Guardado por si lo eliminan tambien de Facebook!!!! 18/12/2012
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- A Asun Arandigoyen, Toofast Juanito, Juan Pedro Rodríguez y 26 personas más les gusta esto.
- Inma Sanz MartínezLes molestan las tías inteligentes......
- Maria Antonia Pacheco Cumbrejajajaj y encima se llama FORO POR LA LIBERTAD DE EXPRESION!!!!!VAYA...VAYA...
https://www.facebook.com/groups/197209276970448/permalink/518425044848868/ - Maria Antonia Pacheco CumbreDONDE SE ELIMINA SOLO POR OPINAR...TE INSULTAN...Y NO TE DAN OPCION A DEFENDERTE JAJAJAJAJ...ESTAMOS LOCOS SI SEÑOR!!!
- Augusto PozuelosQué gran verdad has dicho ...
- Maria Antonia Pacheco CumbreDIOS DE MI VIDA...AQUI VES Y TE DAS CUENTA DE COMO ESTA EL MUNDO FUERA!!!!
- Inma Sanz MartínezNo me digas!!!!!! I n c r e i b l e !!!!! En fin, otra incongruencia más... Olvídales Maria Antonia Pacheco Cumbre. Está muy claro que les estás dando una publicidad que no se merecen.....
- Maria Antonia Pacheco CumbreNo hay mayor desprecio ...que no hacer aprecio...llevas razon Inma Sanz Martinez...Un saludo
- Daric Luis· 16 amigos en comúnQuien estè libre de pecado que tire la primera piedra ... pero parece que la ley del embudo es muy utilizada
- Maria Antonia Pacheco CumbreJamas bloque a nadie...solo apersonas que utilizan dobles perfiles...uno para ser bueno y otro para ser malo.Las cosas a la cara...SIEMPRE!!!!Daric Luis
- Daric Luis· 16 amigos en comúnEso son solo matices. Me dijiste que pasabas de mi solo por opinar sobre un ataque a alguien que ni conocia y que en mi opiniòn eran exagerados.
Ahora ya me da igual ... pero no estuvo bien. - Maria Antonia Pacheco CumbreDaric te dije que borraria tru perfil ya que no me gustaba que para lo bueno utilizaces otro... y paqra lo malo este!!!!
- Pilar Roca IbañezPues yo si bloqueo si me faltan al respeto o me insultan, no tengo por qué aguantarlo.Y me ha pasado ya más de una vez.FB es para pasar un rato agradable no para ser juzgados ni ser jueces de nadie.
- Daric Luis· 16 amigos en comúnno debias meterte en la realidad de los demàs. Tengo dos perfiles y no soy el ùnico. En realidad en los dos publico cosas parecidas. Pero si FB me castiga o me hackean tengo un refugio
- Milagros GómezEn el Foro por la libertad de expresión se ve que el único que se puede expresar es Morán y sus niñas. Los demás no tenemos libertad de expresión. Ha borrado mis comentarios y los de Juan Pedro. Eso es libertad para el dictador solamente. Me he ido.
- Maria Antonia Pacheco CumbreBueno...yo soy tu amiga...pero en un perfil Daric Luis...en este Jose Luis Cases Arlandis...es mas bueno!!!!
- Daric Luis· 16 amigos en comúncomo quieras. Soy el mismo y mis amigos lo saben y los tengo en los dos perfiles. Lo intentarè, pero no me serà fàcil olvidar un correo tan feo de alguien que consideraba mi amiga.
- Santiago ArinYo paso,ese grupo no mola.
- Luz Alvarez BenegasPues si Maria Antonia , es asi
- Milagros GómezJavier Morán, ha vuelto a meterme en el grupo, cuando voy a publicar ésto, como gran dictador, pensaría que lo mejor era que me echara en vez de que yo me fuera, me expulsa sin darme tiempo a ponerle ésto:
Javier Morán, por qué vuelves a incluir en el grupo, cuando has eliminado mis comentarios, me he ido y has echado a María Antonia Pacheco Cumbre porque no la habéis entendido. También has eliminado los comentarios de Juan Pedro Rodríguez. No le encuentro sentido a un foro que se llama por la libertad de expresión y parece que sólo tienen esa libertad tú y tus amigas. - Maria Antonia Pacheco CumbreYo te considero mi amigo...pero hay que ser bueno o malo en todos los sitios...Un besote Jose Luis Cases Arlandis
- Maria Antonia Pacheco CumbreMilagros me esta pididendo disculpas por mensajes...quizas sea ese el motivo!!!!
- Daric Luis· 16 amigos en comúnYo no le digo a nadie como tiene que ser. No estoy en sus zapatos. Y evito juzgar a personas que considero honestas. Abrazos ... me voy a cenar.
- Maria Antonia Pacheco CumbreY yo tampoco...solo qu eno me gusta quienes utilizan un perfil para ser bueno y otro para ser malo Daric Luis...Un besote y buen provecho!!!
- Milagros GómezDejaros de inquinas. Tosos somos amigos.
- Maria Antonia Pacheco CumbreUn besote Daric Luis...yo prefiero a Jose Luis Cases Arlandis...
- Chema Espada CalpeTu derecho a la libertad de expresión termina en mi derecho al honor y a no ser difamado, calumniado ni insultado con mentiras. Si no retiras las calumnias que has vertido sobre mi persona en los distintos foros de internet en un plazo de unos días ten por seguro que voy a perseguir mi derechos y espero que tenga consecuencias penales
- Maria Antonia Pacheco CumbreTe refieres a mi Chema Espada Calpe?No se de que me hablas...Espero te expliques.Un saludo
- Maria Antonia Pacheco CumbreA ti? Habla de un pedofilo y su discipulo...Como veras esta bien fundamentado...Milagros Gomez te puede ampliar la informacion....
- Chema Espada Calpehttps://www.facebook.com/groups/111450685558096/permalink/453973787972449/
- Chema Espada CalpeMe gustaría que me expliques en qué apoyamos las acciones, qué acciones y de dónde te sacas tus dudas sobre el apoyo a las prácticas pedófilas: "la red de hombres por la igualdad "Heterodoxia", y festejaron su salida de prisión en su momento, apoyando sus acciones. ¿Es que a ellos también les gustan las prácticas pedófilas?"
- Chema Espada Calpe¿De donde sacas esta mentira?: "CHEMA ESPADA CALPE, íntimo amigo de Lorente Acosta, hasta el punto que le adjudicó la gestión del teléfono de maltratadores que costó al Estado 625.000 euros"
- Chema Espada CalpeQué tienen que ver ésto con la denuncia sobre Corsi y la pedofilia: "Chema Espada es cofundador de Rosa que te quiero Rosa: Asamblea de Gays, lesbianas y bisexuales de la UCM (Universidad Complutense)". ¿Es acaso un delito crear asociaciones universitarias de defensa de los derechos humanos?
- Chema Espada CalpeEstas patinando... ya te digo, estás a tiempo de rectificar públicamente. No voy a estar debatiendo por foros y haciendo desmentidos. Lo siguiente que recibas si no hay rectificación pública será de un juzgado
- Maria Antonia Pacheco Cumbreok...la espero...Cada uno se jode cuando le toca...estimado Chema....De como una JEFA DE LA UNIDAD DE VIOLENCIA DE GENERO DE CORDOBA..Pepa Marin Vicoz.....amparadas por subvencionadas de la mafia del genero....Utilizan su "poder" para calumniar y difamar a otra mujer.Ahora es el momento de destaparlo todo..Ahora que los cobardes huyeron...con medallas..Pero no tuvieron el valor de dar la cara por el grupo ni por las personas..https://www.facebook.com/media/set/?set=a.415517825151883.84628.100000810065978&type=3
- Chema Espada CalpeNo me cuentes otras historias, te hablo de mi y de ésto ahora.
- Chema Espada CalpeTen por buena educación dirigirme a ti en tu facebook para darte la oportunidad de retirar las difamaciones.
- Maria Antonia Pacheco CumbreY yo de mi estimado Chema Espada Calpe...yo no he dicho nada de ti...que sea denunciable ustedes de mi si...calumnias directas y con nombres y apellidos...Yo no tengto que rectificar nada...y NO TE ACUSE DE NADA !!!!....USTEDES A MI SI....
HETERODOXIA
http://heterodoxia.wordpress.com/2011/05/30/el-neomachismo-y-el-anti-igualitarismo-se-infiltra-en-el-15m-de-valencia/heterodoxia.wordpress.comAtención, en la acampada 15M de Valencia se ha infiltrado el neomachismo y el an...Ver más - Guadalupe De la FuenteTranquilidad
- Maria Antonia Pacheco CumbreYO ESTOY TRANQUILA....HETERODOXIA DA LA CARA JAJAJAJAJ...POR FIN!!!!
- Chema Espada CalpeExplicame si hay algo que no sea meramente descriptivo de tus posiciones
- Maria Antonia Pacheco CumbreNo te entiendo estimado Chema Espada Calpe....
- Chema Espada CalpeDisculpame de nuevo: estás afirmando que se me ha concedido por una supuesta relación íntima con un ex-cargo público la licitación de un servicio por 625.000€. Esto constituiría un delito, por lo que me estás llamando delincuente. Y esto SI es una calumnia y una difamación y te advierto por última vez: Es incierta y vas a pagar por ello como no lo retires inmediatamente.
- Chema Espada CalpeDicho está
- Maria Antonia Pacheco CumbreMira Chema Espada Calpe....denuncia que yo hice lo mismo....En ningun momento se habla de relacion intimo sino de intima amistad...que son cosas dist6intas...no te obceques chico...A lo largo del dia...te dire algo....Dicho esta tambien..Un saludo
- Guadalupe De la FuentePero si recibiste la subvención para un teléfono que mas dá si se ha realizado un trabajo Chema?
- Platero Y-YoCreo que hay que pasar a la acción legal Chema Espada Calpe no se puede consentir que alguien te difame así
- Maria Antonia Pacheco Cumbreque pase...que pase....asi me dara tregua para enseñar las difamaciones recibidas...Sera todo un placer Platero Y-Yo!!!!T O D O U N P L A C E R...
- Alberto MartínezHuy,aquí por lo menos te permiten denunciar a las feminazis.En Cartagena del Norte,el régimen de Pilar Kim Jong-Un Barreiro,y sus medios de intoxicación hacen IMPOSIBLE la disidencia...
- Maria Antonia Pacheco CumbreJAJAJAJ Alberto Martínez...estoy nerviosita...deseando recibir la denuncia....sacare todo lo guardado...te4ngo hasta fotos...de la postura de heterodoxia en Valencia...mafiosa total!!!!
- Maria Antonia Pacheco Cumbrehttps://www.facebook.com/notes/maria-antonia-pacheco-cumbre/democracia-es-eliminar-un-post-donde-se-lucha-por-la-igualdadgracias-compa%C3%B1eros-/215730961781693ACAMPADA SOL ELIMINA NUESTRO POST...NO INTERESA QUE SE OIGA NUESTRO GRITO...
- Maria Antonia Pacheco Cumbrehttps://www.facebook.com/notes/maria-antonia-pacheco-cumbre/para-democracia-real-ya-de-otro-feminismo-es-posiblbledenuncia-al-totalitarismo-/213969241957865
- Maria Antonia Pacheco CumbreChema Espada Calpe...te dejo este enlace donde hay mas informacion...https://www.facebook.com/groups/otrofeminismoesposible/548956325133669/?notif_t=group_comment
- Gabriel AraújoEstimado Espada Calpe, harías el ridículo más espantoso con una demanda o querella porque ni se te calumnia ni se te difama.
Al único que se le acusa de pederasta es a Corsi porque lo es, a nadie más. Las demás son reflexiones generalistas que no apun...Ver más - Gabriel AraújoPor cierto si este señor Chema con apellido de librería quiere denunciarme, mi NIE es X1440364N.
- Maria Antonia Pacheco CumbreYA SOMOS TRES...CON UN CAUDAL DE INFORMACION...CHEMA...CHEMA...LA ESPADA SE TE VA A OXIDAR...LA DESENVAINASTE MUY RAPIDO CREO EHHHHHHH!!!!!
- Gonzalo Puertas Ortizmaría antonia, no te preocupes que los tiempos de los mediocres están acabando, ya no queda mucho de donde parasitar...
- Maria Antonia Pacheco Cumbre..toda la razon Gonzalo Puertas Ortiz...sinceramente no me preocupa....es mas lo deseo ardientemente!!!!jajajajajaj
- Roberto JauregiPor lo que parece al Chema Espada lo que le gusta es dar, más que recibir. Puede hablar desde su blog de Gardner, María Antonia Pacheco, etc., pero de él no se puede decir nada, de sus múltiples cursillos y charlas subvencionadas, de su defensa de los Derechos Humanos (causa tan loable) en Rosa que te quiero Rosa, etc. A lo que parece él es el único que puede hablar de los demás, mientras los demás tienen que callar. ¡¡¡DONDE LAS DAN LAS TOMAN¡¡¡, ya lo dice el refrán...
- Gonzalo Puertas Ortizmás mierda no se puede ser, no llega a ser ni un pobre hombre...
- Maria Antonia Pacheco Cumbrehombre?es demasiada palabra..para ciertos personajillos!!!!buffffffffff
- Gonzalo Puertas Ortizpor eso !!
- Gonzalo Puertas Ortizlas garrapatas tienen más clase !!
- Maria Antonia Pacheco CumbreYo solo quiero ser....SER HUMANO..Sin sexos...sin genero...Ahhhhhhhhhh y sin vivir de ello!!!!
- Monica Molina CeleminESE GRUPO SON UNOS FACHAS,YO ESTABA EN EL,Y UNA VEZ PUSE una noticia sobre la iglesia ,uffffffffffffffffffffffffff,me llamaron de todo,fregona,analfabeta,mamapollas,borrega,bueno y mas y mas calificativos y encima me echaron a mi jajajajajajaj ese foro tiene todo menos libertad de expresion,si no les das la razon te insultan y te echan
- Maria Antonia Pacheco CumbreES QU ELO QUE MOLA ES LA IZQUIERDA...PERO SOBRETODO LA FALTA DE RESPETO HACIA OTROS PENSAMIENTOS...VAYA...VAYA!!!
- Monica Molina Celeminhe echado un ojo al foro pq aunque no se este agregado se puede mirar,te estan poniendo bonita maria.despues ellos mismos se llaman educados jajajajajajjajaa.en fin ,yo jamas insulte a nadie y a mi si me insultaron y me echaron.son todos amigitos y no soportan opiniones que vayan en contra de sus pensamiento.
- Maria Antonia Pacheco CumbreELLOS MISMOS...POR SUS ECHOS SE CONOCERAN...
- Maria Antonia Pacheco CumbrehOLA ME HAS BAJADO LA LUNA...BUENAS TARDES...CREO QUE SE TE ECHO DE ALLI NO?
- Maria Antonia Pacheco CumbreME SONABA DE ALGO Mehas bajado la luna
- Maria Antonia Pacheco CumbreSi...es tu opinion claro...tiene 5400 personas...por algo sera no?
- Maria Antonia Pacheco Cumbrehttp://fhxi.wordpress.com/2012/09/13/miguel-lorente-acosta-hombre-por-la-igualdad-2012/
- Maria Antonia Pacheco CumbreEllos se lo guisan y se lo comen....que fuerte!!!!http://fhxi.wordpress.com/2011/09/08/jose-maria-espada-calpe-hombre-por-la-igualdad-2011/fhxi.wordpress.comEl foro de hombres por la Igualdad ha decidido otorgar su reconocimiento como ho...Ver más
- Maria Antonia Pacheco CumbreY aqui en la junta de Andalucia...el aberrante(averroe)....http://www.juntadeandalucia.es/averroes/~cepal2/moodle/mod/resource/view.php?id=3367
- Roberto JauregiAlguna de las campañas de Heterodoxia: "“Hartos de llevar los pantalones” y “Bajandonos los pantalones desde 2001″. Otra más: "algunos de los miembros varones de este colectivo iniciamos una serie de actos que bautizamos “El día de la falda”. Si parec...Ver más
- Maria Antonia Pacheco CumbreAqui Luis Bonino sigue difundiendo sus trabajos con Corsi...ASQUITO!!!!http://www.luisbonino.com/PUBLI01.htmlwww.luisbonino.comLuis Bonino desarrolla desde hace 30 años numerosas actividades, ámbitos salud mental, promoción igualdad entre mujeres y varones
- Maria Antonia Pacheco CumbreMIRA ROBERTO POR MI COMO SI SE QUIEREN PONER UN TRAJE DE FARAON!!!Pero como bien dices qu eno jodan ...ni mamen de la industria del genero!!!!
- Milagros GómezVaya, aquí es donde estaba el señor Chema. Me ha gustado mucho lo que se escribe de él en el penúltimo enlace:
<<Chema es además uno de los hombres más activos en el movimiento de hombres por la Igualdad.
Lleva más de diez años, “bajándose los pantalones“, como dice uno de sus eslóganes. Algo que no extraña porque tiene unas de la mejores piernas profeministas.>> - Maria Antonia Pacheco CumbreAdemas de bajarse los pantalones...que no esta mal....Ojala se bacien los bolsillos de igual forma...
- Maria Antonia Pacheco CumbreISONOMIA SE LLEVA LOS EUROS....EN NOMBRE DE HOMBRES EN IGUALDAD Y MASCULINIDADES..BUFFFFFFFFFFFFF..¡http://www.lasprovincias.es/valencia/20081113/castellon/isonomia-recibe-euros-ayudas-20081113.htmlwww.lasprovincias.esEl Ministerio de Igualdad, a través del Instituto de la Mujer, ha concedido a la Fundación Isonomía de la Universitat Jaume I subvenciones por valor de 145.562 euros para la realización de estudios
- Maria Antonia Pacheco CumbreComo veis con otro nombre pero chupando del bote del genero....Resumen de José María Espada Calpe
Actual
Indoor Cycling Instructor en SUPERA GESTION DEPORTIVA
Docente en Universitat Jaume I de Castellón
Trabajador Social, Equipo de Tratamiento Familiar en AYUNTAMIENTO DE ROQUETAS DE MAR
Educación
Universidad Complutense de Madrid
The University of Kent
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http://es.linkedin.com/pub/jos%C3%A9-mar%C3%ADa-espada-calpe/40/627/76es.linkedin.comVer el perfil profesional de José María Espada Calpe (España) en LinkedIn. Linke...Ver más - Maria Antonia Pacheco CumbreOs ruego discutais esos temas de forma privada...es un post muy importante...Un besote a las dos...
- Maria Antonia Pacheco Cumbrey hay mucho mas ehhhhhhhhhhhhhh!!!!!!92271295 ASOCIACIÓN DE HOMBRES POR LA IGUALDAD DE GÉNERO SAAMA, SERVICIO DE ATENCIÓN Y APOYO CONTRA EL MACHISMO 30.500,00....http://www.boe.es/boe/dias/2011/03/05/pdfs/BOE-A-2011-4186.pdf
- Gregorio Argüello ZambranoGracias a ese "patético"grupo llamado "OTRO FEMINISMO ES POSIBLE" (y conste que yo tengo mis reservas respecto a esto último, algo que ya he manifestado abiertamente antes) se habla en la calle (y en la red) de temas que la dictadura de género pretende...Ver más
- Maria Antonia Pacheco Cumbrejajajjajajaj amigo Gregorio Argüello Zambrano como siempre con tu especial sentido del humor....y que conste que yo estoy convencida de que "OTRO FEMINISMO ES POSIBLE"...el feminismo qu eno este vendido, que no este corrupto...el de la verdadera iguald...Ver más
- Gregorio Argüello ZambranoEn cuanto al otro foro "Por la libertad de expresión" no he tenido problemas respecto a la mía, si bien es cierto que no parece suscitar mucho interés. Ese hilo del que hablas, Maria Antonia, intenté seguirlo ayer. Sentí mucho que se hubieran borrado t...Ver más
- Gregorio Argüello ZambranoUn abrazo, guerrera.
- Maria Antonia Pacheco CumbreA pesar de que lo borraran tu has cogido lo esencial.
- Gregorio Argüello ZambranoQue me tiren de mis pelos... solo se lo he consentido a mi madre, Mª Antonia; y si me arrancó algunos mechones era porque me lo merecía, aparte de para que me crecieran con más fuerza jajaja
- Maria Antonia Pacheco CumbrePoco te arrancaria la pobre....jajajajajaj tu melena es espesita jajajajajajUn besote
- Gregorio Argüello Zambrano...además de crearme un trauma cojonudo, jo.
- Maria Antonia Pacheco Cumbrejajajajaj Gregorio Argüello Zambrano...tu no tienes traumas...solo mucho pelo!!!!
- Gregorio Argüello ZambranoMeHas Bajado La Luna: Tu sabes que yo hablaba de otro foro ... ¿verdad?. Pues eso.
- Maria Antonia Pacheco Cumbrejajajajjaja...jajajajjaja
- Jose Luis Martin Gallego· 9 amigos en comúna mi no me dejaron ni hablar,que les den,si cuando eliminaban a la gente parecia que algunos tenian orgasmos,vaya panda
- Maria Antonia Pacheco Cumbreque les den Jose Luis!!!!!
- 19/12/2012No respondo a mensajes...Sr.Chema Espada.Si tiene algo que decir le ruego lo haga publicamente.O mejor a traves de sus abogados.
Recibido hace unos minutos!!!!
El telefono que negaba el Sr.Espada:
Esta es la linea telefonica que denunciabamos habia costado muchisimos euros y que el Sr.Chema negaba.COMO PODEIS OBSERVAR ERA A AHIGE A QUIEN SE LE CONCEDIO LA
SUBVENCION.
AHIGE=HETERODOXIA
http://masculinidades.wordpress.co m/resena-y-trayectoria/
http://quimosavic.wordpress.com/ 2010/04/28/ saama-servicio-de-atencion- y-apoyo-contra-el-machismo /
Negacion del telefono POR CHEMA ESPADA.
https://www.facebook.com/photo.php?fbid=398242133588 768&set=a.398238736922441. 95297.205537672859216&type =1&theater
José Manuel Blasco Rubio
Programas para Jóvenes de la Asociación AHIGE
SAAMA Servicio de Atención y Apoyo contra el Machismo
Se trata de una herramienta valiosa para luchar contra la discriminación, los
estereotipos sexistas, la violencia de género y el maltrato, ya sea psicológica o
físicamente, desde una de sus raíces: las conductas sexistas que nuestros/as
jóvenes siguen reproduciendo y que, en numerosas ocasiones, desembocan en
situaciones indeseadas de poder y sometimiento de unos/as jóvenes sobre
otras/os.
Para ello ponemos a su disposición una línea de teléfono 902 90 60 31
Este proyecto está financiado por el Ministerio de Sanidad y Política Social.....
Hombres por la igualdad de género lanza un servicio de prevención del machismo.
Hombres por la Igualdad lanza un servicio de apoyo contra el machismo para jóvenes
Servicio de Atención y Apoyo contra el Machismo (SAAMA). Asociación de Hombres por la Igualdad de Género (AHIGE)
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World Wide WEB
Telefono: 902906031
Servicio de Atención y Apoyo contra el Machismo (SAAMA), una iniciativa dirigida a los jóvenes que les permitirá "resolver sus dudas sobre el machismo, aprender a ser más igualitarios y reconocer comportamientos machistas que pueden esta...r ejerciendo, incluso sin darse cuenta, o sufriendo". El proyecto ofrece atención personal a través de una línea de teléfono (902906031) y una dirección de correo electrónico (saama@ahige.org) y está subvencionado por el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.
http://www.ahige.org/
email: saama@ahige.org
http://video.atei.es/development/index.php?option=com_videos&task=detail&id=4985
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Article 2
NUMERO DE SUICIDIOS 2010
2456 HOMBRES Y 689 MUJERES.
Y ESTO NO SALE EN NINGUN SITIO...NO EXISTEN DATOS!!!!
http://www.ine.es/prensa/
INE
http://www.ine.es/buscar/
Aunque las cifras de suicidios no suelen hacerse públicas, en “el 2007, los fallecidos por suicidio fueron 3.263, de los que 2.463 eran hombres y 800 mujeres, indica el informe de defunciones según causa de muerte del Instituto Nacional de Estadística
http://
En España, tenemos, la siguiente relación base en toda la sociedad, por la O.M.S. :
Suicide Rates (per 100,000)
( most recent year available, as of October 2000)
Country. Year Men Women
SPAIN 99 12.4 4.0
"La mayoría de los padres separados desean ver a sus hijos -reflexionaba una periodista inglesa hace años-, y la mayor parte de los niños desean ver a sus padres. Así pues, ¿por qué la sociedad convierte una cosa tan sencilla en algo tan difícil?"[2] Veamos. ¿Tal vez porque la mitad de las juezas son feministas y la otra mitad, junto con todos los juezos -simetría lingüística obliga-, tienen miedo a ser tachados de machistas?
http://www.arrakis.es/
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MARIA SALMERON A PRISION A PESAR DEL INDULTO DE GALLARDON
PARA QUIEN NO ENTIENDA LO DEL INDULTO...AQUI TENEIS LOS MOTIVOS...ESTAN DETRAS TODA LA MAFIA HEMBRISTA....
.http://mujereseparadasevilla.blogspot.com.es/2011/03/adhesion-indulto-para-maria-salmeron.html
http://www.activism.com/es_ES/peticion/recogida-de-firmas-para-pedir-indulto-de-maria-salmeron/10669
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IÑIGO MORENO LARA.La Fiscalía le reclama tres años de prisión por un delito de violencia habitual contra su exmujer
LO LLEVA CLARO EL ABOGADUCHO!!!!DEFIENDE A UNA SUPUESTA MALTRATADA UN MALTRATADOR!!!!ASQUITO!!!!"http://www.europapress.es/andalucia/sevilla-00357/noticia-juez-cita-imputado-desordenes-resistencia-abogado-mujer-denuncio-serrano-20121029165245.html
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Article 10
Siento asco!!!!!Esto es lo que amparan aun...las politicas de generos mafiosas...a pederastas y pedofilos!!!!....
Por Jorgue Corsi de heterodoxia
Hola, me llamo Chema Espada Calpe. Llevo más de 8 años vinculado profesionalmente al mundo del fitness y centrado especialmente en el ciclismo indoor.
Rosa que te quiero Rosa: Asamblea de Gays, lesbianas y bisexuales de la UCM (Universidad Complutense).
Hola, me llamo Chema Espada Calpe. Llevo más de 8 años vinculado profesionalmente al mundo del fitness y centrado especialmente en el ciclismo indoor.
UNA GUIA PARA EDUCADORES DONDE ESTA CORSI..BONINO..PESCADOR....ESTO HAY QUE DENUNCIARLO TODO!!!!
http://ibasque.com/hombres-por-la-igualdad-2/
Documentos en formato PDF
Por Jorgue Corsi de heterodoxia
Hola, me llamo Chema Espada Calpe. Llevo más de 8 años vinculado profesionalmente al mundo del fitness y centrado especialmente en el ciclismo indoor.
Rosa que te quiero Rosa: Asamblea de Gays, lesbianas y bisexuales de la UCM (Universidad Complutense).
Hola, me llamo Chema Espada Calpe. Llevo más de 8 años vinculado profesionalmente al mundo del fitness y centrado especialmente en el ciclismo indoor.
Aniversario de la 1ª Manifestación de Hombres contra la violencia ...
• Corsi Jorge (Compilador). "Una mirada interdisciplinaria sobre un grave problema social". Paidos.. Buenos Aires. Barcelona• Corsi Jorge: Violencia masculina en la pareja. Una aproximación al diagnóstico y a los modelos de intervención, Edit. Paidos , Buenos Aires.1995.
Ya se han sumado el Delegado de Gobierno para la Violencia de Género, D. Miguel Lorente Acosta y el coordinador de Heterodoxia, Chema Espada, entre otros.
UNA GUIA PARA EDUCADORES DONDE ESTA CORSI..BONINO..PESCADOR....ESTO HAY QUE DENUNCIARLO TODO!!!!
http://ibasque.com/hombres-por-la-igualdad-2/
Documentos en formato PDF
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Galeria de los horrores.Elisa Beni por meritos propios
El historial de la BENI!!!!
El CGPJ propone el cese de la esposa de Gómez Bermúdez por su libro sobre el 11-M 'La soledad del juzgador'. Y, además, el próximo día 15 el Tribunal Supremo verá la recusación contra su marido por su nombramiento como presidente de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional.
diariocritico.com
Quizás le interese ...
La Comisión de Comunicación del Consejo del Poder Judicial (CGPJ) acordó este miércoles, por cuatro votos a favor y una abstención, proponer al presidente de este órgano, Francisco José Hernando, el cese de la jefa de prensa del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Elisa Beni --que es esposa del magistrado de la Audiencia Francisco Javier Gómez Bermúdez--, a consecuencia de la publicación de su libro 'La soledad del juzgador', que trata sobre el juicio del 11-M.
http:// www.diariocritico.com/ noticias/54376
Projusticia se querella contra la tertuliana Elisa Beni, esposa del juez Gómez Bermúdez
Hispanidad, jueves, 04 de octubre de 2012
El pasado 14 de junio en el programa de Onda Cero, “Julia en la onda” se debatió la promesa del ministro de Justicia de cambiar en seis meses la ley del divorcio para que la Custodia Compartida no fuese una excepción.
Una de las personas que participaron en el debate, la periodista Elisa Beni, acusó a las asociaciones que promueven la Custodia Compartida de estar integradas por maltratadores e incluso por violadores de sus propios hijos, haciendo mención concreta de nuestra asociación. No es la primera vez que esta persona difunde semejantes calumnias en un programa de radio o televisión.
http://www.hispanidad.com/ Cartas-director/ projusticia-se-querella-con tra-la-tertuliana-elisa-be ni-esposa-del-ju-20121004- 152645.html
RESPUESTA A ELISA BENI, CONTERTULIA HABITUAL DEL PROGRAMA "EL GRAN DEBATE" DE TELECINCO:
Cuando un padre no ve a sus hijos durante dos años, no tiene que ser necesariamente porque algo haya detrás.
Detrás está la inoperancia de la justicia, pero sobretodo la no contemplación de los derechos del menor y de la manipulación sufrida por los menores a manos de la persona custodia.
Deja mucho que desear su profesionalidad como periodista, que se dice es, cuando no comprueba previamente la documentación del caso de Juan Pedro Rodríguez.
Le exigimos que pida a la dirección del programa la documentación que obraba en su poder, a la cual, como usted es habitual contertulia del mismo, le será fácil acceder.
Por supuesto la que quedó en evidencia ante la audiencia fue usted y su falta de profesionalidad. Y sobretodo sus prejuicios infundados.
http://www.youtube.com/ watch?feature=player_embedd ed&v=ajR63HRpRH0
El CGPJ propone el cese de la esposa de Gómez Bermúdez por su libro sobre el 11-M 'La soledad del juzgador'. Y, además, el próximo día 15 el Tribunal Supremo verá la recusación contra su marido por su nombramiento como presidente de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional.
diariocritico.com
Quizás le interese ...
La Comisión de Comunicación del Consejo del Poder Judicial (CGPJ) acordó este miércoles, por cuatro votos a favor y una abstención, proponer al presidente de este órgano, Francisco José Hernando, el cese de la jefa de prensa del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Elisa Beni --que es esposa del magistrado de la Audiencia Francisco Javier Gómez Bermúdez--, a consecuencia de la publicación de su libro 'La soledad del juzgador', que trata sobre el juicio del 11-M.
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Projusticia se querella contra la tertuliana Elisa Beni, esposa del juez Gómez Bermúdez
Hispanidad, jueves, 04 de octubre de 2012
El pasado 14 de junio en el programa de Onda Cero, “Julia en la onda” se debatió la promesa del ministro de Justicia de cambiar en seis meses la ley del divorcio para que la Custodia Compartida no fuese una excepción.
Una de las personas que participaron en el debate, la periodista Elisa Beni, acusó a las asociaciones que promueven la Custodia Compartida de estar integradas por maltratadores e incluso por violadores de sus propios hijos, haciendo mención concreta de nuestra asociación. No es la primera vez que esta persona difunde semejantes calumnias en un programa de radio o televisión.
http://www.hispanidad.com/
RESPUESTA A ELISA BENI, CONTERTULIA HABITUAL DEL PROGRAMA "EL GRAN DEBATE" DE TELECINCO:
Cuando un padre no ve a sus hijos durante dos años, no tiene que ser necesariamente porque algo haya detrás.
Detrás está la inoperancia de la justicia, pero sobretodo la no contemplación de los derechos del menor y de la manipulación sufrida por los menores a manos de la persona custodia.
Deja mucho que desear su profesionalidad como periodista, que se dice es, cuando no comprueba previamente la documentación del caso de Juan Pedro Rodríguez.
Le exigimos que pida a la dirección del programa la documentación que obraba en su poder, a la cual, como usted es habitual contertulia del mismo, le será fácil acceder.
Por supuesto la que quedó en evidencia ante la audiencia fue usted y su falta de profesionalidad. Y sobretodo sus prejuicios infundados.
http://www.youtube.com/
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TELECINCO.LA CADENA HEMBRISTA.GALERIA DE LOS HORRORES
TELECINCO, LA PRINCIPAL CADENA HEMBRISTA DE NUESTRO PAIS, HA ELIMINADO EL VÍDEO CONCERNIENTE A JUAN PEDRO RODRÍGUEZ, padre que lleva sin ver a sus hijos 17 meses.
Han intentado guardar las apariencias quitando los pequeños vídeos de Youtube que ellos mismos subieron fraccionados. En donde se evidencia la posición de la Sra. Elisa Beni.
Demasiada rapidez despues de la denuncia nuestra de anoche.
Sólo disponemos de este grabado:
https://www.youtube.com/ watch?feature=player_embedd ed&v=aPv6y_rgpJg
Y éste de telecinco, como podéis comprobar, ha sido eliminado.
http://www.youtube.com/ watch?feature=player_embedd ed&v=ajR63HRpRH0
Han intentado guardar las apariencias quitando los pequeños vídeos de Youtube que ellos mismos subieron fraccionados. En donde se evidencia la posición de la Sra. Elisa Beni.
Demasiada rapidez despues de la denuncia nuestra de anoche.
Sólo disponemos de este grabado:
https://www.youtube.com/
Y éste de telecinco, como podéis comprobar, ha sido eliminado.
http://www.youtube.com/
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CRISTINA FALLARÁS.GALERIA DE LOS HORRORES
CRISTINA FALLARAS...
EL APOYO DE LA BENI..YA TIENE NOMBRE
https://www.facebook.com/ photo.php?fbid=477246138979 051&set=oa.277827215579916 &type=1&theater
El curriculum de la hembrista de el Gran debate es amplio...sobretodo en "ollas" y "oños"
http:// comunicacion.e-noticies.es/ cristina-fallaras-es-una-pe riodista-y-no-una-chupapol las-23378.html
Respuesta al amigo de de la chupa..ollas
Y nos preguntamos con tantos premios porque no pago el desahucio?
pero porque no explica que este año ha ganado el premio hammett , k el año pasado gano el premio de barbastro de 15.000 euros y mas premios???? Pk no pago su hipoteca con ese dinero??? No ha ahorrao en su vida????
Finalista del Premio Hammett 2010 con Así murió el poeta Guadalupe
Premio de Novela Negra L'H Confidencial 2011 por Las niñas perdidas
Premio Ciudad de Barbastro de Novela Breve 2011 por Últimos días en el Puesto del Este
Premio Hammett 2012 (Semana Negra de Gijón) por Las niñas perdidas
Quien le daria los premios me pregunto yo?Esta es su verborrea usual?
El titulo del articulo es claro no?
El coño huele a coño – Cristina Fallarás
http://economiazero.com/ el-cono-huele-a-cono-cristi na-fallaras/
Pero lo que más me ha sorprendido del ADN es la columna de opinión que había en su contraportada, firmada por Cristina Fallarás (cuyo apellido es muy poco apropiado, por cierto), que debe ser la típica periodista, si es que acaso tiene ese título, que se cree con condición de criticar sin ton ni son y encima creerse que lleva consigo toda la razón del mundo. De hecho, el título de este post es el mismo título de la columna de opinión.
Al principio de la columna todo iba bien, critica a los maltratadores con toda la razón del mundo, y se apena por la noticia de portada. Pero, de repente, nombra a los hombres maltratados, que son pocos, pero los hay, comienza a criticarlos y a decir que ambos casos no son equiparables, ¿¿acaso la humillación y las vejaciones entienden de sexo?? ¡¡Por supuesto que no se pueden comparar las cifras, pero qué culpa tienen los maltratados!!
Llega incluso a decir, y cito textualmente, que ella “los mandaría a hacer puñetas”. Esta frase es de un feminismo estúpido, que contradice todos los ideales por los que supuestamente lucha esta “tertuliana de periódicos gratuitos“.
Espero haber entendido yo mal lo que quería decir, porque si por una casualidad ella es la maltratada (ojalá no pase) y viene a mí contándome sus problemas, simplemente le diría:
¡Vete a hacer puñetas!
http:// inzivilizado.wordpress.com/ 2007/07/12/toma-bofetadas/
FACTUAL ...SUBDIRECTORA CRISTINA FALLARAS!!!!...¿Machismo u homofobia?
Arcadi Espada sueña con “maricones dandose el morro”, según él mismo
en el minuto 0,14 del video de su propio canal en youtube
noticiasfactual
FACTUAL – 2/12/2009.http://www.youtube.com/ watch?feature=player_embedd ed&v=x1N7Cu-XH_8#!
Factual, de Arcadi Espada y Cristina Fallarás: DECEPCIONANTE
http:// nauscopio.wordpress.com/ 2009/11/30/ factual-de-arcadi-espada-y- cristina-fallaras-decepcio nante/
EL APOYO DE LA BENI..YA TIENE NOMBRE
https://www.facebook.com/
El curriculum de la hembrista de el Gran debate es amplio...sobretodo en "ollas" y "oños"
http://
Respuesta al amigo de de la chupa..ollas
Y nos preguntamos con tantos premios porque no pago el desahucio?
pero porque no explica que este año ha ganado el premio hammett , k el año pasado gano el premio de barbastro de 15.000 euros y mas premios???? Pk no pago su hipoteca con ese dinero??? No ha ahorrao en su vida????
Finalista del Premio Hammett 2010 con Así murió el poeta Guadalupe
Premio de Novela Negra L'H Confidencial 2011 por Las niñas perdidas
Premio Ciudad de Barbastro de Novela Breve 2011 por Últimos días en el Puesto del Este
Premio Hammett 2012 (Semana Negra de Gijón) por Las niñas perdidas
Quien le daria los premios me pregunto yo?Esta es su verborrea usual?
El titulo del articulo es claro no?
El coño huele a coño – Cristina Fallarás
http://economiazero.com/
Pero lo que más me ha sorprendido del ADN es la columna de opinión que había en su contraportada, firmada por Cristina Fallarás (cuyo apellido es muy poco apropiado, por cierto), que debe ser la típica periodista, si es que acaso tiene ese título, que se cree con condición de criticar sin ton ni son y encima creerse que lleva consigo toda la razón del mundo. De hecho, el título de este post es el mismo título de la columna de opinión.
Al principio de la columna todo iba bien, critica a los maltratadores con toda la razón del mundo, y se apena por la noticia de portada. Pero, de repente, nombra a los hombres maltratados, que son pocos, pero los hay, comienza a criticarlos y a decir que ambos casos no son equiparables, ¿¿acaso la humillación y las vejaciones entienden de sexo?? ¡¡Por supuesto que no se pueden comparar las cifras, pero qué culpa tienen los maltratados!!
Llega incluso a decir, y cito textualmente, que ella “los mandaría a hacer puñetas”. Esta frase es de un feminismo estúpido, que contradice todos los ideales por los que supuestamente lucha esta “tertuliana de periódicos gratuitos“.
Espero haber entendido yo mal lo que quería decir, porque si por una casualidad ella es la maltratada (ojalá no pase) y viene a mí contándome sus problemas, simplemente le diría:
¡Vete a hacer puñetas!
http://
FACTUAL ...SUBDIRECTORA CRISTINA FALLARAS!!!!...¿Machismo u homofobia?
Arcadi Espada sueña con “maricones dandose el morro”, según él mismo
en el minuto 0,14 del video de su propio canal en youtube
noticiasfactual
FACTUAL – 2/12/2009.http://www.youtube.com/
Factual, de Arcadi Espada y Cristina Fallarás: DECEPCIONANTE
http://
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CHEMA ESPADA.LA DENUNCIA QUE NUNCA FUE.GALERIA DE LOS HORRORES
Esperando la denuncia del Sr. Chema Espada Calpe(heterodoxia)...sera mi regalo de reyes?
nota completa!!!!! esta fue censurada por ferbuc!!!!
https://www.facebook.com/ libertad.sintiempo/posts/ 468142109889454?notif_t=lik e
esta guardada previniendo la censura!!!!
http:// otrofeminismoesposible.blog spot.com.es/2012/12/ la-historia-de-una-amenazac hema-espada_19.html
.Yo no tengo que rectificar nada...y NO TE ACUSE DE NADA !!!!....USTEDES A MI SI....
HETERODOXIA
http:// heterodoxia.wordpress.com/ 2011/05/30/ el-neomachismo-y-el-anti-ig ualitarismo-se-infiltra-en -el-15m-de-valencia/
nota completa!!!!! esta fue censurada por ferbuc!!!!
https://www.facebook.com/
esta guardada previniendo la censura!!!!
http://
.Yo no tengo que rectificar nada...y NO TE ACUSE DE NADA !!!!....USTEDES A MI SI....
HETERODOXIA
http://
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heterodoxia and company y corsi
Todo el articulo completo por si es eliminado:
EN LA UNIVERSIDAD DE VIGO. Jorge Corsi , fundamentalista de género en España, pedófilo y pederasta.
http://otrofeminismoesposible.blogspot.com/2011/08/jorge-corsi-fundamentalista-de-genero.html
THEMIS Y JORGE CORSI. https://docs.google.com/document/d/1cPF0BAbQVfxKrEkQmYuRIAVd7Op86-nuwTyvG_dQs08/edit?hl=en_US&pli=1
JORGE CORSI con LORENTE ACOSTA. También guardado. https://docs.google.com/document/d/1docnBE7p5AYyp6Scuzjxtv0R87MXVaIFrygVvZVBvqY/edit?hl=en_US
El psicólogo Jorge Corsi fue liberado la noche del día 20 de enero de 2009 por decisión de la Justicia, que le concedió la excarcelación tras el pago de una fianza de 100.000 pesos, tras un auto de casación de finales de diciembre en el que se considera que no hay peligro de fuga ni de entorpecimiento del procedimiento judicial. La decisión de excarcelar a Corsi había sido tomada por los camaristas María Laura Carrigós de Réborim Mauro Divito y Marcelo Lucini, en base al precedente dictado por la Cámara Nacional de Casación Penal. “Consideramos que no se verifican pautas que permitan presumir riesgos de elusión y entorpecimiento”, señalaron. La excarcelación del psicólogo había sido rechazada por la jueza de instrucción María Fontbona de Pombo, por el fiscal Martín Niklinson y por la sala Nº5 de la Cámara del Crimen, pero el fallo de Casación cambió todo.![fotocorsi fotocorsi]()
Jorge Corsi ha sido un destacado activista por los derechos humanos y contra la violencia de género. También fueron excarcelados Augusto Correa y Pablo López Vidal, que debieron pagar $ 50.000. En el caso en el que se investiga a Corsi, Correa y Vidal la etapa de instrucción ya terminó y el caso está listo para ser sometido a juicio en el Tribunal Oral 11. La fecha estimada es fines de este año. El caso genera una enorme controversia y algunas voces en busca de reconocimiento como la de Raquel Holway y su ONG Alerta Vida, han sido de las primeras no sólo en sumarse al coro del juicio mediatico (Ver MÁS), sino del linchamiento y la persecución física del mismo, o escrachamiento, una curiosa forma de entender la defensa de los derechos de los menores.¿Qué dice la astróloga-futurologa tarotista, Raquel Hollway en un mensaje recibido el día 26 de enero a Heterodoxia?
Todo lo que se hizo mal en la Investigacion y Procedimiento de la Causa del Lider de la Banda de Pedofilos Internacional, Lic. Jorge Corsi.-
No se investigo la escena del crimen debidamente, Paraguay 3457, Piso 8vo, departamento 23, Barrio Norte, Ciudad Autonoma de Buenos Aires. No se llamo a testimoniar a los vecinos, ni se hizo un relevamiento de la zona ni siquiera con el servicio social, no se llamo a testimoniar al administrador del edificio ( administracion Casella) .- No se llamo a personal especializado en crimen organizado, ni policia especializada en trata ni pedofilia, ni pornografia infantil, no se puso la causa en el fuero que corresponde que es el fuero penal federal ( de varios paises) por los delitos cometidos.
No se informo ni al fiscal Nardiello ni a la querella de la excarcelacion ( plausible de nulidad total)
No se investigaron los antecedentes de Jorge Corsi de antes de 1989, Jorge Corsi nacio en 1946 y no hay informacion disponible anterior a 1989 ( gobierno Menem)
No se informo al FBI de los delitos informaticos , como la publicación de decenas de vídeos donde Corsi y los integrantes de la banda mantenian relaciones sexuales con niños.-
No se pidio informacion ni se otorgo informacion a la ONG Telefono Arcobaleno que es la ONG que mas pedofilos llevo a prision en el mundo y que marco a Corsi como pedofilo en el año 2000 y que Telefono Arcobaleno habia informado a Interpol Internacional.
No se investigaron todas sus salidas de Argentina, sus destinos y motivos, ni sus delitos cometidos en el exterior de Argentina ni se cumplio con la Convencion contra el Crimen Organizado Transnacional.
No se investigo que nacionalidades tiene, como que posee pasaporte de la Comunidad Europea , pasaporte español y se lo libero cuando entrego el pasaporte argentino y tiene en su haber el pasaporte español sino otros tambien. Viajes periodicos a españa, republicana dominicana, paraguay, y otros destinos.-
Tenia alerta amarilla como pedofilo desde el año 2000 de interpol europa.
Desde 1989 formo parte de la catedra de violencia familiar de la Universidad de Buenos Aires y el invito a Eva Giberti ( sicologa, funcionaria publica del gobierno argentino) a formar parte de la catedra y Eva Giberti lo incorporo al Ministerio del Interior en el programa las Victimas contra la Violencia. Relacion con Eva Giberti de 20 años. No se investigo a Eva Giberti.
No se enviaron exhortos internacionales a los paises damnificados por los delitos ( corrupcion de menores, pedofilia, pornografia infantil, violacion de niños, estupro, asociacion ilicita, abuso sexual con acceso carnal, subida de los videos de los niños violados y venta de los videos y otros)
Fueron violados la Constitucion Nacional, art 75 , inciso 22, la Convencion Internacional de los derechos de los niños (1989) Pacto de Rio ( 2008) Pacto de San Jose de Costa Rica, Tratado de Palermo, Convencion Internacional sobre Internet, Convencion Internacional contra el Crimen organizado internacional, como la ley 25087 que dice que es tan responsable de abuso el que lo hiciere o el que lo propiciare y la ley nacional contra la Trata de Personas 26364, ya que hubieron captores, sumision a la servidumbre , violacion, corrupcion, y trata.
Internet fue un programa desarrollado por Microsoft a pedido del Ministerio de Defensa de Estados Unidos, y todo delito cometido en Internet es jurisdiccion de Estados Unidos de acuerdo a la Convencion Internacional de Internet y Argentina firmo la extradicion obligatoria a USA en caso de delitos informaticos, cuya pena menor es de siete años de prision.
No fue informado el FBI sobre los delitos de pedofilia subida a internet por la banda internacional que lidera Jorge Corsi.-
No se actuo de acuerdo a derecho nacional ni internacional,. es decir, el proceso judicial violento leyes nacionales, pactos, tratados internacionales y leyes de otros paises.-
El 1ero de Diciembre del 2008 entro en vigencia el Pacto de Rio por el cual Argentina se comprometio con Naciones Unidas en eliminar estos delitos en el termino de cinco años, aumentando todos las herramientas para la persecusion de estos delitos. Argentina esta obligada a dar un informe anual a Naciones Unidas sobre los actuado.
En menos de un mes el Pacto de Rio fue violado por el fallo de casacion penal que le otorga la facilidad de quedar libre a Jorge Corsi en base al plenario Diaz Bessone que dice que no existe la prision preventiva en la Argentina y que el procesado ( considerado culpable) no puede ir preso ni aun condenado en juicio oral hasta que quede firme la sentencia lo que en rigor en Argentina podria llevar a diez años de proceso.-
La jurisprudencia se puede tomar voluntariamente, ningun juez esta obligado a cumplir una jurisprudencia si considera que el caso no coincide con esa jurisprudencia.
Pero las leyes y los pactos internacionales estan obligados a cumplirlos , en este caso se basaron en una jurisprudencia autorreferencial de casacion penal con la que la justicia argentina libero a un represor acusado de delitos de lesa humanidad ( Diaz Bessone)
En tres dias despues de liberado Corsi , han salido en plena feria judicial ( vacaciones de verano), receso del congreso, cuando no hay nadie en Buenos Aires y todo el mundo esta de vacaciones 8 violadores bajo jurisprudencia Corsi y un matrimonio asesino al violador de su hija por no creer en la Justicia Argentina…Corsi fue liberado el martes pasado.
No se investigo en el fuero federal de todos los paises involucrados como daminicados por este red mafiosa de pedofilos, ni se ayudo a la investigacion internacional ni se pidio la cooperacion internacional que el caso requiere y reviste.
Por otro lado al momento de su detencion por la denuncia de un menor damnificado Jorge Corsi era funcionario del Ministerio del Interior y de Justicia, del programa las Victimas contra la Violencia.-
Hacemos saber que en corrillos carcelarios se sabe que puede limpiarse los antecedentes de una persona por determinadas sumas y casualmente no hay ninguna informacion de Jorge Corsi antes de 1989.-
El Pacto de RIO dice que Argentina se compromete a Prevenir, eliminar y sancionar el abuso sexual infantil, la explotacion sexual infantil , la pedofilia, la pornografia infantil y la trata, con politicas publicas de urgencia. Entro en rigor el pasado 1 de diciembre del 2008.-
Jorge Corsi salio por el puntapie inicial que le dio un fallo de casacion penal de fecha 31 de diciembre del 2008 a las 13.30 horas , feriado, asueto, dia de brindis y no hay jurisprudencia anterior de que casacion resolviera una causa en 36 horas como fue resuelta esta, ya que habia sido rechazada en Camara el 29 de diciembre del 2008 la excarcelacion de Jorge Corsi, tampoco hay jurisprudencia de fallos de casacion en esta fecha y horario . Casacion tiene retenidas mientras tanto casos de derechos humanos hace tres años.-
Con esto se violo la igualdad ante la ley.-
Argentina tiene ya demasiada historia en fuga de criminales transnacionales como el famoso caso de Francoise Chiappe que lo buscaba todo el mundo fue detenido en Argentina y fugo en Buenos Aires.
Hollywood esta lleno de peliculas donde los criminales dicen que fugan a Buenos Aires.
Con los antecedentes estos se le dio libertad a Jorge Corsi y aparentemente se encontraria profugo y la justicia no sabe donde ubicarlo.-
Se lo libero el martes 20 de Enero del 2009 a la noche y los vecinos dicen que jamas entro al edificio.
Asimismo los vecinos informan que hay una clinica siquiatrica a la vuelta de la casa de Corsi con victimas de Corsi. Los vecinos de Corsi dicen que el pasaba todos los eneros en pinamar y que podria estar en pinamar pero que no lo vieron ni entrar ni salir al unico domicilio que el entrego a la justicia.
Tambien nos informaron que viajaba asiduamente al exterior.-
Se lo libero en la base que no se profugaria y sin embargo tuvo todas las posibilidades de hacerlo
Segun versiones que no se pueden confirmar casacion penal habria recibido una suma muy importante de dinero el 31 de diciembre del 2008 para liberar a Corsi, luego la Camara del Crimen habria recibido otro monto importante el 6 de enero del 2009 y otra suma habria corrido el lunes pasado.
Se realizo la liberacion de un criminal transnacional en plena feria judicial , receso del congreso, vacaciones en Argentina, utilizando la oportunidad de que no hay gente en Buenos Aires…
Es muy dificil hacer todo mal….no?
RACHEL HOLWAY

Jorge Corsi ha sido un destacado activista por los derechos humanos y contra la violencia de género. También fueron excarcelados Augusto Correa y Pablo López Vidal, que debieron pagar $ 50.000. En el caso en el que se investiga a Corsi, Correa y Vidal la etapa de instrucción ya terminó y el caso está listo para ser sometido a juicio en el Tribunal Oral 11. La fecha estimada es fines de este año. El caso genera una enorme controversia y algunas voces en busca de reconocimiento como la de Raquel Holway y su ONG Alerta Vida, han sido de las primeras no sólo en sumarse al coro del juicio mediatico (Ver MÁS), sino del linchamiento y la persecución física del mismo, o escrachamiento, una curiosa forma de entender la defensa de los derechos de los menores.¿Qué dice la astróloga-futurologa tarotista, Raquel Hollway en un mensaje recibido el día 26 de enero a Heterodoxia?
Todo lo que se hizo mal en la Investigacion y Procedimiento de la Causa del Lider de la Banda de Pedofilos Internacional, Lic. Jorge Corsi.-
No se investigo la escena del crimen debidamente, Paraguay 3457, Piso 8vo, departamento 23, Barrio Norte, Ciudad Autonoma de Buenos Aires. No se llamo a testimoniar a los vecinos, ni se hizo un relevamiento de la zona ni siquiera con el servicio social, no se llamo a testimoniar al administrador del edificio ( administracion Casella) .- No se llamo a personal especializado en crimen organizado, ni policia especializada en trata ni pedofilia, ni pornografia infantil, no se puso la causa en el fuero que corresponde que es el fuero penal federal ( de varios paises) por los delitos cometidos.
No se informo ni al fiscal Nardiello ni a la querella de la excarcelacion ( plausible de nulidad total)
No se investigaron los antecedentes de Jorge Corsi de antes de 1989, Jorge Corsi nacio en 1946 y no hay informacion disponible anterior a 1989 ( gobierno Menem)
No se informo al FBI de los delitos informaticos , como la publicación de decenas de vídeos donde Corsi y los integrantes de la banda mantenian relaciones sexuales con niños.-
No se pidio informacion ni se otorgo informacion a la ONG Telefono Arcobaleno que es la ONG que mas pedofilos llevo a prision en el mundo y que marco a Corsi como pedofilo en el año 2000 y que Telefono Arcobaleno habia informado a Interpol Internacional.
No se investigaron todas sus salidas de Argentina, sus destinos y motivos, ni sus delitos cometidos en el exterior de Argentina ni se cumplio con la Convencion contra el Crimen Organizado Transnacional.
No se investigo que nacionalidades tiene, como que posee pasaporte de la Comunidad Europea , pasaporte español y se lo libero cuando entrego el pasaporte argentino y tiene en su haber el pasaporte español sino otros tambien. Viajes periodicos a españa, republicana dominicana, paraguay, y otros destinos.-
Tenia alerta amarilla como pedofilo desde el año 2000 de interpol europa.
Desde 1989 formo parte de la catedra de violencia familiar de la Universidad de Buenos Aires y el invito a Eva Giberti ( sicologa, funcionaria publica del gobierno argentino) a formar parte de la catedra y Eva Giberti lo incorporo al Ministerio del Interior en el programa las Victimas contra la Violencia. Relacion con Eva Giberti de 20 años. No se investigo a Eva Giberti.
No se enviaron exhortos internacionales a los paises damnificados por los delitos ( corrupcion de menores, pedofilia, pornografia infantil, violacion de niños, estupro, asociacion ilicita, abuso sexual con acceso carnal, subida de los videos de los niños violados y venta de los videos y otros)
Fueron violados la Constitucion Nacional, art 75 , inciso 22, la Convencion Internacional de los derechos de los niños (1989) Pacto de Rio ( 2008) Pacto de San Jose de Costa Rica, Tratado de Palermo, Convencion Internacional sobre Internet, Convencion Internacional contra el Crimen organizado internacional, como la ley 25087 que dice que es tan responsable de abuso el que lo hiciere o el que lo propiciare y la ley nacional contra la Trata de Personas 26364, ya que hubieron captores, sumision a la servidumbre , violacion, corrupcion, y trata.
Internet fue un programa desarrollado por Microsoft a pedido del Ministerio de Defensa de Estados Unidos, y todo delito cometido en Internet es jurisdiccion de Estados Unidos de acuerdo a la Convencion Internacional de Internet y Argentina firmo la extradicion obligatoria a USA en caso de delitos informaticos, cuya pena menor es de siete años de prision.
No fue informado el FBI sobre los delitos de pedofilia subida a internet por la banda internacional que lidera Jorge Corsi.-
No se actuo de acuerdo a derecho nacional ni internacional,. es decir, el proceso judicial violento leyes nacionales, pactos, tratados internacionales y leyes de otros paises.-
El 1ero de Diciembre del 2008 entro en vigencia el Pacto de Rio por el cual Argentina se comprometio con Naciones Unidas en eliminar estos delitos en el termino de cinco años, aumentando todos las herramientas para la persecusion de estos delitos. Argentina esta obligada a dar un informe anual a Naciones Unidas sobre los actuado.
En menos de un mes el Pacto de Rio fue violado por el fallo de casacion penal que le otorga la facilidad de quedar libre a Jorge Corsi en base al plenario Diaz Bessone que dice que no existe la prision preventiva en la Argentina y que el procesado ( considerado culpable) no puede ir preso ni aun condenado en juicio oral hasta que quede firme la sentencia lo que en rigor en Argentina podria llevar a diez años de proceso.-
La jurisprudencia se puede tomar voluntariamente, ningun juez esta obligado a cumplir una jurisprudencia si considera que el caso no coincide con esa jurisprudencia.
Pero las leyes y los pactos internacionales estan obligados a cumplirlos , en este caso se basaron en una jurisprudencia autorreferencial de casacion penal con la que la justicia argentina libero a un represor acusado de delitos de lesa humanidad ( Diaz Bessone)
En tres dias despues de liberado Corsi , han salido en plena feria judicial ( vacaciones de verano), receso del congreso, cuando no hay nadie en Buenos Aires y todo el mundo esta de vacaciones 8 violadores bajo jurisprudencia Corsi y un matrimonio asesino al violador de su hija por no creer en la Justicia Argentina…Corsi fue liberado el martes pasado.
No se investigo en el fuero federal de todos los paises involucrados como daminicados por este red mafiosa de pedofilos, ni se ayudo a la investigacion internacional ni se pidio la cooperacion internacional que el caso requiere y reviste.
Por otro lado al momento de su detencion por la denuncia de un menor damnificado Jorge Corsi era funcionario del Ministerio del Interior y de Justicia, del programa las Victimas contra la Violencia.-
Hacemos saber que en corrillos carcelarios se sabe que puede limpiarse los antecedentes de una persona por determinadas sumas y casualmente no hay ninguna informacion de Jorge Corsi antes de 1989.-
El Pacto de RIO dice que Argentina se compromete a Prevenir, eliminar y sancionar el abuso sexual infantil, la explotacion sexual infantil , la pedofilia, la pornografia infantil y la trata, con politicas publicas de urgencia. Entro en rigor el pasado 1 de diciembre del 2008.-
Jorge Corsi salio por el puntapie inicial que le dio un fallo de casacion penal de fecha 31 de diciembre del 2008 a las 13.30 horas , feriado, asueto, dia de brindis y no hay jurisprudencia anterior de que casacion resolviera una causa en 36 horas como fue resuelta esta, ya que habia sido rechazada en Camara el 29 de diciembre del 2008 la excarcelacion de Jorge Corsi, tampoco hay jurisprudencia de fallos de casacion en esta fecha y horario . Casacion tiene retenidas mientras tanto casos de derechos humanos hace tres años.-
Con esto se violo la igualdad ante la ley.-
Argentina tiene ya demasiada historia en fuga de criminales transnacionales como el famoso caso de Francoise Chiappe que lo buscaba todo el mundo fue detenido en Argentina y fugo en Buenos Aires.
Hollywood esta lleno de peliculas donde los criminales dicen que fugan a Buenos Aires.
Con los antecedentes estos se le dio libertad a Jorge Corsi y aparentemente se encontraria profugo y la justicia no sabe donde ubicarlo.-
Se lo libero el martes 20 de Enero del 2009 a la noche y los vecinos dicen que jamas entro al edificio.
Asimismo los vecinos informan que hay una clinica siquiatrica a la vuelta de la casa de Corsi con victimas de Corsi. Los vecinos de Corsi dicen que el pasaba todos los eneros en pinamar y que podria estar en pinamar pero que no lo vieron ni entrar ni salir al unico domicilio que el entrego a la justicia.
Tambien nos informaron que viajaba asiduamente al exterior.-
Se lo libero en la base que no se profugaria y sin embargo tuvo todas las posibilidades de hacerlo
Segun versiones que no se pueden confirmar casacion penal habria recibido una suma muy importante de dinero el 31 de diciembre del 2008 para liberar a Corsi, luego la Camara del Crimen habria recibido otro monto importante el 6 de enero del 2009 y otra suma habria corrido el lunes pasado.
Se realizo la liberacion de un criminal transnacional en plena feria judicial , receso del congreso, vacaciones en Argentina, utilizando la oportunidad de que no hay gente en Buenos Aires…
Es muy dificil hacer todo mal….no?
RACHEL HOLWAY
ALERTA VIDA ONG
005491158721823
1558721823
Buenos Aires
Argentina
Comentarios
Milagros de aquí puedes sacra la nota es muy extenso y docuemntado
Docente: Lic. Ana Manukián
Alumna: Norma Pretti
3º año Consultoría Psicológica
Materia: Ética y Deontología
TRABAJO PRÁCTICO
Salud mental equilibrada del psicólogo, counselor, psiquiatra
psicólogo social, etc.
Instituto Juan Amós Comenio
-Noviembre 2011-
Salud mental equilibrada del psicólogo, counselor, psiquiatra
Psicólogo social, etc
¿Qué “seguridad” tenemos sobre la idoneidad del profesional al que acudimos a la hora de necesitar un tratamiento de tipo terapéutico?
¿Quién regula y/o controla el ejercicio de las profesiones que tienen que ver con la salud mental? ¿De qué manera lo hacen?
¿Quién nos garantiza que ese profesional, no solo tiene las capacidades adquiridas (y “certificadas”) por la institución pertinente a la que concurrió para obtener su diploma y aún las prácticas obtenidas en las mismas instituciones después de haber obtenido “legalmente” su título, sino que además “funciona” congruentemente en todos los aspectos que hagan al ejercicio de su profesión?
¿Cómo podemos estar “razonablemente” seguros de que ellos mismos no padecen de algún tipo de trastorno?
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El presente trabajo está basado en la observación de la necesidad de un cierto control en el ejercicio de las profesiones, en este caso, las que tienen que ver con la salud mental.
El mencionado control podría estar referido, por ejemplo, a algún tipo de psicodiagnóstico que acredite el hecho de contar con las capacidades y habilidades en conocimientos y técnicas como para aplicarlas a las personas que lo necesiten, así como un estado de salud mental acorde a las necesidades de la profesión.
En cuanto a los conocimientos, los establecimientos en que se dictan las carreras (universidades, institutos universitarios, institutos, etc.), avalarían los mismos desde la normativa del Ministerio de Educación.
En cuanto al desarrollo de capacidades y habilidades es posible que sea de la misma manera, pero en el mencionado desarrollo debería incluirse el de ser “evaluado” en las condiciones psicológicas...
Se acompaña la Ley que regula el ejercicio profesional de los psicólogos, donde no se menciona el “control” de la salud psíquica de los mismos. Es más, en el Título III, relativo a las Inhabilidades e incompatibilidades, menciona que “no podrán ejercer la profesión”: los que padezcan enfermedades psíquicas graves, lo que no menciona es quién mi cómo determina esa “enfermedad psíquica grave”.
Así como el Ministerio de Economía, a través de la A.F.I.P., “controla” enviando sus inspectores, la declaración y cumplimiento del pago de los tributos, o las Municipalidades, tienen la facultad para “controlar”, también a través de sus inspectores, el cumplimiento de lo regulado por las distintas Resoluciones que le competen, en cuanto a la habilitación de comercios (en este caso: consultorios, clínicas, etc.); de la misma manera, considero que el Ministerio de Salud y Seguridad Social, debería “controlar” la labor de los profesionales que tengan relación con la salud (aún con la “salud mental”), pero no desde el cumplimiento del pago de una matrícula (por ejemplo), sino desde la evaluación psicológica.
Lo antedicho no tiene que ver solo con una “opinión”, está fundado en la observación de múltiples casos en los que fue violada la regulación de las profesiones, con mayor motivo, en el caso de los profesionales mencionados, cuyo régimen legal para el ejercicio de la profesión no hace mención de su propia salud psíquica.
La regulación excedería el Código de Ética de las mencionadas profesiones, ya que los mismos no hacen mención de este tipo de controles, que considero necesarios. Los casos en que se mencionan los excesos relativos al tema, en general, tienen que ver con lo legal, “porque contradicen una norma”, una ley, una resolución. Por lo tanto, sería cuestión, entonces, de incluir el tema de la salud mental del profesional como ley. (Dicho así suena como que está de más la aclaración, pero en la realidad es obvio que no está de más.)
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Para ilustrar lo mencionado anteriormente, se acompaña, a modo de ejemplo, el “Caso del psicólogo Jorge Corsi” (cabe aclarar que el mismo aún no está resuelto definitivamente por la justicia):
Procesado por "estupro con acceso carnal" y "corrupción de menores agravada", y acusado de ser el jefe de una banda de pedófilos. Cabe aclarar que el mencionado psicólogo era considerado una “autoridad en la lucha contra la violencia familiar y uno de los referentes de los hombres que están contra la violencia machista, reconocido como un autoridad internacional en temas como el maltrato infantil o el abuso de menores” .
También se acompaña la normativa en relación con las funciones del Ministerio de Salud (que considero sería al que le corresponde los controles mencionados). Está marcado en “negrita” lo que tiene relación directa con el tema. Cabe aclarar que, en ningún caso, se menciona específicamente el área como no sea relacionado con Psiquiatría, es decir, la impresión es que lo que no sea “físico”, no tendría que ver con la “salud” de las personas.
Asimismo se acompaña el texto de la Ley de Salud Mental, de diciembre 2010, un acercamiento que, si bien tiene que ver con el tema, no creo que determine la funcionalidad real en el ejercicio de las profesiones que tienen que ver con el tema, además de que debería ser una ley NACIONAL la que se ocupe del tema. Es positivo, de todos modos, el hecho de que se esté trabajando en él…
(No se transcriben las normativas “completas” por un tema de extensión en el trabajo.)
La pregunta es: ¿hubiera ocurrido este hecho si hubieran habido controles seguros?
Yo creo que la posibilidad hubiera disminuido y solo eso cuenta.
MINISTRIO DE SALUD
Funciones y Objetivos
Compete al MINISTERIO DE SALUD asistir al Presidente de la Nación y al Jefe de Gabinete de Ministros, en orden a sus competencias, en todo lo inherente a la salud de la población, y a la promoción de conductas saludables de la comunidad y, en particular:
1. Entender en la determinación de los objetivos y políticas del área de su competencia;
2. Ejecutar los planes, programas y proyectos del área de su competencia elaborados conforme las directivas que imparta el PODER EJECUTIVO NACIONAL;
3. Entender en la fiscalización del funcionamiento de los servicios, establecimientos e instituciones relacionadas con la salud;
4. Entender en la planificación global del sector salud y en la coordinación con las autoridades sanitarias de las jurisdicciones provinciales y del Gobierno Autónomo de la Ciudad de Buenos Aires, con el fin de implementar un Sistema Federal de Salud, consensuado, que cuente con la suficiente viabilidad social;
5. Entender en la elaboración de las normas destinadas a regular los alcances e incumbencias para el ejercicio de la medicina, la odontología y profesiones afines, garantizando la accesibilidad y la calidad de la atención médica;
6. Intervenir en la fiscalización del estado de salud de los aspirantes a ingresar en la Administración Pública Nacional y de aquéllos que ya se desempeñan en la misma;
7. Intervenir en su ámbito, en el estudio, reconocimiento y evaluación de las condiciones ambientales de los lugares destinados a realizar tareas, cualquiera sea su índole o naturaleza, con presencia circunstancial o permanente de personas físicas;
8. Intervenir en la elaboración de las normas reglamentarias sobre medicina del trabajo;
9. Intervenir en la elaboración de las normas reglamentarias sobre medicina del deporte;
10. Entender en la fiscalización médica de la inmigración y la defensa sanitaria de fronteras, puertos, aeropuertos y medios de transporte internacional;
11. Entender en el ejercicio del poder de policía sanitaria en lo referente a productos, equipos e instrumental vinculados con la salud, e intervenir en la radicación de las industrias productoras de los mismos;
12. Entender en el dictado de normas y procedimientos de garantía de calidad de la atención médica;
13. Intervenir en la aprobación de los proyectos de los establecimientos sanitarios que sean construidos con participación de entidades privadas;
14. Entender en la coordinación, articulación y complementación de sistemas de servicios de salud estatales del ámbito nacional, provincial y municipal, de la seguridad social, y del sector privado;
15. Entender en la organización, dirección y fiscalización del registro de establecimientos sanitarios públicos y privados;
………………..
Fuente: Artículo art. 3°
del Decreto Nº 828/2006 B.O. 10/7/2006
Ley Nacional de Ejercicio Profesional
Ley Nº 23.277
Sancionada: setiembre 27 de 1985.
Promulgada de Hecho: noviembre 6 de 1985.
Buenos Aires, viernes 15 de noviembre de 1985. "Bicentenario del nacimiento del General Martín Miguel de Güemes. 1785-1985
Ámbito y Autoridad de Aplicación. Condiciones para su ejercicio. Inhabilidades e incompatibilidades. Derechos y obligaciones. Prohibiciones.
…………….
TITULO III
Inhabilidades e incompatibilidades
No podrán ejercer la profesión:
Los condenados por delitos contra las personas, el honor, la libertad, la salud pública o la fe pública, hasta el transcurso de un tiempo igual al de la condena, que en ningún caso podrá ser menor de dos años.
Los que padezcan enfermedades psíquicas graves y/o infecto-contagiosas mientras dure el período de contagio.
De los derechos y obligaciones
Los profesionales que ejerzan la psicología podrán:
Efectuar interconsultas y/o derivaciones a otros profesionales de la salud cuando la naturaleza del problema así lo requiera.
ARTICULO 8º - Los profesionales que ejerzan la psicología están obligados a:
Proteger a los examinados asegurándoles que las pruebas y resultados que obtenga se utilizarán de acuerdo a normas éticas y profesionales.
Prestar la colaboración que le sea requerida por las autoridades sanitarias en caso de emergencias.
Guardar el más riguroso secreto profesional sobre cualquier prescripción o acto que realizare en cumplimiento de sus tareas especificas, así como de los datos o hechos que se les comunicare en razón de su actividad profesional sobre aspectos físicos, psicológicos o ideológicos de las personas.
Fijar domicilio profesional dentro del territorio de la Capital Federal, Tierra del Fuego e Islas del Atlántico Sur.
TITULO V
De las prohibiciones
Queda prohibido a los profesionales que ejerzan la psicología:
Participar honorarios entre psicólogos o con cualquier otro profesional, sin perjuicio del derecho a presentar honorarios en conjunto por el trabajo realizado en equipo.
Anunciar o hacer anunciar actividad profesional como psicólogo publicando falsos éxitos terapéuticos, estadísticas ficticias, datos inexactos; prometer resultados en la curación o cualquier otro engaño.
ARTICULO 10º - Deróganse los artículos 9º y 91º de la norma de facto 17.132 y toda otra disposición que se oponga a la presente ley.
ARTICULO 11º - Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino, en Buenos Aires, a los veintisiete días del mes de septiembre del año mil novecientos ochenta y cinco.
J.C. Pugliese - E. Otero - C.A. Bravo - A. J. Macris. Registrada bajo el Nº 23.277
Texto definitivo
(15 DE DICIEMBRE 2010)
LEY 448
LEY DE SALUD MENTAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
(ir al texto en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires)
TÍTULO I
LA SALUD MENTAL EN LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
Capítulo I
Disposiciones generales
Artículo 1º.- [Objeto] La presente ley tiene por objeto garantizar el derecho a la salud mental de todas las personas en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo. 2º.- [Principios] La garantía del derecho a la salud mental se sustenta en: Lo establecido por la Ley Básica de Salud Nº 153 en el Artículo 3º y en el Artículo 48 inc. c);
• El reconocimiento de la salud mental como un proceso determinado histórica y culturalmente en la sociedad, cuya preservación y mejoramiento implica una dinámica de construcción social, y está vinculada a la concreción de los derechos al trabajo, al bienestar, a la vivienda, a la seguridad social, a la educación, a la cultura, a la capacitación y a un medio ambiente saludable. La salud mental es inescindible de la salud integral, y parte del reconocimiento de la persona en su integridad bio-psico-socio-cultural y de la necesidad del logro de las mejores condiciones posibles para su desarrollo físico, intelectual y afectivo;
• El desarrollo con enfoque de redes de la promoción, prevención, asistencia, rehabilitación, reinserción social y comunitaria, y la articulación efectiva de los recursos de los tres subsectores;
• La intersectorialidad y el abordaje interdisciplinario en el desarrollo del Sistema de Salud Mental;
• La articulación operativa con las instituciones, las organizaciones no gubernamentales, la familia y otros recursos existentes en la comunidad, a fin de multiplicar las acciones de salud y facilitar la resolución de los problemas en el ámbito comunitario;
• La internación como una modalidad de atención, aplicable cuando no sean posibles los abordajes ambulatorios;
• El respeto a la pluralidad de concepciones teóricas en salud mental;
• La función del Estado como garante y responsable del derecho a la salud mental individual, familiar, grupal y comunitaria. Evitando políticas, técnicas y prácticas que tengan como fin el control social.
Artículo 3º [Derechos]. Son derechos de todas las personas en su relación con el Sistema de Salud Mental:
• Los establecidos por la Constitución Nacional, la Convención de los Derechos del Niño y demás tratados internacionales, la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, y la Ley Nº 153 en su artículo 4º;
• A la identidad, a la pertenencia, a su genealogía y a su historia;
• El respeto a la dignidad, singularidad, autonomía y consideración de los vínculos familiares y sociales de las personas en proceso de atención;
• A no ser identificado ni discriminado por padecer o haber padecido un malestar psíquico;
• A la información adecuada y comprensible, inherente a su salud y al tratamiento, incluyendo las alternativas para su atención;
• A la toma de decisiones relacionadas con su atención y su tratamiento;
• La atención basada en fundamentos científicos ajustados a principios éticos y sociales;
• El tratamiento personalizado y la atención integral en ambiente apto con resguardo de su intimidad;
• La aplicación de la alternativa terapéutica más conveniente y que menos limite su libertad;
• La rehabilitación y la reinserción familiar, laboral y comunitaria;
• A la accesibilidad de familiares u otros, en el acompañamiento de los niños, niñas y adolescentes internados, salvo que mediare contraindicación profesional.
Capítulo II
Autoridad de aplicación
Artículo 4º [Autoridad de aplicación] La autoridad de aplicación de la presente Ley es el nivel jerárquico superior del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires en materia de Salud Mental.
Artículo 5º [Autoridad de aplicación. Funciones] La autoridad de aplicación conduce, regula y controla el Sistema de Salud Mental. Son sus funciones:
• La formulación, planificación, ejecución y control de las políticas de salud mental de conformidad a los principios y objetivos establecidos en la presente Ley;
• La elaboración del Plan de Salud Mental;
• La conducción, coordinación y regulación del Sistema de Salud Mental;
• La habilitación y control de los establecimientos y servicios de salud mental de los tres subsectores y la evaluación de la calidad de las prestaciones;
• La regulación y control del ejercicio de las profesiones relacionadas con la salud mental, de conformidad con la legislación vigente;
• El desarrollo de un sistema de información, vigilancia epidemiológica y planificación estratégica como elemento de gestión del Sistema;
• La promoción de la capacitación de todo el personal que desarrolle actividades de salud mental en los tres subsectores;
• La articulación de políticas y actividades de salud mental con los municipios del Conurbano Bonaerense, orientados a la constitución de una red metropolitana de servicios de salud mental;
• La concertación de políticas de salud mental con los gobiernos nacional y provinciales;
• Todas las acciones que garanticen los derechos relativos a la salud mental de todas las personas;
• Convocar al Consejo General de Salud Mental no menos de seis veces al año para el tratamiento de los temas con referencia a sus funciones;
• Elaborar anualmente el presupuesto operativo de Salud Mental, a fin de garantizar la estimación y previsión de los fondos suficientes para: los gastos operativos, la readecuación de los actuales servicios y la construcción e implementación de la estructura inexistente y necesaria. El mismo deberá contemplar la totalidad de los efectores individualizados en la presente Ley.
Artículo 6º [Consejo General de Salud Mental] La autoridad de aplicación crea y coordina un Consejo General de Salud Mental, de carácter consultivo, no vinculante, honorario, con funciones de asesoramiento integrado por representantes de:
• trabajadores profesionales y no profesionales del subsector estatal;
• asociaciones de asistidos y familiares;
• asociaciones sindicales con personería gremial;
• instituciones de formación;
• instituciones académicas;
• asociaciones profesionales;
• la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires.
La autoridad de aplicación, invitará al Poder Judicial y a la Universidad de Buenos Aires a integrarse al Consejo General.
Artículo 7º [Consejo General de Salud Mental. Funciones] Son funciones del Consejo General de Salud Mental asesorar en:
• la formulación de políticas, programas y actividades de salud mental;
• la evaluación y seguimiento del Plan de Salud Mental;
• los aspectos vinculados a cuestiones éticas;
• los lineamientos generales de políticas en articulación con el Consejo General de Salud.
…………………..
Articulo 10º [Sistema de Salud Mental. Lineamientos y acciones] La autoridad de aplicación debe contemplar los siguientes lineamientos y acciones en la conducción, regulación y organización del Sistema de Salud Mental.
• La promoción de la salud mental de la población a través de la ejecución de políticas orientadas al reforzamiento y restitución de lazos sociales solidarios;
• La prevención tendrá como objetivo accionar sobre problemas específicos de salud mental y los síntomas sociales que emergen de la comunidad;
• La asistencia debe garantizar la mejor calidad y efectividad a través de un sistema de redes;
• La potenciación de los recursos orientados a la asistencia ambulatoria, sistemas de internación parcial y atención domiciliaria, procurando la conservación de los vínculos sociales, familiares y la reinserción social y laboral;
• La asistencia en todos los casos será realizada por profesionales de la salud mental certificados por autoridad competente;
• La recuperación del bienestar psíquico y la rehabilitación de las personas asistidas en casos de patologías graves, debiendo tender a recuperar su autonomía, calidad de vida y la plena vigencia de sus derechos;
• La reinserción social mediante acciones desarrolladas en conjunto con las áreas de Trabajo, Educación, Promoción Social y aquellas que fuesen necesarias para efectivizar la recuperación y rehabilitación del asistido;
• La conformación de equipos interdisciplinarios de acuerdo a las incumbencias específicas;
• Los responsables de los establecimientos asistenciales deben tener conocimiento de los recursos terapéuticos disponibles, de las prácticas asistenciales, de los requerimientos de capacitación del personal a su cargo, instrumentando los recursos necesarios para adecuar la formación profesional a las necesidades de los asistidos.
Artículo 11º [Organización] El Sistema de Atención de Salud Mental de la Ciudad se organiza e implementa conforme a los principios rectores derivados de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, de la Ley Básica de Salud y de la presente Ley.
Artículo 12º [Subsector estatal. Lineamientos] A los efectos de lo dispuesto en el artículo precedente son criterios en la conformación del subsector estatal:
• La implementación de un modelo de atención que, en consonancia con lo dispuesto por la Ley Básica de Salud, garantice la participación a través de prácticas comunitarias;
• La adecuación de los recursos existentes al momento de la sanción de la presente Ley, a los efectos de transformar el modelo hospital céntrico, para el desarrollo de un nuevo modelo de salud mental;
• A los efectos de la implementación de lo dispuesto en los artículos 28º y 31º y concordantes de la ley Nº 153, se reconoce la especificidad del Sistema de Salud Mental;
• Promover la participación de los trabajadores, profesionales y no profesionales del subsector, a los efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 48, inciso c) de la Ley Nº 153;
• La implementación de la historia clínica única, entendida como herramienta del trabajo terapéutico, no pudiendo constituirse en fuente de discriminación;
• Los integrantes de los equipos interdisciplinarios delimitan sus intervenciones a sus respectivas incumbencias, asumiendo las responsabilidades que derivan de las mismas;
• Las intervenciones de las disciplinas no específicas del campo de la Salud Mental, serán refrendadas por los profesionales cuya función les asigna la responsabilidad de conducir las estrategias terapéuticas, efectuar las derivaciones necesarias e indicar la oportunidad y el modo de llevar a cabo acciones complementarias que no son de orden clínico;
• La actualización y perfeccionamiento del personal existente, mediante programas de formación permanente y acordes a las necesidades del Sistema;
• La implementación de acciones para apoyo del entorno familiar y comunitario;
• La coordinación intersectorial e interinstitucional con las áreas y sectores de promoción social, trabajo, educación, Poder Judicial, religiosas, policía, voluntariados, ONGs, organizaciones barriales y otras;
• La centralización de la información registrada en los establecimientos de salud mental;
…………………
CASO: JORGE CORSI
Procesado por "estupro con acceso carnal" y "corrupción de menores agravada", y acusado de ser el jefe de una banda de pedófilos.
CURRICULUM VITAE (Abreviado)
- Licenciado en Psicología (Universidad de Buenos Aires)
- Profesor del Master Interdisciplinario en Estudio e Investigación sobre Violencia Doméstica, de la Universidad Autónoma de Barcelona.
- Fundador y Ex presidente de la Asociación Argentina de Prevención de la Violencia Familiar
- Se especializa en Psicología del Género Masculino y Violencia Masculina
- Durante doce años ha dirigido programas de tratamiento para hombres que ejercen violencia en el ámbito doméstico
- Ha publicado numerosos trabajos sobre el tema, entre ellos los libros "Violencia Familiar", " Violencia Masculina en la Pareja" y “Maltrato y Abuso en el ámbito doméstico” ( Editorial Paidós), y “Violencias Sociales” (Editorial Ariel)
- Ha sido consultor de organismos internacionales para Programas de capacitación profesional en el área Violencia Familiar.
- Ha desarrollado cursos de capacitación en el área de Violencia Familiar en España, México, Venezuela, Panamá, Nicaragua y Uruguay, entre otros.
- Principales antecedentes en el campo de la Prevención y Asistencia de la Violencia Familiar
- Comienza su trabajo en el área de la Violencia Familiar en 1984, siendo uno de los introductores del tema en la Argentina
BIBLIOGRAFÍA DE JORGE CORSI
- VIOLENCIA FAMILIAR. Una mirada interdisciplinaria sobre un grave problema social (Editorial Paidós).
- VIOLENCIA MASCULINA EN LA PAREJA. Una aproximación al diagnóstico y a los modelos de intervención (Editorial Paidós).
- MALTRATO Y ABUSO EN EL ÁMBITO DOMÉSTICO. Fundamentos teóricos para el estudio de la violencia en las relaciones familiares. (Editorial Paidós).
- VIOLENCIAS SOCIALES. Estudios sobre violencia (vol. 8). (Editorial Ariel).
- PSICOTERAPIA INTEGRATIVA MULTIDIMENSIONAL. (Editorial Paidós).
Fallo
Corsi, Jorge (Fallo de l Sala de Feria del 13/01/09 por el que se concede la excarcelación al imputado al no existir elementos objetivos que permitan suponer que eludirá la acción de la justicia o entorpecerá su tramitación (la causa está para elevarse a juicio oral)
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Opiniones contrapuestas sobre la obra de Jorge Corsi
Jueves 31 de Julio de 2008 | En la UNT se prioriza la libertad de cátedra. La Facultad de Psicología no prohibirá los libros del psicólogo detenido.
Fotos ver Imágenes del día
FUERA DE CIRCULACION. Las principales obras de Jorge Corsi, que fueron retiradas de las librerías del país.
El impacto que la detención del psicólogo y especialista en violencia Jorge Corsi ha causado en los ámbitos vinculados con este tema, en Tucumán, sigue causando repercusiones. Corsi, considerado un referente en temas como el maltrato infantil o el abuso de menores, fue apresado en Buenos Aires -donde vive- y está acusado de ser el cabecilla de una banda de pedófilos. Según fuentes cercanas a la investigación, los pederastas abusaban de menores que reclutaban en cibers o locales de comidas rápidas, los involucraban en fiestas sexuales, los filmaban y luego subían los videos a internet.
Mientras la editorial Paidós dispuso el martes retirar las obras de Corsi de todas las librerías del país, especialistas tucumanos todavía debaten si los textos del psicólogo tienen validez o no.
La decana de la Facultad de Psicología de la UNT, Adela Estofán, había señalado a LA GACETA que, a su criterio, “hasta que se expida la Justicia, habría que retirar estos materiales de los claustros. Y, si realmente es culpable, con más razón aún habría que evaluarlos. Estamos hablando de pedofilia... Sé que es muy duro lo que digo, pero el tema es gravísimo y doblemente siniestro en cuanto se trata de un especialista en el tema”. Consultada nuevamente por nuestro diario, Estofán aclaró que mantiene su postura a título personal, pero que ella no ordenará que no se usen las obras de Corsi en clases. “En nuestra Facultad hay libertad de cátedra, y cada profesor tiene derecho a decidir con qué materiales va a trabajar”, subrayó.
Sin autoridad
La psicóloga Marta Salas, profesora titular de Psicología Evolutiva de la Niñez, y por extensión, de Psicología Clínica de Niños y Adolescentes de la Facultad de Psicología de la UNT es una de las profesionales del área que considera que no pueden usarse los libros de Corsi para enseñar en los claustros.
“No podemos decirles a los alumnos: ‘el pedófilo tal dijo tal cosa’; Corsi ha perdido autoridad moral; es más, no sabemos si cuando se refiere al tema del abuso no está, acaso, hablando sobre él mismo”, añadió la profesional.
Lucidez
“El hecho de que Corsi pueda ser un pederasta no invalida que haya tenido y tenga lucidez para escribir un libro”, sostuvo, por su parte, la psicóloga social y lingüista Isabel Requejo.
“La contradicción planteada por un profesional que toda su vida escribió sobre violencia infantil, y que hoy es acusado de ser ejecutante en la práctica de lo que él procuraba evitar, demuestra que ni siquiera la producción científica del conocimiento, hoy, está a resguardo de lo que pueden producir las alteraciones psicológicas”, añadió. `
Requejo, que reconoció que no había empleado nunca la bibliografía del psicólogo detenido, considera que, si se tuviera que dejar en una biblioteca “sólo los textos de autores sanos y libres de dramas pasionales, las estanterías quedarían desiertas”.
“Esto no significa avalar una conducta, que desde todo punto de vista es reprobable, por el padecimiento y sufrimiento que esa persona produjo en quienes se supone que debe cuidar, salvar o curar”, aclaró de inmediato.
“Es deleznable que un profesional preparado para preservar la salud mental de los pacientes se escude detrás de su título para ejecutar conductas que avalan la enfermedad más profunda del ser humano: la perversión”, añadió la profesional.
“Además, los que leen la obra de Corsi o de cualquier otro intelectual o investigador tienen la libertad de recoger o de desechar una parte o toda su teoría; no es necesario apelar a la ‘quema’ de libros”, opinó.
www.parati.com.ar/nota.php?ID=9925
Jorge Corsi: "Tengo la íntima convicción de no haber cometido delito alguno en toda mi vida"
12:17
Además de proclamar su inocencia, el psicólogo acusado de liderar una banda de pedófilos cuestionó el tratamiento del caso por parte de los medios. Y pidió que se respete su vida privada. Lo hizo a través de un mail que le envió a una radio.
El psicólogo Jorge Corsi, procesado por "estupro con acceso carnal" y "corrupción de menores agravada", y acusado de ser el jefe de una banda de pedófilos, proclamó su inocencia desde la cárcel y vaticinó que las acusaciones en su contra "no han sido ni serán probadas".
"He sido condenado y he sufrido una especie de lapidación pública (...) de encarnizamiento mediático, que ha dado por hechos probados lo que en realidad son sorprendentes acusaciones que no han sido ni serán probadas, ya que se trata de hechos que nunca han existido", denunció Corsi a través de un correo electrónico que le hizo llegar a radio Del Plata.
"El mail llegó desde su casilla personal de gmail, pero suponemos que lo envió algún allegado a Corsi", dijo un directivo de la emisora.
"Tengo la íntima convicción de no haber cometido delito alguno en toda mi vida. También lo saben quienes me conocen en forma cercana. Pero a todas aquellas personas que me conocen en forma menos directa, les digo que yo soy como siempre me vieron", subrayó el psicólogo pese a las graves acusaciones en su contra. Y agregó:"No tengo nada que ver con esa especie de monstruo que han inventado los medios".
Incluso, Corsi se animó a pedir que no se ventilen aspectos de su vida privada, "que deberían estar resguardados por el derecho a la intimidad que me asiste".
edant.clarin.com/diario/2008/08/12/um/m-01735988.htm
LA NACIÓN
Causa por pedofilia: Jorge Corsi seguirá detenido
La Cámara del Crimen rechazó la apelación planteada contra el procesamiento y prisión preventiva del psicólogo en la causa en la que está sospechado de integrar una banda de pederastas
La Cámara del Crimen rechazó un planteo contra el procesamiento y prisión preventiva del psicólogo Jorge Corsi, detenido por presuntos delitos sexuales con víctimas adolescentes.
El tribunal rechazó un recurso de casación de Corsi, según confirmaron fuentes judiciales a la agencia Télam, porque la apelación no estaba dirigida contra una resolución que tuviera carácter definitivo.
La defensa del psicólogo había presentado el recurso contra la confirmación del procesamiento con prisión preventiva dictado en primera instancia por la jueza de instrucción María Fontbona de Pombo, pero la sala V de la Cámara sostuvo que el proceso está en pleno trámite y se encamina al juicio oral y público.
Las fuentes agregaron que Corsi solo podrá llegar a la máxima instancia penal mediante la presentación de un "recurso de queja" contra la resolución firmada por los camaristas Mario Filozof, Rodolfo Pociello Argerich y María Laura Garrigós de Rébori.
Meses atrás la Sala V de la Cámara del Crimen había confirmado el procesamiento con prisión preventiva de Corsi, sindicado como integrante de una banda de pederastas que captaba a sus víctimas, todas menores, en cibercafés y locales de comidas rápidas.
En esa oportunidad, el 7 de octubre último, el tribunal confirmó también el procesamiento de Marcelo Rocca Clement, Augusto Correa y Pablo López Vidal.
Todos serán juzgados por supuestos ilícitos para los que el Código Penal prevé castigos de hasta 10 años de prisión.
Luego que la Sala V dictara aquellas medidas otro presunto miembro de la banda, Martín Itzacovich, fue detenido por disposición de la magistrada de primera instancia. .
www.lanacion.com.ar/1085222-causa-por-pedofilia-jorge-c...
LA NACION
Los detenidos son tres
Un reconocido psicólogo, preso por pedofilia
El traslado de los detenidos, anoche, desde la comisaría 6a. porteña para declarar hoy ante la Justicia. Foto: Gustavo Seiguer
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Antecedentes -
Teorías conspirativas en la facultad
Eduardo Jorge Corsi es considerado una de las máximas autoridades académicas en violencia doméstica. Reconocido psicólogo, profesor de la UBA y autor de media docena de libros de texto, integró una comisión para elaborar un proyecto de ley del Gobierno sobre violencia de género. Ayer fue detenido, acusado de formar parte de un grupo de pedófilos que mantenía relaciones sexuales con menores de edad, a quienes seducían con regalos.
Los chicos eran captados por dos jóvenes en cíbers y casas de comida rápida en las zonas de Barrio Norte y de Recoleta, donde reside el psicólogo, de 62 años. Así lo informaron fuentes de la Policía Federal, que también detuvieron a otras dos personas, conocidas del profesional, acusadas de haber mantenido relaciones sexuales con un chico de 15 años, al que grabaron durante esas prácticas. Además, hay una persona prófuga. El psicólogo detenido, según dijeron a LA NACION fuentes policiales, es Eduardo Jorge Corsi, que es reconocido por ser director de la carrera de Especialización en Violencia Familiar de la Universidad de Buenos Aires (UBA) desde 1989, además de ser uno de los fundadores y ex presidente de la Asociación Argentina de Prevención de la Violencia Familiar. Ayer, la Facultad de Psicología de la UBA lo separó preventivamente del cargo hasta que se aclare su situación, según dijo a LA NACION Osvaldo Varela, secretario del Consejo Directivo de esa facultad.
Si bien en un principio fuentes policiales habían dicho que trabajaba como funcionario de un programa oficial de protección de víctimas de maltrato, la titular del Programa Víctimas contra la Violencia, del Ministerio de Justicia, Eva Giberti, aclaró que no trabaja allí y explicó que, junto con otras 50 personas, colaboró en la redacción de un anteproyecto de ley. La experta, conmocionada por la noticia, recordó que ella misma había participado en la cátedra del ahora detenido.
La investigación de la División Delitos contra Menores de la Policía Federal se inició a fines del año pasado con la denuncia de un chico de 15 años.
Con el acompañamiento de sus padres, el adolescente se animó a contar lo que le había pasado y se puso en marcha una pesquisa que incluyó escuchas telefónicas, rastreos de correos electrónicos y vigilancias encubiertas, que terminó en ocho allanamientos realizados en Barrio Norte y en Olivos, en la provincia de Buenos Aires.
El muchacho relató que conoció en una casa de comidas rápidas de Barrio Norte a dos muchachos de unos 18 o 19 años que le propusieron ir a un locutorio. Allí lo tentaron con acceder a imágenes pornográficas, lo que era imposible desde el local donde lo reclutaron, dado que tenía filtros que impedían ver esas páginas web. Así lo convencieron de que los acompañara al departamento de uno de ellos, donde navegaron por páginas de contenido sexual. Se inició una relación con estos jóvenes, que no pasaba de recibir regalos, como teléfonos celulares, ropa o programas de videojuegos.
El nexo entre el muchacho y sus nuevos amigos se prolongó, pero comenzó a cambiar cuando los jóvenes, que mantenían relaciones homosexuales entre ellos, lo invitaron a participar de esas prácticas. "Primero, con un rol activo, y luego, con un rol pasivo", describió a LA NACION uno de los investigadores policiales.
Cuando el muchacho se integró al grupo, lo invitaron a participar del juego junto con otras personas.
Allí, según los policías que investigaron el asunto, lo habrían llevado hasta el departamento del prestigioso psicólogo, situado en la calle Paraguay al 3700, de Palermo.
"Utilizaban prácticas de seducción, no hay ejercicio de violencia", dijo a la prensa el fiscal Martín Niklison, a cargo de la causa, quien explicó que no hay evidencias de que las imágenes de los chicos se hubieran subido a Internet e intercambiado con otros navegantes en la Argentina u otra parte del mundo.
Según los voceros consultados, de esas reuniones con el psicólogo, con el paso del tiempo, empezaron a participar otros hombres amigos suyos, con quienes mantuvo relaciones sexuales. Ahora dos de ellos están detenidos y uno prófugo. Tienen entre 35 y 40 años y se dedican al comercio.
Tras la denuncia del adolescente, la policía reunió evidencias que llevaron a los allanamientos donde se secuestraron discos compactos con imágenes pornográficas. La policía busca ahora a los dos jóvenes que se relacionaban con los chicos en los cíber, pues podrían ser considerados víctimas y testigos de cargo y no imputados. Además, creen que por lo menos otros dos chicos fueron violados por integrantes del grupo.
www.lanacion.com.ar/1033073-un-reconocido-psicologo-p...
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NOTAS SOBRE “EL CASO CORSI”
¡Libertad para Jorge Corsi!
La detención de Jorge Corsi ha sido una desagradable sorpresa para quienes le tenemos como una autoridad en la lucha contra la violencia familiar y como uno de los referentes de los hombres que estamos contra la violencia machista. Para quienes, además lo conocemos personalmente, se añade la preocupación por su salud y el dolor por verlo en medio de un escándalo que amenaza con arruinar su carrera y su vida.
El volumen de las noticias sobre el caso publicadas en Argentina, y su repercusión en los muchos países donde Jorge ha sido reconocido como un autoridad internacional en la materia, ha sido enorme. El tratamiento de la noticia, especialmente en los medios de comunicación argentinos, ha sido particularmente amarillo. Recuerda al tratamiento del caso Arny en el que, en Sevilla (España) a finales de los 90, se vieron involucrados una serie de hombres famosos o conocidos por su dedicación profesional a la educación y protección de menores. A la mayoría de los implicados les costó años de proceso y persecución mediática hasta que consiguieron demostrar su inocencia, que muy pocos presumía o respetaron. Algunos, como un juez de menores acusado, no logró nunca reponerse del daño personal y profesional que el escándalo le produjo.
Las primeras noticias difundidas, a bombo y plató para que hicieran todo el ruido, hablaban de un red internacional de pederastas dirigida por un psicólogo experto en violencia familiar, y se cebaban en difundir detalles sobre el modus operandi de una supuesta organización de “Boyslovers” que captaba muchachos en los cibers para seducirlos con regalos. Al parecer, el caso llevaba un año siendo investigado tanto en la Argentina como en España, donde se dijo que Jorge era seguido por la policía desde el mismo momento que entraba por la frontera, e involucraba a algunos imputados que ya tenían causas pendientes por pederastia. Se anunciaban nuevos testimonios de menores abusados, la detención de más implicados, la incautación de ordenadores y dvds pedófilos que circulaban por internet….
Como sucedió en caso Arny, y antes en otros muchos casos, la reacción del entorno ha sido de un cierto pánico. Algunos de quienes antes presumían de conocer o colaborar con un reconocido experto, negaban ahora la relación. La Universidad decidió suspender al profesor de todos sus cargos y la editorial que publicaba sus libros decidió retirarlos de su catálogo. Las asociaciones de padres separados demandaron que se revisaran todas las causas donde Jorge o sus discípulos había actuado como experto e, incluso, algunas proclamadas feministas han pretendido utilizarlo como un argumento para fundamentar su desconfianza sobre los hombres profeministas, una perversión que suele levantar tantas sospechas como el sadomasoquismo. (http://www.mariaferraz.net/?p=19 ).
Algunos de estos sospechosos hombres por la igualdad hemos manifestado nuestras reservas sobre las acusaciones y confesado nuestra amistad con Jorge (http://heterodoxia.wordpress.com/).
La semana pasada Jorge declaró negando las acusaciones y sus abogados comparecieron ante los medios de comunicación dando algunos detalles que deberían hacernos recordar el principio de presunción de inocencia y los peligros de los juicios paralelos. El caso se limita a la denuncia de los padres de un único muchacho de 13 años que, al parecer, tuvo una crisis personal sobre su identidad sexual. Dos nuevos muchachos llamados a declarar, negaron que mantuvieron cualquier relación sexual, lo que no fue óbice para que el mismo periódico que publicaba la noticia titulara “nuevos testimonios implican a Corsi”.
http://www.lanacion.com.ar/nota.asp?nota_id=1035532&high=corsi).
Uno de los acusados como supuesto captador de menores, resultó ser el mismo chico por cuya supuesta violación fue detenido otro de los imputados http://www.clarin.com/diario/2008/08/08/um/m-01733307.htm. La agencia Europa Press desvelaba que había sido la policía federal argentina la que había solicitado la colaboración de las autoridades españolas para verificar si tenía contactos pedófilos en España, pero no daba cuenta de los resultados de esta investigación que no aparecen el sumario.
(http://www.europapress.es/internacional/noticia-argentina-espana-policia-llevaba-ano-investigando-argentino-acusado-integrar-banda-peofilos-20080728184458.html).
Hoy, Jorge ha difundido un comunicado por mail en el que niega haber cometido los delitos que se le imputa y reclama un derecho de réplica para defenderse de lo que justamente califica como una “lapidación pública” (http://www.minutouno.com/1/hoy/article/87383-Jorge-Corsi-se-defiende-en-un-mail-No-soy-el%C2%A0-monstruo-que-inventan/). Además de proclamar que personalmente “no es el monstruo que inventan” se lamenta, sobre todo, de que esté siendo aprovechada para poner en tela de juicio una producción teórica y un compromiso profesional contra la violencia machista a la que ha dedicado media vida.La decisión de la jueza de imputar a Jorge por un delito de estupro (mantener relaciones sexuales con menores, aun mediando su consentimiento) sigue siendo una acusación grave. Jorge niega el delito y sus abogados cuestionan la decisión de mantener la prisión preventiva. No se entiende cual es el riesgo de fuga de un hombre internacionalmente conocido o las posibles interferencia en una investigación que lleva un año abierto y en la que todas las pruebas parecen haberse basado en el testimonio de un menor o los detalles de la vida íntima de los detenidos obtenidos con escuchas que las habituales “fuentes cercanas a la investigación” ya se han encargado de difundir de forma sesgada y torticera.
Además de un estado de salud delicado, Jorge tiene derecho a defenderse de la campaña de linchamiento mediático e institucional al que está siendo sometido aprovechando que está preso. Si es verdad que ha mantenido relaciones con un menor de catorce años, como se le imputa, debe ser condenado por su delito. Si es verdad que ha abusado de su posición como adulto y como profesional, debe ser repudiado por su falta de ética. Pero todo el mundo tiene derecho a la presunción de su inocencia y a un juicio justo. No es necesario estar convencido de la inocencia de Jorge para exigirlo.
Hilario Sáez Méndez www.corsi.com.ar/carta2.htm
(Argentina) Jorge Corsi ha salido de prisión.
Posted: 26 enero 2009 by Community Manager in Latinoamérica, Medios de comunicación, Violencia Machista
Etiquetas: Abuso Sexual Infantil NO, Argentina, Denuncia y debate, Homofobia, Latinoamérica, Medios de comunicación, Violencia Machista
El psicólogo Jorge Corsi fue liberado la noche del día 20 de enero de 2009 por decisión de la Justicia, que le concedió la excarcelación tras el pago de una fianza de 100.000 pesos, tras un auto de casación de finales de diciembre en el que se considera que no hay peligro de fuga ni de entorpecimiento del procedimiento judicial. La decisión de excarcelar a Corsi había sido tomada por los camaristas María Laura Carrigós de Réborim Mauro Divito y Marcelo Lucini, en base al precedente dictado por la Cámara Nacional de Casación Penal. “Consideramos que no se verifican pautas que permitan presumir riesgos de elusión y entorpecimiento”, señalaron. La excarcelación del psicólogo había sido rechazada por la jueza de instrucción María Fontbona de Pombo, por el fiscal Martín Niklinson y por la sala Nº5 de la Cámara del Crimen, pero el fallo de Casación cambió todo.
Jorge Corsi ha sido un destacado activista por los derechos humanos y contra la violencia de género. También fueron excarcelados Augusto Correa y Pablo López Vidal, que debieron pagar $ 50.000. En el caso en el que se investiga a Corsi, Correa y Vidal la etapa de instrucción ya terminó y el caso está listo para ser sometido a juicio en el Tribunal Oral 11. La fecha estimada es fines de este año. El caso genera una enorme controversia y algunas voces en busca de reconocimiento como la de Raquel Holway y su ONG Alerta Vida, han sido de las primeras no sólo en sumarse al coro del juicio mediático (Ver MÁS), sino del linchamiento y la persecución física del mismo, o escrachamiento, una curiosa forma de entender la defensa de los derechos de los menores. ¿Qué dice Raquel Hollway en un mensaje recibido el día 26 de enero a Heterodoxia?
Todo lo que se hizo mal en la Investigación y Procedimiento de la Causa del Lider de la Banda de Pedófilos Internacional, Lic. Jorge Corsi.-
- No se investigó la escena del crimen debidamente, Paraguay 3457, Piso 8vo, departamento 23, Barrio Norte, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
- No se llamó a testimoniar a los vecinos, ni se hizo un relevamiento de la zona ni siquiera con el servicio social, no se llamo a testimoniar al administrador del edificio (administración Casella).
- No se llamó a personal especializado en crimen organizado, ni policía especializada en trata ni pedofilia, ni pornografía infantil, no se puso la causa en el fuero que corresponde que es el fuero penal federal (de varios países) por los delitos cometidos.
- No se informó ni al fiscal Nardiello ni a la querella de la excarcelación (plausible de nulidad total).
- No se investigaron los antecedentes de Jorge Corsi de antes de 1989, Jorge Corsi nació en 1946 y no hay información disponible anterior a 1989 ( gobierno Menem)
- No se informó al FBI de los delitos informáticos, como la publicación de decenas de vídeos donde Corsi y los integrantes de la banda mantenían relaciones sexuales con niños.
- No se pidió información ni se otorgó información a la ONG Teléfono Arcobaleno que es la ONG que mas pedófilos llevó a prisión en el mundo y que marcó a Corsi como pedófilo en el año 2000 y que Teléfono Arcobaleno había informado a Interpol Internacional.
- No se investigaron todas sus salidas de Argentina, sus destinos y motivos, ni sus delitos cometidos en el exterior de Argentina ni se cumplió con la Convención contra el Crimen Organizado Transnacional.
- No se investigó qué nacionalidades tiene, como que posee pasaporte de la Comunidad Europea , pasaporte español y se lo liberó cuando entregó el pasaporte argentino y tiene en su haber el pasaporte español sino otros también. Viajes periódicos a España, republicana dominicana, paraguay, y otros destinos.
- Tenia alerta amarilla como pedófilo desde el año 2000 de Interpol europea.
- Desde 1989 formó parte de la cátedra de violencia familiar de la Universidad de Buenos Aires y él invitó a Eva Giberti ( sicóloga, funcionaria pública del gobierno argentino) a formar parte de la cátedra y Eva Giberti lo incorporó al Ministerio del Interior en el programa las Victimas contra la Violencia. Relación con Eva Giberti de 20 años. No se investigó a Eva Giberti.
- No se enviaron exhortos internacionales a los países damnificados por los delitos ( corrupción de menores, pedofilia, pornografía infantil, violación de niños, estupro, asociación ilícita, abuso sexual con acceso carnal, subida de los videos de los niños violados y venta de los videos y otros).
- Fueron violados la Constitución Nacional, art 75 , inciso 22, la Convención Internacional de los derechos de los niños (1989) Pacto de Rio ( 2008) Pacto de San José de Costa Rica, Tratado de Palermo, Convención Internacional sobre Internet, Convención Internacional contra el Crimen organizado internacional, como la ley 25087 que dice que es tan responsable de abuso el que lo hiciere o el que lo propiciare y la ley nacional contra la Trata de Personas 26364, ya que hubieron captores, sumisión a la servidumbre , violación, corrupción, y trata.
- Internet fue un programa desarrollado por Microsoft a pedido del Ministerio de Defensa de Estados Unidos, y todo delito cometido en Internet es jurisdicción de Estados Unidos de acuerdo a la Convención Internacional de Internet y Argentina firmo la extradición obligatoria a USA en caso de delitos informáticos, cuya pena menor es de siete años de prisión.
- No fue informado el FBI sobre los delitos de pedofilia subida a Internet por la banda internacional que lidera Jorge Corsi.
- No se actuó de acuerdo a derecho nacional ni internacional, es decir, el proceso judicial violento leyes nacionales, pactos, tratados internacionales y leyes de otros países.
El 1ero de Diciembre del 2008 entro en vigencia el Pacto de Río por el cual Argentina se comprometió con Naciones Unidas en eliminar estos delitos en el término de cinco años, aumentando todos las herramientas para la persecución de estos delitos. Argentina está obligada a dar un informe anual a Naciones Unidas sobre lo actuado.
En menos de un mes el Pacto de Río fue violado por el fallo de casación penal que le otorga la facilidad de quedar libre a Jorge Corsi en base al plenario Diaz Bessone que dice que no existe la prisión preventiva en la Argentina y que el procesado (considerado culpable) no puede ir preso ni aún condenado en juicio oral hasta que quede firme la sentencia lo que en rigor en Argentina podría llevar a diez años de proceso.-
La jurisprudencia se puede tomar voluntariamente, ningún juez está obligado a cumplir una jurisprudencia si considera que el caso no coincide con esa jurisprudencia.
Pero las leyes y los pactos internacionales están obligados a cumplirlos, en este caso se basaron en una jurisprudencia autorreferencial de casación penal con la que la justicia argentina liberó a un represor acusado de delitos de lesa humanidad ( Diaz Bessone)
En tres días después de liberado Corsi , han salido en plena feria judicial (vacaciones de verano), receso del congreso, cuando no hay nadie en Buenos Aires y todo el mundo está de vacaciones 8 violadores bajo jurisprudencia Corsi y un matrimonio asesinó al violador de su hija por no creer en la Justicia Argentina…Corsi fue liberado el martes pasado.
No se investigó en el fuero federal de todos los países involucrados como damnificados por este red mafiosa de pedófilos, ni se ayudó a la investigación internacional ni se pidió la cooperación internacional que el caso requiere y reviste.
Por otro lado al momento de su detención por la denuncia de un menor damnificado Jorge Corsi era funcionario del Ministerio del Interior y de Justicia, del programa las Victimas contra la Violencia.-
Hacemos saber que en corrillos carcelarios se sabe que puede limpiarse los antecedentes de una persona por determinadas sumas y casualmente no hay ninguna información de Jorge Corsi antes de 1989.-
El Pacto de RIO dice que Argentina se compromete a Prevenir, eliminar y sancionar el abuso sexual infantil, la explotación sexual infantil la pedofilia, la pornografía infantil y la trata, con políticas públicas de urgencia. Entró en rigor el pasado 1 de diciembre del 2008.-
Jorge Corsi salió por el puntapié inicial que le dió un fallo de casación penal de fecha 31 de diciembre del 2008 a las 13.30 horas, feriado, asueto, día de brindis y no hay jurisprudencia anterior de que casación resolviera una causa en 36 horas como fue resuelta esta, ya que había sido rechazada en Cámara el 29 de diciembre del 2008 la excarcelación de Jorge Corsi, tampoco hay jurisprudencia de fallos de casación en esta fecha y horario. Casación tiene retenidas mientras tanto casos de derechos humanos hace tres años.-
Con esto se violó la igualdad ante la ley.-
Argentina tiene ya demasiada historia en fuga de criminales transnacionales como el famoso caso de Francoise Chiappe que lo buscaba todo el mundo fue detenido en Argentina y se fugó en Buenos Aires.
Hollywood esta lleno de películas donde los criminales dicen que fugan a Buenos Aires.
Con los antecedentes éstos se le dió libertad a Jorge Corsi y aparentemente se encontraría prófugo y la justicia no sabe donde ubicarlo.-
Se lo liberó el martes 20 de Enero del 2009 a la noche y los vecinos dicen que jamás entró al edificio.
Asimismo los vecinos informan que hay una clínica siquiátrica a la vuelta de la casa de Corsi con victimas de Corsi. Los vecinos de Corsi dicen que él pasaba todos los eneros en Pinamar y que podría estar en Pinamar pero que no lo vieron ni entrar ni salir al único domicilio que él entregó a la justicia.
También nos informaron que viajaba asiduamente al exterior.-
Se lo liberó en la base que no se profugaría y sin embargo tuvo todas las posibilidades de hacerlo
Según versiones que no se pueden confirmar casación penal habría recibido una suma muy importante de dinero el 31 de diciembre del 2008 para liberar a Corsi, luego la Cámara del Crimen habría recibido otro monto importante el 6 de enero del 2009 y otra suma habría corrido el lunes pasado.
Se realizó la liberación de un criminal transnacional en plena feria judicial, receso del congreso, vacaciones en Argentina, utilizando la oportunidad de que no hay gente en Buenos Aires…
Es muy difícil hacer todo mal….no?
RACHEL HOLWAY
ALERTA VIDA ONG – 005491158721823 - 1558721823
Buenos Aires
Argentina
Alumna: Norma Pretti
3º año Consultoría Psicológica
Materia: Ética y Deontología
TRABAJO PRÁCTICO
Salud mental equilibrada del psicólogo, counselor, psiquiatra
psicólogo social, etc.
Instituto Juan Amós Comenio
-Noviembre 2011-
Salud mental equilibrada del psicólogo, counselor, psiquiatra
Psicólogo social, etc
¿Qué “seguridad” tenemos sobre la idoneidad del profesional al que acudimos a la hora de necesitar un tratamiento de tipo terapéutico?
¿Quién regula y/o controla el ejercicio de las profesiones que tienen que ver con la salud mental? ¿De qué manera lo hacen?
¿Quién nos garantiza que ese profesional, no solo tiene las capacidades adquiridas (y “certificadas”) por la institución pertinente a la que concurrió para obtener su diploma y aún las prácticas obtenidas en las mismas instituciones después de haber obtenido “legalmente” su título, sino que además “funciona” congruentemente en todos los aspectos que hagan al ejercicio de su profesión?
¿Cómo podemos estar “razonablemente” seguros de que ellos mismos no padecen de algún tipo de trastorno?
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El presente trabajo está basado en la observación de la necesidad de un cierto control en el ejercicio de las profesiones, en este caso, las que tienen que ver con la salud mental.
El mencionado control podría estar referido, por ejemplo, a algún tipo de psicodiagnóstico que acredite el hecho de contar con las capacidades y habilidades en conocimientos y técnicas como para aplicarlas a las personas que lo necesiten, así como un estado de salud mental acorde a las necesidades de la profesión.
En cuanto a los conocimientos, los establecimientos en que se dictan las carreras (universidades, institutos universitarios, institutos, etc.), avalarían los mismos desde la normativa del Ministerio de Educación.
En cuanto al desarrollo de capacidades y habilidades es posible que sea de la misma manera, pero en el mencionado desarrollo debería incluirse el de ser “evaluado” en las condiciones psicológicas...
Se acompaña la Ley que regula el ejercicio profesional de los psicólogos, donde no se menciona el “control” de la salud psíquica de los mismos. Es más, en el Título III, relativo a las Inhabilidades e incompatibilidades, menciona que “no podrán ejercer la profesión”: los que padezcan enfermedades psíquicas graves, lo que no menciona es quién mi cómo determina esa “enfermedad psíquica grave”.
Así como el Ministerio de Economía, a través de la A.F.I.P., “controla” enviando sus inspectores, la declaración y cumplimiento del pago de los tributos, o las Municipalidades, tienen la facultad para “controlar”, también a través de sus inspectores, el cumplimiento de lo regulado por las distintas Resoluciones que le competen, en cuanto a la habilitación de comercios (en este caso: consultorios, clínicas, etc.); de la misma manera, considero que el Ministerio de Salud y Seguridad Social, debería “controlar” la labor de los profesionales que tengan relación con la salud (aún con la “salud mental”), pero no desde el cumplimiento del pago de una matrícula (por ejemplo), sino desde la evaluación psicológica.
Lo antedicho no tiene que ver solo con una “opinión”, está fundado en la observación de múltiples casos en los que fue violada la regulación de las profesiones, con mayor motivo, en el caso de los profesionales mencionados, cuyo régimen legal para el ejercicio de la profesión no hace mención de su propia salud psíquica.
La regulación excedería el Código de Ética de las mencionadas profesiones, ya que los mismos no hacen mención de este tipo de controles, que considero necesarios. Los casos en que se mencionan los excesos relativos al tema, en general, tienen que ver con lo legal, “porque contradicen una norma”, una ley, una resolución. Por lo tanto, sería cuestión, entonces, de incluir el tema de la salud mental del profesional como ley. (Dicho así suena como que está de más la aclaración, pero en la realidad es obvio que no está de más.)
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Para ilustrar lo mencionado anteriormente, se acompaña, a modo de ejemplo, el “Caso del psicólogo Jorge Corsi” (cabe aclarar que el mismo aún no está resuelto definitivamente por la justicia):
Procesado por "estupro con acceso carnal" y "corrupción de menores agravada", y acusado de ser el jefe de una banda de pedófilos. Cabe aclarar que el mencionado psicólogo era considerado una “autoridad en la lucha contra la violencia familiar y uno de los referentes de los hombres que están contra la violencia machista, reconocido como un autoridad internacional en temas como el maltrato infantil o el abuso de menores” .
También se acompaña la normativa en relación con las funciones del Ministerio de Salud (que considero sería al que le corresponde los controles mencionados). Está marcado en “negrita” lo que tiene relación directa con el tema. Cabe aclarar que, en ningún caso, se menciona específicamente el área como no sea relacionado con Psiquiatría, es decir, la impresión es que lo que no sea “físico”, no tendría que ver con la “salud” de las personas.
Asimismo se acompaña el texto de la Ley de Salud Mental, de diciembre 2010, un acercamiento que, si bien tiene que ver con el tema, no creo que determine la funcionalidad real en el ejercicio de las profesiones que tienen que ver con el tema, además de que debería ser una ley NACIONAL la que se ocupe del tema. Es positivo, de todos modos, el hecho de que se esté trabajando en él…
(No se transcriben las normativas “completas” por un tema de extensión en el trabajo.)
La pregunta es: ¿hubiera ocurrido este hecho si hubieran habido controles seguros?
Yo creo que la posibilidad hubiera disminuido y solo eso cuenta.
MINISTRIO DE SALUD
Funciones y Objetivos
Compete al MINISTERIO DE SALUD asistir al Presidente de la Nación y al Jefe de Gabinete de Ministros, en orden a sus competencias, en todo lo inherente a la salud de la población, y a la promoción de conductas saludables de la comunidad y, en particular:
1. Entender en la determinación de los objetivos y políticas del área de su competencia;
2. Ejecutar los planes, programas y proyectos del área de su competencia elaborados conforme las directivas que imparta el PODER EJECUTIVO NACIONAL;
3. Entender en la fiscalización del funcionamiento de los servicios, establecimientos e instituciones relacionadas con la salud;
4. Entender en la planificación global del sector salud y en la coordinación con las autoridades sanitarias de las jurisdicciones provinciales y del Gobierno Autónomo de la Ciudad de Buenos Aires, con el fin de implementar un Sistema Federal de Salud, consensuado, que cuente con la suficiente viabilidad social;
5. Entender en la elaboración de las normas destinadas a regular los alcances e incumbencias para el ejercicio de la medicina, la odontología y profesiones afines, garantizando la accesibilidad y la calidad de la atención médica;
6. Intervenir en la fiscalización del estado de salud de los aspirantes a ingresar en la Administración Pública Nacional y de aquéllos que ya se desempeñan en la misma;
7. Intervenir en su ámbito, en el estudio, reconocimiento y evaluación de las condiciones ambientales de los lugares destinados a realizar tareas, cualquiera sea su índole o naturaleza, con presencia circunstancial o permanente de personas físicas;
8. Intervenir en la elaboración de las normas reglamentarias sobre medicina del trabajo;
9. Intervenir en la elaboración de las normas reglamentarias sobre medicina del deporte;
10. Entender en la fiscalización médica de la inmigración y la defensa sanitaria de fronteras, puertos, aeropuertos y medios de transporte internacional;
11. Entender en el ejercicio del poder de policía sanitaria en lo referente a productos, equipos e instrumental vinculados con la salud, e intervenir en la radicación de las industrias productoras de los mismos;
12. Entender en el dictado de normas y procedimientos de garantía de calidad de la atención médica;
13. Intervenir en la aprobación de los proyectos de los establecimientos sanitarios que sean construidos con participación de entidades privadas;
14. Entender en la coordinación, articulación y complementación de sistemas de servicios de salud estatales del ámbito nacional, provincial y municipal, de la seguridad social, y del sector privado;
15. Entender en la organización, dirección y fiscalización del registro de establecimientos sanitarios públicos y privados;
………………..
Fuente: Artículo art. 3°
del Decreto Nº 828/2006 B.O. 10/7/2006
Ley Nacional de Ejercicio Profesional
Ley Nº 23.277
Sancionada: setiembre 27 de 1985.
Promulgada de Hecho: noviembre 6 de 1985.
Buenos Aires, viernes 15 de noviembre de 1985. "Bicentenario del nacimiento del General Martín Miguel de Güemes. 1785-1985
Ámbito y Autoridad de Aplicación. Condiciones para su ejercicio. Inhabilidades e incompatibilidades. Derechos y obligaciones. Prohibiciones.
…………….
TITULO III
Inhabilidades e incompatibilidades
No podrán ejercer la profesión:
Los condenados por delitos contra las personas, el honor, la libertad, la salud pública o la fe pública, hasta el transcurso de un tiempo igual al de la condena, que en ningún caso podrá ser menor de dos años.
Los que padezcan enfermedades psíquicas graves y/o infecto-contagiosas mientras dure el período de contagio.
De los derechos y obligaciones
Los profesionales que ejerzan la psicología podrán:
Efectuar interconsultas y/o derivaciones a otros profesionales de la salud cuando la naturaleza del problema así lo requiera.
ARTICULO 8º - Los profesionales que ejerzan la psicología están obligados a:
Proteger a los examinados asegurándoles que las pruebas y resultados que obtenga se utilizarán de acuerdo a normas éticas y profesionales.
Prestar la colaboración que le sea requerida por las autoridades sanitarias en caso de emergencias.
Guardar el más riguroso secreto profesional sobre cualquier prescripción o acto que realizare en cumplimiento de sus tareas especificas, así como de los datos o hechos que se les comunicare en razón de su actividad profesional sobre aspectos físicos, psicológicos o ideológicos de las personas.
Fijar domicilio profesional dentro del territorio de la Capital Federal, Tierra del Fuego e Islas del Atlántico Sur.
TITULO V
De las prohibiciones
Queda prohibido a los profesionales que ejerzan la psicología:
Participar honorarios entre psicólogos o con cualquier otro profesional, sin perjuicio del derecho a presentar honorarios en conjunto por el trabajo realizado en equipo.
Anunciar o hacer anunciar actividad profesional como psicólogo publicando falsos éxitos terapéuticos, estadísticas ficticias, datos inexactos; prometer resultados en la curación o cualquier otro engaño.
ARTICULO 10º - Deróganse los artículos 9º y 91º de la norma de facto 17.132 y toda otra disposición que se oponga a la presente ley.
ARTICULO 11º - Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino, en Buenos Aires, a los veintisiete días del mes de septiembre del año mil novecientos ochenta y cinco.
J.C. Pugliese - E. Otero - C.A. Bravo - A. J. Macris. Registrada bajo el Nº 23.277
Texto definitivo
(15 DE DICIEMBRE 2010)
LEY 448
LEY DE SALUD MENTAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
(ir al texto en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires)
TÍTULO I
LA SALUD MENTAL EN LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
Capítulo I
Disposiciones generales
Artículo 1º.- [Objeto] La presente ley tiene por objeto garantizar el derecho a la salud mental de todas las personas en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo. 2º.- [Principios] La garantía del derecho a la salud mental se sustenta en: Lo establecido por la Ley Básica de Salud Nº 153 en el Artículo 3º y en el Artículo 48 inc. c);
• El reconocimiento de la salud mental como un proceso determinado histórica y culturalmente en la sociedad, cuya preservación y mejoramiento implica una dinámica de construcción social, y está vinculada a la concreción de los derechos al trabajo, al bienestar, a la vivienda, a la seguridad social, a la educación, a la cultura, a la capacitación y a un medio ambiente saludable. La salud mental es inescindible de la salud integral, y parte del reconocimiento de la persona en su integridad bio-psico-socio-cultural y de la necesidad del logro de las mejores condiciones posibles para su desarrollo físico, intelectual y afectivo;
• El desarrollo con enfoque de redes de la promoción, prevención, asistencia, rehabilitación, reinserción social y comunitaria, y la articulación efectiva de los recursos de los tres subsectores;
• La intersectorialidad y el abordaje interdisciplinario en el desarrollo del Sistema de Salud Mental;
• La articulación operativa con las instituciones, las organizaciones no gubernamentales, la familia y otros recursos existentes en la comunidad, a fin de multiplicar las acciones de salud y facilitar la resolución de los problemas en el ámbito comunitario;
• La internación como una modalidad de atención, aplicable cuando no sean posibles los abordajes ambulatorios;
• El respeto a la pluralidad de concepciones teóricas en salud mental;
• La función del Estado como garante y responsable del derecho a la salud mental individual, familiar, grupal y comunitaria. Evitando políticas, técnicas y prácticas que tengan como fin el control social.
Artículo 3º [Derechos]. Son derechos de todas las personas en su relación con el Sistema de Salud Mental:
• Los establecidos por la Constitución Nacional, la Convención de los Derechos del Niño y demás tratados internacionales, la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, y la Ley Nº 153 en su artículo 4º;
• A la identidad, a la pertenencia, a su genealogía y a su historia;
• El respeto a la dignidad, singularidad, autonomía y consideración de los vínculos familiares y sociales de las personas en proceso de atención;
• A no ser identificado ni discriminado por padecer o haber padecido un malestar psíquico;
• A la información adecuada y comprensible, inherente a su salud y al tratamiento, incluyendo las alternativas para su atención;
• A la toma de decisiones relacionadas con su atención y su tratamiento;
• La atención basada en fundamentos científicos ajustados a principios éticos y sociales;
• El tratamiento personalizado y la atención integral en ambiente apto con resguardo de su intimidad;
• La aplicación de la alternativa terapéutica más conveniente y que menos limite su libertad;
• La rehabilitación y la reinserción familiar, laboral y comunitaria;
• A la accesibilidad de familiares u otros, en el acompañamiento de los niños, niñas y adolescentes internados, salvo que mediare contraindicación profesional.
Capítulo II
Autoridad de aplicación
Artículo 4º [Autoridad de aplicación] La autoridad de aplicación de la presente Ley es el nivel jerárquico superior del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires en materia de Salud Mental.
Artículo 5º [Autoridad de aplicación. Funciones] La autoridad de aplicación conduce, regula y controla el Sistema de Salud Mental. Son sus funciones:
• La formulación, planificación, ejecución y control de las políticas de salud mental de conformidad a los principios y objetivos establecidos en la presente Ley;
• La elaboración del Plan de Salud Mental;
• La conducción, coordinación y regulación del Sistema de Salud Mental;
• La habilitación y control de los establecimientos y servicios de salud mental de los tres subsectores y la evaluación de la calidad de las prestaciones;
• La regulación y control del ejercicio de las profesiones relacionadas con la salud mental, de conformidad con la legislación vigente;
• El desarrollo de un sistema de información, vigilancia epidemiológica y planificación estratégica como elemento de gestión del Sistema;
• La promoción de la capacitación de todo el personal que desarrolle actividades de salud mental en los tres subsectores;
• La articulación de políticas y actividades de salud mental con los municipios del Conurbano Bonaerense, orientados a la constitución de una red metropolitana de servicios de salud mental;
• La concertación de políticas de salud mental con los gobiernos nacional y provinciales;
• Todas las acciones que garanticen los derechos relativos a la salud mental de todas las personas;
• Convocar al Consejo General de Salud Mental no menos de seis veces al año para el tratamiento de los temas con referencia a sus funciones;
• Elaborar anualmente el presupuesto operativo de Salud Mental, a fin de garantizar la estimación y previsión de los fondos suficientes para: los gastos operativos, la readecuación de los actuales servicios y la construcción e implementación de la estructura inexistente y necesaria. El mismo deberá contemplar la totalidad de los efectores individualizados en la presente Ley.
Artículo 6º [Consejo General de Salud Mental] La autoridad de aplicación crea y coordina un Consejo General de Salud Mental, de carácter consultivo, no vinculante, honorario, con funciones de asesoramiento integrado por representantes de:
• trabajadores profesionales y no profesionales del subsector estatal;
• asociaciones de asistidos y familiares;
• asociaciones sindicales con personería gremial;
• instituciones de formación;
• instituciones académicas;
• asociaciones profesionales;
• la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires.
La autoridad de aplicación, invitará al Poder Judicial y a la Universidad de Buenos Aires a integrarse al Consejo General.
Artículo 7º [Consejo General de Salud Mental. Funciones] Son funciones del Consejo General de Salud Mental asesorar en:
• la formulación de políticas, programas y actividades de salud mental;
• la evaluación y seguimiento del Plan de Salud Mental;
• los aspectos vinculados a cuestiones éticas;
• los lineamientos generales de políticas en articulación con el Consejo General de Salud.
…………………..
Articulo 10º [Sistema de Salud Mental. Lineamientos y acciones] La autoridad de aplicación debe contemplar los siguientes lineamientos y acciones en la conducción, regulación y organización del Sistema de Salud Mental.
• La promoción de la salud mental de la población a través de la ejecución de políticas orientadas al reforzamiento y restitución de lazos sociales solidarios;
• La prevención tendrá como objetivo accionar sobre problemas específicos de salud mental y los síntomas sociales que emergen de la comunidad;
• La asistencia debe garantizar la mejor calidad y efectividad a través de un sistema de redes;
• La potenciación de los recursos orientados a la asistencia ambulatoria, sistemas de internación parcial y atención domiciliaria, procurando la conservación de los vínculos sociales, familiares y la reinserción social y laboral;
• La asistencia en todos los casos será realizada por profesionales de la salud mental certificados por autoridad competente;
• La recuperación del bienestar psíquico y la rehabilitación de las personas asistidas en casos de patologías graves, debiendo tender a recuperar su autonomía, calidad de vida y la plena vigencia de sus derechos;
• La reinserción social mediante acciones desarrolladas en conjunto con las áreas de Trabajo, Educación, Promoción Social y aquellas que fuesen necesarias para efectivizar la recuperación y rehabilitación del asistido;
• La conformación de equipos interdisciplinarios de acuerdo a las incumbencias específicas;
• Los responsables de los establecimientos asistenciales deben tener conocimiento de los recursos terapéuticos disponibles, de las prácticas asistenciales, de los requerimientos de capacitación del personal a su cargo, instrumentando los recursos necesarios para adecuar la formación profesional a las necesidades de los asistidos.
Artículo 11º [Organización] El Sistema de Atención de Salud Mental de la Ciudad se organiza e implementa conforme a los principios rectores derivados de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, de la Ley Básica de Salud y de la presente Ley.
Artículo 12º [Subsector estatal. Lineamientos] A los efectos de lo dispuesto en el artículo precedente son criterios en la conformación del subsector estatal:
• La implementación de un modelo de atención que, en consonancia con lo dispuesto por la Ley Básica de Salud, garantice la participación a través de prácticas comunitarias;
• La adecuación de los recursos existentes al momento de la sanción de la presente Ley, a los efectos de transformar el modelo hospital céntrico, para el desarrollo de un nuevo modelo de salud mental;
• A los efectos de la implementación de lo dispuesto en los artículos 28º y 31º y concordantes de la ley Nº 153, se reconoce la especificidad del Sistema de Salud Mental;
• Promover la participación de los trabajadores, profesionales y no profesionales del subsector, a los efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 48, inciso c) de la Ley Nº 153;
• La implementación de la historia clínica única, entendida como herramienta del trabajo terapéutico, no pudiendo constituirse en fuente de discriminación;
• Los integrantes de los equipos interdisciplinarios delimitan sus intervenciones a sus respectivas incumbencias, asumiendo las responsabilidades que derivan de las mismas;
• Las intervenciones de las disciplinas no específicas del campo de la Salud Mental, serán refrendadas por los profesionales cuya función les asigna la responsabilidad de conducir las estrategias terapéuticas, efectuar las derivaciones necesarias e indicar la oportunidad y el modo de llevar a cabo acciones complementarias que no son de orden clínico;
• La actualización y perfeccionamiento del personal existente, mediante programas de formación permanente y acordes a las necesidades del Sistema;
• La implementación de acciones para apoyo del entorno familiar y comunitario;
• La coordinación intersectorial e interinstitucional con las áreas y sectores de promoción social, trabajo, educación, Poder Judicial, religiosas, policía, voluntariados, ONGs, organizaciones barriales y otras;
• La centralización de la información registrada en los establecimientos de salud mental;
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CASO: JORGE CORSI
Procesado por "estupro con acceso carnal" y "corrupción de menores agravada", y acusado de ser el jefe de una banda de pedófilos.
CURRICULUM VITAE (Abreviado)
- Licenciado en Psicología (Universidad de Buenos Aires)
- Profesor del Master Interdisciplinario en Estudio e Investigación sobre Violencia Doméstica, de la Universidad Autónoma de Barcelona.
- Fundador y Ex presidente de la Asociación Argentina de Prevención de la Violencia Familiar
- Se especializa en Psicología del Género Masculino y Violencia Masculina
- Durante doce años ha dirigido programas de tratamiento para hombres que ejercen violencia en el ámbito doméstico
- Ha publicado numerosos trabajos sobre el tema, entre ellos los libros "Violencia Familiar", " Violencia Masculina en la Pareja" y “Maltrato y Abuso en el ámbito doméstico” ( Editorial Paidós), y “Violencias Sociales” (Editorial Ariel)
- Ha sido consultor de organismos internacionales para Programas de capacitación profesional en el área Violencia Familiar.
- Ha desarrollado cursos de capacitación en el área de Violencia Familiar en España, México, Venezuela, Panamá, Nicaragua y Uruguay, entre otros.
- Principales antecedentes en el campo de la Prevención y Asistencia de la Violencia Familiar
- Comienza su trabajo en el área de la Violencia Familiar en 1984, siendo uno de los introductores del tema en la Argentina
BIBLIOGRAFÍA DE JORGE CORSI
- VIOLENCIA FAMILIAR. Una mirada interdisciplinaria sobre un grave problema social (Editorial Paidós).
- VIOLENCIA MASCULINA EN LA PAREJA. Una aproximación al diagnóstico y a los modelos de intervención (Editorial Paidós).
- MALTRATO Y ABUSO EN EL ÁMBITO DOMÉSTICO. Fundamentos teóricos para el estudio de la violencia en las relaciones familiares. (Editorial Paidós).
- VIOLENCIAS SOCIALES. Estudios sobre violencia (vol. 8). (Editorial Ariel).
- PSICOTERAPIA INTEGRATIVA MULTIDIMENSIONAL. (Editorial Paidós).
Fallo
Corsi, Jorge (Fallo de l Sala de Feria del 13/01/09 por el que se concede la excarcelación al imputado al no existir elementos objetivos que permitan suponer que eludirá la acción de la justicia o entorpecerá su tramitación (la causa está para elevarse a juicio oral)
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Opiniones contrapuestas sobre la obra de Jorge Corsi
Jueves 31 de Julio de 2008 | En la UNT se prioriza la libertad de cátedra. La Facultad de Psicología no prohibirá los libros del psicólogo detenido.
Fotos ver Imágenes del día
FUERA DE CIRCULACION. Las principales obras de Jorge Corsi, que fueron retiradas de las librerías del país.
El impacto que la detención del psicólogo y especialista en violencia Jorge Corsi ha causado en los ámbitos vinculados con este tema, en Tucumán, sigue causando repercusiones. Corsi, considerado un referente en temas como el maltrato infantil o el abuso de menores, fue apresado en Buenos Aires -donde vive- y está acusado de ser el cabecilla de una banda de pedófilos. Según fuentes cercanas a la investigación, los pederastas abusaban de menores que reclutaban en cibers o locales de comidas rápidas, los involucraban en fiestas sexuales, los filmaban y luego subían los videos a internet.
Mientras la editorial Paidós dispuso el martes retirar las obras de Corsi de todas las librerías del país, especialistas tucumanos todavía debaten si los textos del psicólogo tienen validez o no.
La decana de la Facultad de Psicología de la UNT, Adela Estofán, había señalado a LA GACETA que, a su criterio, “hasta que se expida la Justicia, habría que retirar estos materiales de los claustros. Y, si realmente es culpable, con más razón aún habría que evaluarlos. Estamos hablando de pedofilia... Sé que es muy duro lo que digo, pero el tema es gravísimo y doblemente siniestro en cuanto se trata de un especialista en el tema”. Consultada nuevamente por nuestro diario, Estofán aclaró que mantiene su postura a título personal, pero que ella no ordenará que no se usen las obras de Corsi en clases. “En nuestra Facultad hay libertad de cátedra, y cada profesor tiene derecho a decidir con qué materiales va a trabajar”, subrayó.
Sin autoridad
La psicóloga Marta Salas, profesora titular de Psicología Evolutiva de la Niñez, y por extensión, de Psicología Clínica de Niños y Adolescentes de la Facultad de Psicología de la UNT es una de las profesionales del área que considera que no pueden usarse los libros de Corsi para enseñar en los claustros.
“No podemos decirles a los alumnos: ‘el pedófilo tal dijo tal cosa’; Corsi ha perdido autoridad moral; es más, no sabemos si cuando se refiere al tema del abuso no está, acaso, hablando sobre él mismo”, añadió la profesional.
Lucidez
“El hecho de que Corsi pueda ser un pederasta no invalida que haya tenido y tenga lucidez para escribir un libro”, sostuvo, por su parte, la psicóloga social y lingüista Isabel Requejo.
“La contradicción planteada por un profesional que toda su vida escribió sobre violencia infantil, y que hoy es acusado de ser ejecutante en la práctica de lo que él procuraba evitar, demuestra que ni siquiera la producción científica del conocimiento, hoy, está a resguardo de lo que pueden producir las alteraciones psicológicas”, añadió. `
Requejo, que reconoció que no había empleado nunca la bibliografía del psicólogo detenido, considera que, si se tuviera que dejar en una biblioteca “sólo los textos de autores sanos y libres de dramas pasionales, las estanterías quedarían desiertas”.
“Esto no significa avalar una conducta, que desde todo punto de vista es reprobable, por el padecimiento y sufrimiento que esa persona produjo en quienes se supone que debe cuidar, salvar o curar”, aclaró de inmediato.
“Es deleznable que un profesional preparado para preservar la salud mental de los pacientes se escude detrás de su título para ejecutar conductas que avalan la enfermedad más profunda del ser humano: la perversión”, añadió la profesional.
“Además, los que leen la obra de Corsi o de cualquier otro intelectual o investigador tienen la libertad de recoger o de desechar una parte o toda su teoría; no es necesario apelar a la ‘quema’ de libros”, opinó.
www.parati.com.ar/nota.php?ID=9925
Jorge Corsi: "Tengo la íntima convicción de no haber cometido delito alguno en toda mi vida"
12:17
Además de proclamar su inocencia, el psicólogo acusado de liderar una banda de pedófilos cuestionó el tratamiento del caso por parte de los medios. Y pidió que se respete su vida privada. Lo hizo a través de un mail que le envió a una radio.
El psicólogo Jorge Corsi, procesado por "estupro con acceso carnal" y "corrupción de menores agravada", y acusado de ser el jefe de una banda de pedófilos, proclamó su inocencia desde la cárcel y vaticinó que las acusaciones en su contra "no han sido ni serán probadas".
"He sido condenado y he sufrido una especie de lapidación pública (...) de encarnizamiento mediático, que ha dado por hechos probados lo que en realidad son sorprendentes acusaciones que no han sido ni serán probadas, ya que se trata de hechos que nunca han existido", denunció Corsi a través de un correo electrónico que le hizo llegar a radio Del Plata.
"El mail llegó desde su casilla personal de gmail, pero suponemos que lo envió algún allegado a Corsi", dijo un directivo de la emisora.
"Tengo la íntima convicción de no haber cometido delito alguno en toda mi vida. También lo saben quienes me conocen en forma cercana. Pero a todas aquellas personas que me conocen en forma menos directa, les digo que yo soy como siempre me vieron", subrayó el psicólogo pese a las graves acusaciones en su contra. Y agregó:"No tengo nada que ver con esa especie de monstruo que han inventado los medios".
Incluso, Corsi se animó a pedir que no se ventilen aspectos de su vida privada, "que deberían estar resguardados por el derecho a la intimidad que me asiste".
edant.clarin.com/diario/2008/08/12/um/m-01735988.htm
LA NACIÓN
Causa por pedofilia: Jorge Corsi seguirá detenido
La Cámara del Crimen rechazó la apelación planteada contra el procesamiento y prisión preventiva del psicólogo en la causa en la que está sospechado de integrar una banda de pederastas
La Cámara del Crimen rechazó un planteo contra el procesamiento y prisión preventiva del psicólogo Jorge Corsi, detenido por presuntos delitos sexuales con víctimas adolescentes.
El tribunal rechazó un recurso de casación de Corsi, según confirmaron fuentes judiciales a la agencia Télam, porque la apelación no estaba dirigida contra una resolución que tuviera carácter definitivo.
La defensa del psicólogo había presentado el recurso contra la confirmación del procesamiento con prisión preventiva dictado en primera instancia por la jueza de instrucción María Fontbona de Pombo, pero la sala V de la Cámara sostuvo que el proceso está en pleno trámite y se encamina al juicio oral y público.
Las fuentes agregaron que Corsi solo podrá llegar a la máxima instancia penal mediante la presentación de un "recurso de queja" contra la resolución firmada por los camaristas Mario Filozof, Rodolfo Pociello Argerich y María Laura Garrigós de Rébori.
Meses atrás la Sala V de la Cámara del Crimen había confirmado el procesamiento con prisión preventiva de Corsi, sindicado como integrante de una banda de pederastas que captaba a sus víctimas, todas menores, en cibercafés y locales de comidas rápidas.
En esa oportunidad, el 7 de octubre último, el tribunal confirmó también el procesamiento de Marcelo Rocca Clement, Augusto Correa y Pablo López Vidal.
Todos serán juzgados por supuestos ilícitos para los que el Código Penal prevé castigos de hasta 10 años de prisión.
Luego que la Sala V dictara aquellas medidas otro presunto miembro de la banda, Martín Itzacovich, fue detenido por disposición de la magistrada de primera instancia. .
www.lanacion.com.ar/1085222-causa-por-pedofilia-jorge-c...
LA NACION
Los detenidos son tres
Un reconocido psicólogo, preso por pedofilia
El traslado de los detenidos, anoche, desde la comisaría 6a. porteña para declarar hoy ante la Justicia. Foto: Gustavo Seiguer
Más notas para entender este tema
Antecedentes -
Teorías conspirativas en la facultad
Eduardo Jorge Corsi es considerado una de las máximas autoridades académicas en violencia doméstica. Reconocido psicólogo, profesor de la UBA y autor de media docena de libros de texto, integró una comisión para elaborar un proyecto de ley del Gobierno sobre violencia de género. Ayer fue detenido, acusado de formar parte de un grupo de pedófilos que mantenía relaciones sexuales con menores de edad, a quienes seducían con regalos.
Los chicos eran captados por dos jóvenes en cíbers y casas de comida rápida en las zonas de Barrio Norte y de Recoleta, donde reside el psicólogo, de 62 años. Así lo informaron fuentes de la Policía Federal, que también detuvieron a otras dos personas, conocidas del profesional, acusadas de haber mantenido relaciones sexuales con un chico de 15 años, al que grabaron durante esas prácticas. Además, hay una persona prófuga. El psicólogo detenido, según dijeron a LA NACION fuentes policiales, es Eduardo Jorge Corsi, que es reconocido por ser director de la carrera de Especialización en Violencia Familiar de la Universidad de Buenos Aires (UBA) desde 1989, además de ser uno de los fundadores y ex presidente de la Asociación Argentina de Prevención de la Violencia Familiar. Ayer, la Facultad de Psicología de la UBA lo separó preventivamente del cargo hasta que se aclare su situación, según dijo a LA NACION Osvaldo Varela, secretario del Consejo Directivo de esa facultad.
Si bien en un principio fuentes policiales habían dicho que trabajaba como funcionario de un programa oficial de protección de víctimas de maltrato, la titular del Programa Víctimas contra la Violencia, del Ministerio de Justicia, Eva Giberti, aclaró que no trabaja allí y explicó que, junto con otras 50 personas, colaboró en la redacción de un anteproyecto de ley. La experta, conmocionada por la noticia, recordó que ella misma había participado en la cátedra del ahora detenido.
La investigación de la División Delitos contra Menores de la Policía Federal se inició a fines del año pasado con la denuncia de un chico de 15 años.
Con el acompañamiento de sus padres, el adolescente se animó a contar lo que le había pasado y se puso en marcha una pesquisa que incluyó escuchas telefónicas, rastreos de correos electrónicos y vigilancias encubiertas, que terminó en ocho allanamientos realizados en Barrio Norte y en Olivos, en la provincia de Buenos Aires.
El muchacho relató que conoció en una casa de comidas rápidas de Barrio Norte a dos muchachos de unos 18 o 19 años que le propusieron ir a un locutorio. Allí lo tentaron con acceder a imágenes pornográficas, lo que era imposible desde el local donde lo reclutaron, dado que tenía filtros que impedían ver esas páginas web. Así lo convencieron de que los acompañara al departamento de uno de ellos, donde navegaron por páginas de contenido sexual. Se inició una relación con estos jóvenes, que no pasaba de recibir regalos, como teléfonos celulares, ropa o programas de videojuegos.
El nexo entre el muchacho y sus nuevos amigos se prolongó, pero comenzó a cambiar cuando los jóvenes, que mantenían relaciones homosexuales entre ellos, lo invitaron a participar de esas prácticas. "Primero, con un rol activo, y luego, con un rol pasivo", describió a LA NACION uno de los investigadores policiales.
Cuando el muchacho se integró al grupo, lo invitaron a participar del juego junto con otras personas.
Allí, según los policías que investigaron el asunto, lo habrían llevado hasta el departamento del prestigioso psicólogo, situado en la calle Paraguay al 3700, de Palermo.
"Utilizaban prácticas de seducción, no hay ejercicio de violencia", dijo a la prensa el fiscal Martín Niklison, a cargo de la causa, quien explicó que no hay evidencias de que las imágenes de los chicos se hubieran subido a Internet e intercambiado con otros navegantes en la Argentina u otra parte del mundo.
Según los voceros consultados, de esas reuniones con el psicólogo, con el paso del tiempo, empezaron a participar otros hombres amigos suyos, con quienes mantuvo relaciones sexuales. Ahora dos de ellos están detenidos y uno prófugo. Tienen entre 35 y 40 años y se dedican al comercio.
Tras la denuncia del adolescente, la policía reunió evidencias que llevaron a los allanamientos donde se secuestraron discos compactos con imágenes pornográficas. La policía busca ahora a los dos jóvenes que se relacionaban con los chicos en los cíber, pues podrían ser considerados víctimas y testigos de cargo y no imputados. Además, creen que por lo menos otros dos chicos fueron violados por integrantes del grupo.
www.lanacion.com.ar/1033073-un-reconocido-psicologo-p...
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NOTAS SOBRE “EL CASO CORSI”
¡Libertad para Jorge Corsi!
La detención de Jorge Corsi ha sido una desagradable sorpresa para quienes le tenemos como una autoridad en la lucha contra la violencia familiar y como uno de los referentes de los hombres que estamos contra la violencia machista. Para quienes, además lo conocemos personalmente, se añade la preocupación por su salud y el dolor por verlo en medio de un escándalo que amenaza con arruinar su carrera y su vida.
El volumen de las noticias sobre el caso publicadas en Argentina, y su repercusión en los muchos países donde Jorge ha sido reconocido como un autoridad internacional en la materia, ha sido enorme. El tratamiento de la noticia, especialmente en los medios de comunicación argentinos, ha sido particularmente amarillo. Recuerda al tratamiento del caso Arny en el que, en Sevilla (España) a finales de los 90, se vieron involucrados una serie de hombres famosos o conocidos por su dedicación profesional a la educación y protección de menores. A la mayoría de los implicados les costó años de proceso y persecución mediática hasta que consiguieron demostrar su inocencia, que muy pocos presumía o respetaron. Algunos, como un juez de menores acusado, no logró nunca reponerse del daño personal y profesional que el escándalo le produjo.
Las primeras noticias difundidas, a bombo y plató para que hicieran todo el ruido, hablaban de un red internacional de pederastas dirigida por un psicólogo experto en violencia familiar, y se cebaban en difundir detalles sobre el modus operandi de una supuesta organización de “Boyslovers” que captaba muchachos en los cibers para seducirlos con regalos. Al parecer, el caso llevaba un año siendo investigado tanto en la Argentina como en España, donde se dijo que Jorge era seguido por la policía desde el mismo momento que entraba por la frontera, e involucraba a algunos imputados que ya tenían causas pendientes por pederastia. Se anunciaban nuevos testimonios de menores abusados, la detención de más implicados, la incautación de ordenadores y dvds pedófilos que circulaban por internet….
Como sucedió en caso Arny, y antes en otros muchos casos, la reacción del entorno ha sido de un cierto pánico. Algunos de quienes antes presumían de conocer o colaborar con un reconocido experto, negaban ahora la relación. La Universidad decidió suspender al profesor de todos sus cargos y la editorial que publicaba sus libros decidió retirarlos de su catálogo. Las asociaciones de padres separados demandaron que se revisaran todas las causas donde Jorge o sus discípulos había actuado como experto e, incluso, algunas proclamadas feministas han pretendido utilizarlo como un argumento para fundamentar su desconfianza sobre los hombres profeministas, una perversión que suele levantar tantas sospechas como el sadomasoquismo. (http://www.mariaferraz.net/?p=19 ).
Algunos de estos sospechosos hombres por la igualdad hemos manifestado nuestras reservas sobre las acusaciones y confesado nuestra amistad con Jorge (http://heterodoxia.wordpress.com/).
La semana pasada Jorge declaró negando las acusaciones y sus abogados comparecieron ante los medios de comunicación dando algunos detalles que deberían hacernos recordar el principio de presunción de inocencia y los peligros de los juicios paralelos. El caso se limita a la denuncia de los padres de un único muchacho de 13 años que, al parecer, tuvo una crisis personal sobre su identidad sexual. Dos nuevos muchachos llamados a declarar, negaron que mantuvieron cualquier relación sexual, lo que no fue óbice para que el mismo periódico que publicaba la noticia titulara “nuevos testimonios implican a Corsi”.
http://www.lanacion.com.ar/nota.asp?nota_id=1035532&high=corsi).
Uno de los acusados como supuesto captador de menores, resultó ser el mismo chico por cuya supuesta violación fue detenido otro de los imputados http://www.clarin.com/diario/2008/08/08/um/m-01733307.htm. La agencia Europa Press desvelaba que había sido la policía federal argentina la que había solicitado la colaboración de las autoridades españolas para verificar si tenía contactos pedófilos en España, pero no daba cuenta de los resultados de esta investigación que no aparecen el sumario.
(http://www.europapress.es/internacional/noticia-argentina-espana-policia-llevaba-ano-investigando-argentino-acusado-integrar-banda-peofilos-20080728184458.html).
Hoy, Jorge ha difundido un comunicado por mail en el que niega haber cometido los delitos que se le imputa y reclama un derecho de réplica para defenderse de lo que justamente califica como una “lapidación pública” (http://www.minutouno.com/1/hoy/article/87383-Jorge-Corsi-se-defiende-en-un-mail-No-soy-el%C2%A0-monstruo-que-inventan/). Además de proclamar que personalmente “no es el monstruo que inventan” se lamenta, sobre todo, de que esté siendo aprovechada para poner en tela de juicio una producción teórica y un compromiso profesional contra la violencia machista a la que ha dedicado media vida.La decisión de la jueza de imputar a Jorge por un delito de estupro (mantener relaciones sexuales con menores, aun mediando su consentimiento) sigue siendo una acusación grave. Jorge niega el delito y sus abogados cuestionan la decisión de mantener la prisión preventiva. No se entiende cual es el riesgo de fuga de un hombre internacionalmente conocido o las posibles interferencia en una investigación que lleva un año abierto y en la que todas las pruebas parecen haberse basado en el testimonio de un menor o los detalles de la vida íntima de los detenidos obtenidos con escuchas que las habituales “fuentes cercanas a la investigación” ya se han encargado de difundir de forma sesgada y torticera.
Además de un estado de salud delicado, Jorge tiene derecho a defenderse de la campaña de linchamiento mediático e institucional al que está siendo sometido aprovechando que está preso. Si es verdad que ha mantenido relaciones con un menor de catorce años, como se le imputa, debe ser condenado por su delito. Si es verdad que ha abusado de su posición como adulto y como profesional, debe ser repudiado por su falta de ética. Pero todo el mundo tiene derecho a la presunción de su inocencia y a un juicio justo. No es necesario estar convencido de la inocencia de Jorge para exigirlo.
Hilario Sáez Méndez www.corsi.com.ar/carta2.htm
(Argentina) Jorge Corsi ha salido de prisión.
Posted: 26 enero 2009 by Community Manager in Latinoamérica, Medios de comunicación, Violencia Machista
Etiquetas: Abuso Sexual Infantil NO, Argentina, Denuncia y debate, Homofobia, Latinoamérica, Medios de comunicación, Violencia Machista
El psicólogo Jorge Corsi fue liberado la noche del día 20 de enero de 2009 por decisión de la Justicia, que le concedió la excarcelación tras el pago de una fianza de 100.000 pesos, tras un auto de casación de finales de diciembre en el que se considera que no hay peligro de fuga ni de entorpecimiento del procedimiento judicial. La decisión de excarcelar a Corsi había sido tomada por los camaristas María Laura Carrigós de Réborim Mauro Divito y Marcelo Lucini, en base al precedente dictado por la Cámara Nacional de Casación Penal. “Consideramos que no se verifican pautas que permitan presumir riesgos de elusión y entorpecimiento”, señalaron. La excarcelación del psicólogo había sido rechazada por la jueza de instrucción María Fontbona de Pombo, por el fiscal Martín Niklinson y por la sala Nº5 de la Cámara del Crimen, pero el fallo de Casación cambió todo.
Jorge Corsi ha sido un destacado activista por los derechos humanos y contra la violencia de género. También fueron excarcelados Augusto Correa y Pablo López Vidal, que debieron pagar $ 50.000. En el caso en el que se investiga a Corsi, Correa y Vidal la etapa de instrucción ya terminó y el caso está listo para ser sometido a juicio en el Tribunal Oral 11. La fecha estimada es fines de este año. El caso genera una enorme controversia y algunas voces en busca de reconocimiento como la de Raquel Holway y su ONG Alerta Vida, han sido de las primeras no sólo en sumarse al coro del juicio mediático (Ver MÁS), sino del linchamiento y la persecución física del mismo, o escrachamiento, una curiosa forma de entender la defensa de los derechos de los menores. ¿Qué dice Raquel Hollway en un mensaje recibido el día 26 de enero a Heterodoxia?
Todo lo que se hizo mal en la Investigación y Procedimiento de la Causa del Lider de la Banda de Pedófilos Internacional, Lic. Jorge Corsi.-
- No se investigó la escena del crimen debidamente, Paraguay 3457, Piso 8vo, departamento 23, Barrio Norte, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
- No se llamó a testimoniar a los vecinos, ni se hizo un relevamiento de la zona ni siquiera con el servicio social, no se llamo a testimoniar al administrador del edificio (administración Casella).
- No se llamó a personal especializado en crimen organizado, ni policía especializada en trata ni pedofilia, ni pornografía infantil, no se puso la causa en el fuero que corresponde que es el fuero penal federal (de varios países) por los delitos cometidos.
- No se informó ni al fiscal Nardiello ni a la querella de la excarcelación (plausible de nulidad total).
- No se investigaron los antecedentes de Jorge Corsi de antes de 1989, Jorge Corsi nació en 1946 y no hay información disponible anterior a 1989 ( gobierno Menem)
- No se informó al FBI de los delitos informáticos, como la publicación de decenas de vídeos donde Corsi y los integrantes de la banda mantenían relaciones sexuales con niños.
- No se pidió información ni se otorgó información a la ONG Teléfono Arcobaleno que es la ONG que mas pedófilos llevó a prisión en el mundo y que marcó a Corsi como pedófilo en el año 2000 y que Teléfono Arcobaleno había informado a Interpol Internacional.
- No se investigaron todas sus salidas de Argentina, sus destinos y motivos, ni sus delitos cometidos en el exterior de Argentina ni se cumplió con la Convención contra el Crimen Organizado Transnacional.
- No se investigó qué nacionalidades tiene, como que posee pasaporte de la Comunidad Europea , pasaporte español y se lo liberó cuando entregó el pasaporte argentino y tiene en su haber el pasaporte español sino otros también. Viajes periódicos a España, republicana dominicana, paraguay, y otros destinos.
- Tenia alerta amarilla como pedófilo desde el año 2000 de Interpol europea.
- Desde 1989 formó parte de la cátedra de violencia familiar de la Universidad de Buenos Aires y él invitó a Eva Giberti ( sicóloga, funcionaria pública del gobierno argentino) a formar parte de la cátedra y Eva Giberti lo incorporó al Ministerio del Interior en el programa las Victimas contra la Violencia. Relación con Eva Giberti de 20 años. No se investigó a Eva Giberti.
- No se enviaron exhortos internacionales a los países damnificados por los delitos ( corrupción de menores, pedofilia, pornografía infantil, violación de niños, estupro, asociación ilícita, abuso sexual con acceso carnal, subida de los videos de los niños violados y venta de los videos y otros).
- Fueron violados la Constitución Nacional, art 75 , inciso 22, la Convención Internacional de los derechos de los niños (1989) Pacto de Rio ( 2008) Pacto de San José de Costa Rica, Tratado de Palermo, Convención Internacional sobre Internet, Convención Internacional contra el Crimen organizado internacional, como la ley 25087 que dice que es tan responsable de abuso el que lo hiciere o el que lo propiciare y la ley nacional contra la Trata de Personas 26364, ya que hubieron captores, sumisión a la servidumbre , violación, corrupción, y trata.
- Internet fue un programa desarrollado por Microsoft a pedido del Ministerio de Defensa de Estados Unidos, y todo delito cometido en Internet es jurisdicción de Estados Unidos de acuerdo a la Convención Internacional de Internet y Argentina firmo la extradición obligatoria a USA en caso de delitos informáticos, cuya pena menor es de siete años de prisión.
- No fue informado el FBI sobre los delitos de pedofilia subida a Internet por la banda internacional que lidera Jorge Corsi.
- No se actuó de acuerdo a derecho nacional ni internacional, es decir, el proceso judicial violento leyes nacionales, pactos, tratados internacionales y leyes de otros países.
El 1ero de Diciembre del 2008 entro en vigencia el Pacto de Río por el cual Argentina se comprometió con Naciones Unidas en eliminar estos delitos en el término de cinco años, aumentando todos las herramientas para la persecución de estos delitos. Argentina está obligada a dar un informe anual a Naciones Unidas sobre lo actuado.
En menos de un mes el Pacto de Río fue violado por el fallo de casación penal que le otorga la facilidad de quedar libre a Jorge Corsi en base al plenario Diaz Bessone que dice que no existe la prisión preventiva en la Argentina y que el procesado (considerado culpable) no puede ir preso ni aún condenado en juicio oral hasta que quede firme la sentencia lo que en rigor en Argentina podría llevar a diez años de proceso.-
La jurisprudencia se puede tomar voluntariamente, ningún juez está obligado a cumplir una jurisprudencia si considera que el caso no coincide con esa jurisprudencia.
Pero las leyes y los pactos internacionales están obligados a cumplirlos, en este caso se basaron en una jurisprudencia autorreferencial de casación penal con la que la justicia argentina liberó a un represor acusado de delitos de lesa humanidad ( Diaz Bessone)
En tres días después de liberado Corsi , han salido en plena feria judicial (vacaciones de verano), receso del congreso, cuando no hay nadie en Buenos Aires y todo el mundo está de vacaciones 8 violadores bajo jurisprudencia Corsi y un matrimonio asesinó al violador de su hija por no creer en la Justicia Argentina…Corsi fue liberado el martes pasado.
No se investigó en el fuero federal de todos los países involucrados como damnificados por este red mafiosa de pedófilos, ni se ayudó a la investigación internacional ni se pidió la cooperación internacional que el caso requiere y reviste.
Por otro lado al momento de su detención por la denuncia de un menor damnificado Jorge Corsi era funcionario del Ministerio del Interior y de Justicia, del programa las Victimas contra la Violencia.-
Hacemos saber que en corrillos carcelarios se sabe que puede limpiarse los antecedentes de una persona por determinadas sumas y casualmente no hay ninguna información de Jorge Corsi antes de 1989.-
El Pacto de RIO dice que Argentina se compromete a Prevenir, eliminar y sancionar el abuso sexual infantil, la explotación sexual infantil la pedofilia, la pornografía infantil y la trata, con políticas públicas de urgencia. Entró en rigor el pasado 1 de diciembre del 2008.-
Jorge Corsi salió por el puntapié inicial que le dió un fallo de casación penal de fecha 31 de diciembre del 2008 a las 13.30 horas, feriado, asueto, día de brindis y no hay jurisprudencia anterior de que casación resolviera una causa en 36 horas como fue resuelta esta, ya que había sido rechazada en Cámara el 29 de diciembre del 2008 la excarcelación de Jorge Corsi, tampoco hay jurisprudencia de fallos de casación en esta fecha y horario. Casación tiene retenidas mientras tanto casos de derechos humanos hace tres años.-
Con esto se violó la igualdad ante la ley.-
Argentina tiene ya demasiada historia en fuga de criminales transnacionales como el famoso caso de Francoise Chiappe que lo buscaba todo el mundo fue detenido en Argentina y se fugó en Buenos Aires.
Hollywood esta lleno de películas donde los criminales dicen que fugan a Buenos Aires.
Con los antecedentes éstos se le dió libertad a Jorge Corsi y aparentemente se encontraría prófugo y la justicia no sabe donde ubicarlo.-
Se lo liberó el martes 20 de Enero del 2009 a la noche y los vecinos dicen que jamás entró al edificio.
Asimismo los vecinos informan que hay una clínica siquiátrica a la vuelta de la casa de Corsi con victimas de Corsi. Los vecinos de Corsi dicen que él pasaba todos los eneros en Pinamar y que podría estar en Pinamar pero que no lo vieron ni entrar ni salir al único domicilio que él entregó a la justicia.
También nos informaron que viajaba asiduamente al exterior.-
Se lo liberó en la base que no se profugaría y sin embargo tuvo todas las posibilidades de hacerlo
Según versiones que no se pueden confirmar casación penal habría recibido una suma muy importante de dinero el 31 de diciembre del 2008 para liberar a Corsi, luego la Cámara del Crimen habría recibido otro monto importante el 6 de enero del 2009 y otra suma habría corrido el lunes pasado.
Se realizó la liberación de un criminal transnacional en plena feria judicial, receso del congreso, vacaciones en Argentina, utilizando la oportunidad de que no hay gente en Buenos Aires…
Es muy difícil hacer todo mal….no?
RACHEL HOLWAY
ALERTA VIDA ONG – 005491158721823 - 1558721823
Buenos Aires
Argentina
Curriculum de corsi
derecho a replica de Jorge corsi por heterodoxia
JORGE CORSI LA PEDOFILIA NO ES DELITO
PROCEDIMIENTOS POLICIALES.UN RECONOCIDO PSICÓLOGO PRESO POR PEDOFILIA
Para aquellos profesionales que tengan algo de honestidad, les pedimos que realicen un acto cívico e heroico a la luz de los acontecimientos producidos y protagonizados por el pedófilo de corsi,
1- Los profesiones que hayan asistido al curso de post-grado de corsi se reúnan en público y quemen el diploma que lleva su firma (en vez de retirarlo de la pared de sus consultorios).
2- Las personas que tengan los libros escritos por corsi y sus encubridores los donen al museo de la Policía Federal para ser exhibidos junto a los objetos usados como armas psicológicas de tortura.
Tanto en medios profesionales de Argentina como en España el psicólogo era considerado una eminencia en su especialidad. Hizo infinidad de viajes a la península para impartir clases y conferencias a psicólogos y estudiantes en seminarios y cursos.
EN LA UNIVERSIDAD DE VIGO. Jorge Corsi , fundamentalista de género en España, pedófilo y pederasta.
http://otrofeminismoesposible.blogspot.com/2011/08/jorge-corsi-fundamentalista-de-genero.html
THEMIS Y JORGE CORSI. https://docs.google.com/document/d/1cPF0BAbQVfxKrEkQmYuRIAVd7Op86-nuwTyvG_dQs08/edit?hl=en_US&pli=1
JORGE CORSI Y LA JUNTA DE ANDALUCÍA. Estos documentos se guardaron en Google por, ello no han desaparecido. https://docs.google.com/file/d/0B6bShdSUd2XGNGY3MjhkMWUtMmQzYS00MDlmLWFhOTgtNTAwNGEyZmJmNDEz/edit?hl=en_US
JORGE CORSI con LORENTE ACOSTA. También guardado. https://docs.google.com/document/d/1docnBE7p5AYyp6Scuzjxtv0R87MXVaIFrygVvZVBvqY/edit?hl=en_US
La Diputación conmemora el Día Internacional contra la Violencia de Género con unas jornadas de formación para profesionales
La conferencia ‘Factores que contribuyen a perpetuar la violencia de género’, del profesor Jorge Corsi, inaugurará las jornadas
EDITA Y DIVULGA: Dirección General de Violencia de Género. Consejería de Igualdad y Bienestar Social. Junta de Andalucía.
COORDINACIÓN: Fundación Andaluza Fondo de Formación y Empleo. Consejería de Empleo. Junta de Andalucía.
Este proyecto de intervención, que se abordará mediante la técnica del contrato, que más adelante se analizara y
que parte de los siguientes modelos interpretativos de la violencia de género: desde la psicopatología (los hombres que
ejercen violencia sufren algún tipo de trastorno mental), marginación social (los hombres que ejercen violencia son drogadictos, se trata de familias de clase baja), culpabilización a las mujeres (las mujeres son masoquistas), han sido. Idescartados (Corsi, 1999), al estimar más adecuado el abordaje de la violencia de género desde una triple perspectiva:
ı El modelo ecológico.
ı El enfoque de género.
ı El enfoque de derechos humanos.
No te olvides de recordar que aun el psoe lo tiene publicado en su web como un "experto"
http://informacion.psoe.es/igualdad/docs/164339/page/los-hombres-deben-imitar-las-mujeres-superar-cultura-ancestral-que-causa-violencia-genero-segun-experto.html
EN LA UNIVERSIDAD DE VIGO. Jorge Corsi , fundamentalista de género en España, pedófilo y pederasta.
http://otrofeminismoesposible.blogspot.com/2011/08/jorge-corsi-fundamentalista-de-genero.html
EN LA UNIVERSIDAD DE VIGO. Jorge Corsi , fundamentalista de género en España, pedófilo y pederasta.
http://otrofeminismoesposible.blogspot.com/2011/08/jorge-corsi-fundamentalista-de-genero.html
THEMIS Y JORGE CORSI. https://docs.google.com/document/d/1cPF0BAbQVfxKrEkQmYuRIAVd7Op86-nuwTyvG_dQs08/edit?hl=en_US&pli=1
JORGE CORSI Y LA JUNTA DE ANDALUCÍA. Estos documentos se guardaron en Google por, ello no han desaparecido. https://docs.google.com/file/d/0B6bShdSUd2XGNGY3MjhkMWUtMmQzYS00MDlmLWFhOTgtNTAwNGEyZmJmNDEz/edit?hl=en_US
JORGE CORSI con LORENTE ACOSTA. También guardado. https://docs.google.com/document/d/1docnBE7p5AYyp6Scuzjxtv0R87MXVaIFrygVvZVBvqY/edit?hl=en_US
ENTRE LOS DOS HICIERON LA TRAMA DE LA PELICULA:""Te doy mis ojos"". ¡¡¡¡¡QUÉ FUERTE!!!!!!!!
http://www.jerez.es/fileadmin/Documentos/hombresxigualdad/fondo_documental/Violencia_masculina/56.pdf
http://www.jerez.es/fileadmin/Documentos/hombresxigualdad/fondo_documental/Violencia_masculina/56.pdf
Y aquí está mucha de LA BIBLIOGRAFÍA SOBRE VIOLENCIA DE GÉNERO, DONDE JORGE CORSI GANA POR GOLEADA, PARA QUE LUEGO LO NIEGUEN…
https://docs.google.com/document/d/1VJvomW9EC4UirlClfBplQmxsf5VMTk616gcOkE1NNsM/edit?hl=en_US
https://docs.google.com/document/d/1VJvomW9EC4UirlClfBplQmxsf5VMTk616gcOkE1NNsM/edit?hl=en_US
VIOLENCIA Y MODELO PATRIARCAL
FUNDACION MUJERES
LA VIOLENCIA HACIA LAS MUJERES COMO PROBLEMA SOCIAL
VIOLENCIA familiar: una mirada interdisciplinaria sobre un grave problema social / Jorge Corsi (compilador). - Buenos Aires : Paidós, 1995. - 252 p. ; 22 cm. - (Biblioteca de Psicología, Psiquiatría y Psicoterapia ; 140 ) D.L. 11.723. - ISBN 950-12-3140-2
Ilustre Colegio Oficial de Psicologos de Andalucia Oriental
Violencia y genero.Jorge Corsi
¿Gobierno de La Rioja, 2005
Consejería de Juventud, Familia y Servicios Sociales
CECOMA (centro de estudios de la condición masculina)Luis bonino
Corsi, Jorge.Psicólogo Argentino. Ex Profesor de la Fac. de psicología de la Univ. de Bs. As-Argentina. Experto en violencia familiar y rehabilitación de maltratadores. Colaborador de instituciones gubernamentales latinoamericanas y españolas. www.corsi.com.ar
Este es el listado del catálogo Colectivo de la Red de Bibliotecas del Gobierno del Principado de Asturias que ha elaborado Diego Fernández Díaz buscando en el campo “malos tratos” después de ser amablemente instruido por las bibliotecarias de la Biblioteca Pública de Lugones:
Corsi, Jorge | Violencia masculina en la pareja : una aproximación al diagnóstico y los modelos de intervención / Jorge Corsi…[et al.] (1995) |
Centro de Documentación de
Emkunde: tel. 945 01 67 23/24;
31. Corsi, Jorge: Violencia Masculina en la pareja. Barcelona, Paidós, 1995.
BIBLIOTECA CASA DONA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES DEL GOBIERNO DE CANARIAS
Jorge Corsi (1999). “La conducta violenta, entendida como el uso de la fuerza para resolver conflictosinterpersonales, se hace posible en un contexto de desequilibrio de poder, permanente o momentáneo”,cita María Ferraz Dobarro en “La conceptualización de la violencia de género” y sigue comentando,
“…y la conducta violenta refleja un abuso de poder. Lo valorado socialmente son patrones que
corresponden al estereotipo tradicional masculino mientras que lo infravalorado corresponde al estereotipo tradicional femenino”.
EMAKUNDE-Instituto Vasco de la Mujer
Corsi, Jorge. Violencia masculina en la pareja. Paidós, Barcelona, 1995.
EL PRESTIGIOSO PSICÓLOGO JORGE CORSI ABRE LOS ACTOS PARA CELEBRAR EL DÍA INTERNACIONAL CONTRA LA VIOLENCIA DE GÉNERO. |
JÓVENES Y MEDIOS DE
COMUNICACIÓN EN ESPAÑA:
BASE DE DATOS Y REPERTORIO
BIBLIOGRÁFICOS
CORSI, Jorge ; PEYRÚ, Graciela (coords.) Violencias sociales. Barcelona: Ariel, 2003,
255 p. ISBN 84-344-7474-3
Instituto Andaluz de la Mujer Sevilla
Ayuntamiento de San Cugat del Valles
CARTA ABIERTA DE JORGE CORSI
w w w . c o r s i . c o m . a r
Secciones
Libros Publicados
Curriculum Vitae
Insituto de Capacitación en Violencia Familiar
Artículos y Entrevistas
E-mail
Derecho a Réplica
Libertad Jorge Corsi
Carta Abierta Agosto 2008
CARTA ABIERTA – AGOSTO 2008
Secciones
Libros Publicados
Curriculum Vitae
Insituto de Capacitación en Violencia Familiar
Artículos y Entrevistas
Derecho a Réplica
Libertad Jorge Corsi
Carta Abierta Agosto 2008
CARTA ABIERTA – AGOSTO 2008
Universidad de vigo Lorente corsi y bonino
Investigan las ramificaciones en España de una banda de pedófilos argentina
El líder es un psicólogo y catedrático que ha dado charlas en Valencia
MINISTERIO PUBLICO PODER JUDICIAL
Corsi, Jorge. La violencia hacia las mujeres
como problema social. Análisis de las consecuencias y de los factores de riesgo.
Jorge Corsi.El abuso jurídico terapéutico.Leandro Argañaras.(segunda nota)
"La violencia hacia la mujer en el contexto doméstico". Jorge Corsi (pdf, 94Kb)
"La violencia hacia las mujeres como problema social". Jorge Corsi (pdf,
73Kb)
Hay que añadir que -al menos en lengua castellana- el gran negacionista del SAP ha sido el catedrático de psicología de la Universidad de Buenos Aires Jorge Corsi, íntimo compañero de Lorente Acosta. Ambos han participado en numerosos cursos y conferencias organizados por los lobbies feministas españoles (que gozan de suculentas subvenciones) de los que yo llamo feminismo del resentimiento (para distinguirlos de otros feminismos) y es el que proporcionaba los argumentos contra el SAP que habitualmente se usan en esa clase de foros. Lo más curioso es que en 2008 lo encarcelaron por pederasta. Curioso o paradójico porque uno de sus argumentos era "hay que creer siempre al menor" y ha sido encarcelado en base a las declaraciones de un menor. El tema da para mucho, espero que alguien lo investigue y lo explique.
Máster universitario oficial
Universidad Complutense de Madrid
Departamento de Sociología VI
Miguel LORENTE ACOSTA: El rompecabezas. Anatomía del maltratador, Crítica, 2003.
Jorge CORSI y Luis BONINO: “Violencia y género”, en J. CORSI y G. M. PEYRÚ: Violencias
sociales, Ariel, Barcelona, 2003.
Congreso Estatal De las Casas de Acogida a los Centros de Atención Integral
Oviedo, 29 y 30 de Noviembre y 1 de Diciembre de 2006
Conferencia marco. D. Miguel Lorente Acosta, Forense.
“Consecuencias de la violencia de género que han de ser
tenidas en cuenta en la definición de toda intervención de
carácter integral”
ELEMENTOS DEL PROCESO DE RECUPERACIÓN PERSONAL
DE LAS VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO.
Descripción de metodologías exitosas y pautas de intervención
en la atención psicológica de mujeres víctimas de violencia
de género, y estudio de las posibilidades de intervención
desde las casas de acogida y otros recursos específicos.
Coordinador: D. Jorge Corsi, Psicólogo.
Relatora: Espora Consultoría, S.L.
FEMINISMO/S. REVISTA DEL CENTRO DE ESTUDIOS SOBRE LA MUJER DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE
- «Modelos de intervención con hombres que ejercen violencia en la pareja». Jorge Corsi - página 137
Edita: Instituto de la Mujer (Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales)
Conferencia a cargo de:
El proceso de recuperación de las mujeres víctimas de violencia de género
Jorge Corsi. Psicólogo ........................................................................................ 72
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En los casos de violencia de género,
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MALTRATO A LA INFANCIA Y CUSTODIAS.
MALTRATO A LA INFANCIA Y CUSTODIAS.
9 de enero de 2013
El Departamento de Salud y Servicios Sociales de los Estados Unidos publica cada año un informe sobre maltrato infantil en el que se incluyen todos los casos registrados a nivel nacional. Es decir, no se trata de un estudio por muestreo, sino de la recopilación de todos los casos reales atendidos por los servicios sociales y sanitarios. La serie completa de informes publicados desde 1995 puede consultarse en este enlace de la Administration for Children & Families.
Esos informes anuales contienen muchos datos sobre los diversos factores y circunstancias presentes en los casos de maltrato infantil. Por ejemplo, las principales formas de maltrato infantil son la negligencia (75%), el maltrato físico (15%) y el abuso sexual (10%), a veces con resultado de muerte (2 por 100.000). Y el tramo de edad donde se producen más casos de maltrato son los tres primeros años de vida (30%), seguido del tramo de los tres a los cinco años (20%). En los informes se facilitan también datos sobre los principales perpetradores del maltrato infantil, desglosados en función de su relación con la víctima (padres, familiares, cuidadores, etc.). En general, el 80% del maltrato es ejercido por los progenitores.
Sobre la base de los diez informes más recientes disponibles (años 2002 a 2011), hemos reunido los datos relativos al parentesco de los perpetradores y los hemos organizado en forma de cuadro, con indicación del porcentaje de víctimas correspondiente a cada progenitor. Junto a ese porcentaje de víctimas de maltrato se indica, entre paréntesis y precedido del símbolo †, el porcentaje de víctimas mortales. El resultado es el siguiente:
MALTRATO A LA INFANCIA POR PARENTESCO DE LOS PERPETRADORES
Año Nº de víctimas Porcentaje de víctimas por perpetrador (%)
Madre Madre y otros Padre Padre y otros Padre y madre
2002 910.000 (†1.470) 40,3 (†32,6) 5,4 (†9,1) 19,1 (†16,6) 1,0 (†1,4) 18,0 (†19,2)
2003 905.000 (†1.430) 40,8 (†30,5) 6,3 (†8,2) 18,8 (†18,2) 1,1 (†0,9) 16,9 (†20,4)
2004 892.000 (†1.510) 38,8 (†31,3) 6,8 (†9,3) 18,3 (†14,4) 1,2 (†1,2) 18,3 (†20,5)
2005 900.000 (†1.460) 40,4 (†28,5) 6,2 (†10,3) 18,3 (†15,8) 1,1 (†1,6) 17,3 (†20,4)
2006 905.000 (†1.530) 39,9 (†27,4) 6,1 (†11,5) 17,6 (†13,1) 1,0 (†1,5) 17,8 (†22,4)
2007 723.000 (†1.720) 38,7 (†27,1) 5,7 (†7,5) 17,9 (†16,3) 0,9 (†0,9) 16,8 (†18,1)
2008 716.000 (†1.720) 38,3 (†26,6) 6,0 (†8,9) 18,1 (†12,6) 0,9 (†1,4) 17,9 (†21,5)
2009 702.000 (†1.740) 37,7 (†27,3) 5,5 (†9,8) 18,6 (†14,8) 0,9 (†1,4) 18,0 (†22,5)
2010 698.000 (†1.580) 37,2 (†29,2) 5,6 (†9,4) 19,1 (†17,1) 0,9 (†1,6) 18,5 (†21,9)
2011 681.000 (†1.570) 36.8 (†26,4) 5.7 (†13,0) 19.0 (†15,3) 0.9 (†1,7) 18.9 (†22,0)
Cuadro elaborado a partir de los datos de la serie de informes Child Maltreatment, Administration for Children & Families, U.S. Department of Health & Human Services
MÁS DEL DOBLE
Como puede apreciarse, las madres ejercen el doble de maltrato infantil que los padres, incluido el maltrato con resultado de muerte, y bastante más del doble si se tiene en cuenta el maltrato perpetrado en compañía de otros. Gráficamente, ese maltrato acumulado que las madres y los padres han ejercido con la complicidad de terceros podría representarse mediante el siguiente diagrama de barras:
MALTRATO A LA INFANCIA PERPETRADO POR PADRES Y MADRES CON OTROS
Gráfico elaborado a partir de los datos de la serie de informes Child Maltreatment, Administration for Children & Families, U.S. Department of Health & Human Services.
De manera incomprensible, y a pesar de ser tan abultada, la diferencia "de género" en materia de maltrato infantil ha pasado desapercibida para las autoridades, la prensa y el público general. Es más, el sospechoso por defecto en casos de maltrato infantil sigue siendo el padre.
Además de los numerosos estudios que demuestran que la custodia compartida es la mejor solución para atenuar los estragos del divorcio en los hijos, nuestros legisladores, fiscales y jueces deberían tener en cuenta la realidad del maltrato infantil y no dar por supuesto, como suelen, que la madre es el progenitor más idóneo en todos los casos.
http://www.cronicas.org/ rayas2013_01_maltrato_infan til_y_custodia.htm
9 de enero de 2013
El Departamento de Salud y Servicios Sociales de los Estados Unidos publica cada año un informe sobre maltrato infantil en el que se incluyen todos los casos registrados a nivel nacional. Es decir, no se trata de un estudio por muestreo, sino de la recopilación de todos los casos reales atendidos por los servicios sociales y sanitarios. La serie completa de informes publicados desde 1995 puede consultarse en este enlace de la Administration for Children & Families.
Esos informes anuales contienen muchos datos sobre los diversos factores y circunstancias presentes en los casos de maltrato infantil. Por ejemplo, las principales formas de maltrato infantil son la negligencia (75%), el maltrato físico (15%) y el abuso sexual (10%), a veces con resultado de muerte (2 por 100.000). Y el tramo de edad donde se producen más casos de maltrato son los tres primeros años de vida (30%), seguido del tramo de los tres a los cinco años (20%). En los informes se facilitan también datos sobre los principales perpetradores del maltrato infantil, desglosados en función de su relación con la víctima (padres, familiares, cuidadores, etc.). En general, el 80% del maltrato es ejercido por los progenitores.
Sobre la base de los diez informes más recientes disponibles (años 2002 a 2011), hemos reunido los datos relativos al parentesco de los perpetradores y los hemos organizado en forma de cuadro, con indicación del porcentaje de víctimas correspondiente a cada progenitor. Junto a ese porcentaje de víctimas de maltrato se indica, entre paréntesis y precedido del símbolo †, el porcentaje de víctimas mortales. El resultado es el siguiente:
MALTRATO A LA INFANCIA POR PARENTESCO DE LOS PERPETRADORES
Año Nº de víctimas Porcentaje de víctimas por perpetrador (%)
Madre Madre y otros Padre Padre y otros Padre y madre
2002 910.000 (†1.470) 40,3 (†32,6) 5,4 (†9,1) 19,1 (†16,6) 1,0 (†1,4) 18,0 (†19,2)
2003 905.000 (†1.430) 40,8 (†30,5) 6,3 (†8,2) 18,8 (†18,2) 1,1 (†0,9) 16,9 (†20,4)
2004 892.000 (†1.510) 38,8 (†31,3) 6,8 (†9,3) 18,3 (†14,4) 1,2 (†1,2) 18,3 (†20,5)
2005 900.000 (†1.460) 40,4 (†28,5) 6,2 (†10,3) 18,3 (†15,8) 1,1 (†1,6) 17,3 (†20,4)
2006 905.000 (†1.530) 39,9 (†27,4) 6,1 (†11,5) 17,6 (†13,1) 1,0 (†1,5) 17,8 (†22,4)
2007 723.000 (†1.720) 38,7 (†27,1) 5,7 (†7,5) 17,9 (†16,3) 0,9 (†0,9) 16,8 (†18,1)
2008 716.000 (†1.720) 38,3 (†26,6) 6,0 (†8,9) 18,1 (†12,6) 0,9 (†1,4) 17,9 (†21,5)
2009 702.000 (†1.740) 37,7 (†27,3) 5,5 (†9,8) 18,6 (†14,8) 0,9 (†1,4) 18,0 (†22,5)
2010 698.000 (†1.580) 37,2 (†29,2) 5,6 (†9,4) 19,1 (†17,1) 0,9 (†1,6) 18,5 (†21,9)
2011 681.000 (†1.570) 36.8 (†26,4) 5.7 (†13,0) 19.0 (†15,3) 0.9 (†1,7) 18.9 (†22,0)
Cuadro elaborado a partir de los datos de la serie de informes Child Maltreatment, Administration for Children & Families, U.S. Department of Health & Human Services
MÁS DEL DOBLE
Como puede apreciarse, las madres ejercen el doble de maltrato infantil que los padres, incluido el maltrato con resultado de muerte, y bastante más del doble si se tiene en cuenta el maltrato perpetrado en compañía de otros. Gráficamente, ese maltrato acumulado que las madres y los padres han ejercido con la complicidad de terceros podría representarse mediante el siguiente diagrama de barras:
MALTRATO A LA INFANCIA PERPETRADO POR PADRES Y MADRES CON OTROS
Gráfico elaborado a partir de los datos de la serie de informes Child Maltreatment, Administration for Children & Families, U.S. Department of Health & Human Services.
De manera incomprensible, y a pesar de ser tan abultada, la diferencia "de género" en materia de maltrato infantil ha pasado desapercibida para las autoridades, la prensa y el público general. Es más, el sospechoso por defecto en casos de maltrato infantil sigue siendo el padre.
Además de los numerosos estudios que demuestran que la custodia compartida es la mejor solución para atenuar los estragos del divorcio en los hijos, nuestros legisladores, fiscales y jueces deberían tener en cuenta la realidad del maltrato infantil y no dar por supuesto, como suelen, que la madre es el progenitor más idóneo en todos los casos.
http://www.cronicas.org/
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Hackeo de otro feminismo es posible
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Denuncia de Otro Feminismo es Posible
DENUNCIADA PRESENTADA ESTA MISMA MAÑANA
Han hackeado la cuenta de OTRO FEMINISMO ES POSIBLE DE GMAIL.Se ha presentado la correspondiente denuncia en la policia.Han enviado cientos de correos a prensa estatal y europeas. Politicos ,asociaciones y personas privadas PIDIENDO dinero en mi nombre.
Ademas del robo de docuemntacion y reenvio de emails recibido en la misma a una cuenta que no se puede identificar.
Eliminados los correos recibidos y reenviados desde el 4 de enero.Para que no sepamos a quienes han sido enviados.
Tenemos sospechas bastantes fiables de los autores.Teniendo en cuenta que las que van a por mi y nuestro grupo ,son las responsables de las tic hembristas.(todo el engranaje informatico subvencionado ).
RUEGO DIFUSION ENTRE TODOS LOS MIEMBROS DEL GRUPO Y AMIGOS EN TODOS LOS MUROS POSIBLES!!!!
Han hackeado la cuenta de OTRO FEMINISMO ES POSIBLE DE GMAIL.Se ha presentado la correspondiente denuncia en la policia.Han enviado cientos de correos a prensa estatal y europeas. Politicos ,asociaciones y personas privadas PIDIENDO dinero en mi nombre.
Ademas del robo de docuemntacion y reenvio de emails recibido en la misma a una cuenta que no se puede identificar.
Eliminados los correos recibidos y reenviados desde el 4 de enero.Para que no sepamos a quienes han sido enviados.
Tenemos sospechas bastantes fiables de los autores.Teniendo en cuenta que las que van a por mi y nuestro grupo ,son las responsables de las tic hembristas.(todo el engranaje informatico subvencionado ).
RUEGO DIFUSION ENTRE TODOS LOS MIEMBROS DEL GRUPO Y AMIGOS EN TODOS LOS MUROS POSIBLES!!!!
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ABUSO SEXUAL –CORRUPCION DE MENORES- REVICTIMIZACIÓN
Antes Grassi, ahora Corsi
Los derechos de los niños, indefensos frente a los adultos que deben representarlos, tienen que estar por encima de cualquier beneficio secundario a los procesados por corrupción de menores o abuso sexual.
Ésto no vulnera el principio del derecho a la defensa, por cuanto no interfiere en el desarrollo normal del juicio. La decisión de no dictar o mantener prisión preventiva no se basa solo en jurisprudencia sino en el criterio discrecional de los jueces.
La libertad de Jorge Corsi, como la libertad del cura Grassi, les permiten manifestarse en cualquier medio de información y exponen a las presumibles víctimas a nuevas manipulaciones que conllevan necesariamente mayor deterioro de su salud psíquica.
Repudiamos estas decisiones y las denunciamos como un acto de revictimización inaceptable y nueva confirmación de la vulnerabilidad de los denunciantes.
Firman:
Lic. María del Pilar Vendrell Psicóloga MN 1789
Lic.Patricia Gordón.Psicóloga.DNI 17659935. Secretaria General. Colegio de Psicólogos Distrito X Mar del Plata
Lic. Eduardo Fernández – Psicoterapeuta. Magister en Minoridad y Familia
Lic. Diana Coblier Psicóloga -Pta. Fundación Tehuelche
Dr.Alberto Mendes médico psiquiatra MN 36090- Pte.Cap. Realidad Urbana y Salud Mental AASM
Lic.Susana Ansaloni. Psicóloga
Lic. Osvaldo Fernandez Santos Psicólogo
Liga Argentina por los Derechos del Hombre
Dr.Enrique Stola médico psiquiatra
Dr. Alfredo Grande Médico psiquiatra DNI 7866247
Lic. Ana María Birades MAT. prof. 45.753
Lic. Silvia Lommi DNI 3147673
Diputada Lucía Alberti M.C.
Prof. María Elena Naddeo DNI 12.081.439
Nina Brugo, Presienta de la Comisión de la Mujer de la Asociación de Abogados Bs.As.
Susana Marta Méndez DNI 4.085.219- Semin. Perm. DDHH. UNMLP
Lic Gabriela Kirschbaum. Trabajadora Social. Secretaría Nacional de Niñez. B Aires. DNI 22.073.022
Prof. Ana María Crisci DNI 4.172.603 Ex Directora Consejo Minoridad y Familia. San Martín
Alicia Ferreira, vicepresidenta Asociación de Especialistas Universitarias en Estudios de la Mujer
Ignacio Chiara (DNI: 27.117.562) – Lic. en Psicología -. “Movimiento Psicoanálisis 3″ Asamblea Permanente Contra el Abuso (Santa Fe – Paraná).
Liliana Pauluzzi- Psicóloga MAT. 386- DNI 10755780- Casa de la Mujer-Rosario
Ines Izaguirre -Profesora Consulta UBA – Miembro Directivo APDH
Lucero Mendizábal, periodista independiente y educadora, México
C.P.N. María Cristina Coria – VICEPRESIDENTE II H.C.D. PARTIDO GRAL. PUEYRREDON
Lic Irene Loyácono Directora de CeTEF
Monique Thiteux-Altschul, DNI 3707289, Fundacion Mujeres en Igualdad
Prof Valeria Amendolara – Diputada Provincial – LA PLATA
Susana Stilman- Presidenta de Mujeres Trabajando
Lic.Maria Cristina Vila – Psicóloga DNI 4587545
Nora Piatigorsky D.N.I 11.529.665
Lucia Vera Groisman 26.000.105
Lic. Susana Wegsman Psicóloga DNI 6.537.219
Marta Stefanic, Buenos Aires DNI 17.195.447 Psicóloga social
Daniel Illuminati DNI 16.226.181 Estudiante de Psicología
Edgardo Sturba bioquímico DNI:14620927
Lic.María Cristina de los Reyes. Socióloga.Mg.en Psicología Social.MDP
Mónica Silvia Barrera DNI: 13.549.562 ABOGADA MAR DEL PLATA
Gabriela Nedbal, DNI 16.050.745, Operadora en Psicología Social
Elena Panella (Buenos AiresDNI 11166802
Lic. Adrián Tendler DNI: 18.460.989
Lic. Irene Sofia Antinori psicologa U.B.A.Matr. Nacional N° 15.375
Fundación Adoptar Tucumán – Buenos Aires
Nélida Posse Lic. en Psicología Social DNI:10.120.571
María Bardini 10.568.888 Trabajadora Social Corrientes
Eleonora Carrazco, DNI 13.078.734, psicologa social
Ernesto Fernando Bianchini DNI Nº 4209958
Lic. Aldo Forno Psicólogo
Dra. María Victoria Esquerro DNI 22.366.776 Abogada
Sra. María Julia Crisci DNI 14.897.981
Sra. Betti Pérez Corral LC 0826.835
Eduardo E. García DNI 14.375.395
Dra. Apfelbaum Leticia Beatriz, DNI 4485684
Luis Morand Morand
Celia Laniado DNI 1139836
Ignacio Dobles Catedratico UNiversidad de Costa RIca
Dra. Ana María Martorella- Médica, Mar del Plata- DNI 13633879
Lic. Rosa D´Amato Psicóloga
Lic.María Laura R. Trabajadora Social.Mar del Plata
Maria José Gamboa DNI 17871972
Dr. Alberto J. Pinus Ciencias EconomicasDNI 4524619
Michelle Mostowski DNI 92415386 Ciudad de Cordoba
Cristina Adrover- Psicóloga Social, Ed. sexual DNI 5.120.079
Natalia Andrea Messineo, DNI 22678491, Abogada – Operadora en Psicología Social.
Malena -Mabel Manzato – DNI 11.168.124
Jorge Riveron – DNI 92.263.105
Analia Riveron – DNI 30.860.862
Valeria Arrendegui DNI 25.562.687
Haydeé N. Conde. Córdoba-Argentina
Ana Moreno
Varela,Marcela Laura–DNI 16.940.231
Lic. Ana García MN 13148
Laura Capacete
Lic.Silvia Gross DNI.10176116.
Carlos Lizardi Cosmiatra Cl45
Vanesa Feuer
María del Carmen Cámara, DNI 16.593.038. , Mar del Plata,
Graciela Brizuela
Yesenia Segovia ,Psicóloga Salvadoreña
Elena Obieta Medica Buenos Aires DNI 16730640
Marta Boimel Sexóloga educativa –Psic. social
Lic. Nora Cejas MN 3.022 – MP 90.040 -
Emilse Perez
Lic. Claudia Vigil psicóloga
Soffii Tisteban-España
Ps. Noelia Casati, Rosario. DNI 257904097
Andrea Isunza Vera, México
Marta Rocío David Osorio Medellín Colombia
Silvia Pereyra
Marcelo Etchepare – Lic. en Psicologia – M.N. 23.502 – M.P. 25.166
Norma Micheltorena PRESIDENTA DE AMMUBA
Lic. Evangelina Dorola
Lic. Beatriz Giri DNI 10360769
Mariana Andrea Lamas DNI. 26.583.714
Graciela Bragagnolo DNI:6.031.085
Cecilia Oloriz
Graciela Zamboni, dni 5771638, psicologa social
Elsa Lege, dni 3090794, escribana
Paola Menegaz 20440825, profesora
Eva Rearte – dni 13.858.576 – psicóloga- bs. as. argentina.
Lic Silvia Klimberg
Monica Illanes Contreras
Raquel J. Kriger
Analia FRITZ.-EL CALAFATE-Santa Cruz.-
Alberto A. Arias (DNI 11.499.327) Poeta, editor de Signos del Topo (creaciones / críticas / culturas)
Lic. María Celia Lassus. Psicóloga Perito.(SCJ) Uruguay.
Oscar Oriolo – trabajador – Bs. As. Argentina
Luis Gómez Ordóñez, Costa Rica, profesor-investigador, Universidad Nacional.
Lic. Dolores Fenoy DNI 5.641.734
Maria Luisa Lerer DNI 1979671
Asociacion Argentina por la Salud Sexual